"Es evidente que la estructura social venezolana en el período no era homegénea, ni tampoco llegó a serlo. De la misma manera, tampoco el derecho lo fue, manteniendo, tal vez, una relación de correspondencia con esa sociedad mucho más estrecha de lo que pudiésemos sospechar, a primera vista, desde hoy. Hay, sí, una discronía evidente entre la Constitución, abstracta, homogénea, moderna; la sociedad, heterogénea y desigual, el derecho vigente, también heterogéneo en la medida en que la codificación nacional tampoco se culminó durante el período"
Elena Plaza
("El patriotismo ilustrado o la organización del Estado en Venezuela, 1830-1847", UCV, Caracas, 2007 :239)
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