Actualización y tipificación de un delito
“Los parlamentarios y todo Vente
Venezuela rechaza y condena firmemente la violación de la inmunidad
parlamentaria de la que ha sido objeto el colega Luis Florido”, expresó el
diputado del partido azul Luis Barragán.
“Consideramos que hubo una
detención del diputado Florido, aunque fuese por algunas horas, con la abusiva
anulación del pasaporte de quien es – faltando poco – el presidente de la Comisión de la Comisión
Permanente de Política Exterior de la Asamblea Nacional, acarreando las
responsabilidades penales y administrativas de los mediatos e inmediatos
funcionarios que incurrieron en un delito, mas no en una momentánea retención y anecdótico despojo de
su documentación legal. Recordemos, el artículo 200 constitucional establece
expresa, clara e inequívocamente todo un complejo de inmunidades parlamentarias
que constituye una prerrogativa para el mejor desempeño de la cámara, antes que
una prerrogativa personal, pacíficamente aceptado por el constituyente de 1999,
paradójica y significativamente, siendo uno de ellos Nicolás Maduro”.
Agregó el parlamentario por el
estado Aragua: “Ciertamente, no constituye novedad alguna el atropello sufrido
por el diputado Florido, al invocar además el precedente todavía inédito de una
tal destitución administrativa que afectó a la entonces diputada María Corina
Machado, en 2014. Y es que, como siempre se ha explicado histórica y
universalmente la institución, el parlamento ha de reivindicarse todos los días
resistiéndose al régimen socialista en el que no cabe, pero está llamado a
superar de acuerdo a la propia Constitución de la República”.
Finalmente, el diputado Barragán
propuso una inmediata reforma al Código Penal: “Desarrollando el texto
constitucional, es necesario actualizar y
tipificar con mayor rigor el delito de violación de las inmunidades
parlamentarias, incluso, calificándolo
para penas más severas. Sabemos de la situación real en la que se encuentra hoy
la Asamblea Nacional, pero resulta aconsejable generar y sancionar una reforma
de tal importancia que contribuya a salvaguardar – ahora y más adelante - a la institución de las más arriesgadas
circunstancias que vive y, por definición, seguirá viviendo para el
restablecimiento del Estado Constitucional en Venezuela”.
28/01/2016:
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