miércoles, 23 de marzo de 2011

ALREDEDOR DE LA (S) MINORÍA (S) PARLAMENTARIA (S)


Leímos este título de Paloma Requejo, años atrás cuando nos los prestó un amigo parlamentario del período 2000-2005: "Democracia parlamentaria y principio minoritario. La protección constitucional de las inorías parlamentarias" (Ariel, Barcelona, 2000). Y nos permitimos tres rápidos comentarios:

Por una parte, de cara a la celebérrima Constitución Española, versa sobre los precedentes históricos de la díada mayoría-minoría, aborda conceptualmente la minoría en relación a la soberanía, el ámbito parlamentario y la jurisdicción constitucional. Enfoque jurídico accesible, permite ponderar la muy legítima existencia de la (s) minoría (s) y el consiguiente juego de cara - esta vez - a la gobernabilidad.

Por otra, contrastó con la compleja situación del referido período de la Asamblea Nacional en Venezuela, donde el oficialismo - incluso - manipuló el Reglamento Interior y de Debates hasta el hartazgo, sin que hallase (n) la (s) minoría (s) parlamentaria (s) respuesta convincente alguna en el Tribunal Supremo de Justicia. E hicimos un ejercicio con las actas constituyentes en mano, las de 1999, mediante las cuales comprobamos algunas imperfecciones propias de la apurada redacción y aprobación del texto constitucional.

Por último, adquirido después el ejemplar y releído, a sabiendas de las diferencias que tenemos con el parlamentarismo como régimen, constatamos de nuevo las inmensas dificultades de la Asamblea Nacional para el período 2011-2016. Incluyendo la paradoja de rigor, pues la oposición obtuvo el 52% de la votación popular y ocupa el 48% de las curules: rara minoría parlamentaria, ¿no?.

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