domingo, 6 de enero de 2013

¿CUÁL JUSTICIA PENAL?

EL NACIONAL - Domingo 06 de Enero de 2013     Nación/4
JUDICIAL El Código Orgánico Procesal Penal entró en vigencia plena hace seis días
Los tribunales penales municipales serán insuficientes
Los 11 nuevos juzgados en Caracas recibirán las causas por delitos menos graves que estén abiertas en los 52 despachos de control penal
DIANA LOZANO PERAFÁN

Los tribunales penales municipales que fueron inaugurados según lo establecido en el Código Orgánico Procesal Penal que entró en plena vigencia el 1° de enero no serán suficientes para resolver los casos nuevos ni los que están en fase de control por la comisión de delitos menos graves; es decir, aquellos cuyas penas no sean mayores a ocho años de cárcel.
Ese es el criterio de los abogados penalistas Ángel Zerpa y Carlos Simón Bello que, por separado, acudieron al Tribunal Supremo de Justicia en junio del año pasado para pedir la inconstitucionalidad del COPP, que fue reformado por el Ejecutivo mediante Ley Habilitante. Ambas solicitudes siguen sin respuesta.
Los tribunales de control son aquellos en los que los imputados son presentados por primera vez ante un juez, y en los que se decide, previa solicitud del Ministerio Público, si el caso pasa a juicio o es cerrado de manera temporal o definitiva.
Hasta ahora despachaban en Caracas 52 tribunales penales en funciones de control que conocían los casos que llegaban al sistema de administración de justicia, independientemente de las condenas previstas en la ley para los delitos por los que señalaran a los imputados.
Desde el martes entraron en funcionamiento 11 juzgados penales municipales de control en la capital, que no sólo deberán encargarse de las nuevas causas por delitos menos graves, sino además de todas las que están abiertas en los 52 tribunales penales mencionados.
"Lo lógico es que hubieran creado por lo menos un número equivalente a la mitad de los tribunales de control que existían. Es decir, mínimo 26 juzgados penales municipales de control en Caracas", afirmó Zerpa, profesor de Derecho Procesal Penal en la Universidad Central de Venezuela.
La cuarta disposición final del COPP, explicó Zerpa, dispone que los tribunales penales de control que existen deben remitir a los nuevos juzgados los expedientes por delitos menos graves cuando se trate de casos que no hayan sido pasados a juicio.
La mayoría son menos graves. 60% de los delitos tipificados en el Código Penal establecen condenas menores a 8 años de cárcel, explicó Zerpa. "Esto implica que ese porcentaje de las causas que se ventilan en los tribunales son por delitos menos graves y deberán ser remitidos a los nuevos tribunales", dijo.
La cifra dada por los penalistas implica que de cada 10 expedientes que tienen los tribunales de control existentes ­organizados por circuitos judiciales en cada estado­ seis deberán ser enviados a los juzgados penales municipales.
"En Caracas los 11 tribunales penales municipales tendrán más causas que los 52 tribunales ordinarios penales de control", aseveró Bello.
Sólo en cuatro entidades. La puesta en marcha de los tribunales penales municipales sólo está prevista hasta ahora en cuatro entidades del país: Caracas, Aragua, Táchira y Nueva Esparta.
Eso plantea una duda: ¿ante qué tribunales serán juzgados quienes deban ser procesados por la comisión de delitos menos graves en los estados donde no han sido inaugurados tribunales penales municipales? "En esos estados las causas por esos delitos deberían seguir siendo conocidas por los tribunales penales de control estadales, eso sí, aplicándoles el procedimiento especial previsto en el COPP como si estuvieran ante un tribunal penal municipal", indicó Zerpa.
Ese asunto no ha sido resuelto por el TSJ. En todo caso, la presidenta del máximo juzgado de la República, Luisa Estella Morales, aseguró que en 2013 entrarán en funcionamiento 150 juzgados municipales penales en todo el país.

No hay comentarios:

Publicar un comentario