"La
libertad de cultos existía en la práctica, pero no había sido
oficializada", comenta Manuel Donís Ríos al referirse, concretamente, al
reconocimiento que hace el gobierno venezolano el 18/02/1834: "No está
prohibida en la República de Venezuela la libertad de cultos" ("El
báculo pastoral y la espada", Bid&Co, Caracas,2007: 44 s.)
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