viernes, 29 de diciembre de 2017

¿Y EL JUICIO DEFINITIVO DE LA HISTORIA?


Refiere Iván Darío Jiménez Sánchez ("Los golpes de Estado desde Castro hasta Caldera", Centralca, Caracas, 1996):  Juez del Tribunal Militar de Primera Instancia Permanente de Caracas, coronel Ramón Enrique Moreno Natera, dictó auto de detención contra el mayor (Ejército) José Domingo Soler Zambrano, el día 07/11/1988, basado en el artículo 511 del Código de Justicia Militar. Movilización de 26 carros de asalto tipo Dragón en la noche del 26/10/88, hacia La Viñeta, el ministerio de Relaciones Interiores y la sede de la DISIP en Los Chaguaramos. La defensa alegó las órdenes telefónicas impartidas por el general de división Juan José Bastardo Velásquez para salvaguardar la integridad física de Simón Alberto Consalvi, presidente encargado de la República, quien se encontraba en el despacho de Interiores; y, en todo caso, el defensor esgrimió que su defendido fue inducido a error. Además, el jefe del Estado Mayor Conjunto tampoco era autónomo para dar esa orden. De acuerdo al informe de la DISIP, fue un golpe de tanto. La versión concuerda con las advertencias de Carlos Julio Peñaloza, pues, Hugo Chávez había visitado con antelación el Batallón Ayala y, después, aparecieron unos panfletos. Los planes de derrocamiento datan de 1982. Lusinchi desmintió el golpe.  Investigacioes arrojaron la participación de oficiales cercanos y ajenos al MRB-200. Condiciones dadas para un golpe en diciembre de 1989 (pp. 200-206).

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