martes, 17 de febrero de 2015

MENTIRA

El Nacional, Caracas, 17 de febrero de 2015
Historia de la fantasía
Jesús Rangel Rachadell

Por ahí hay un fulano de nombre Leamsy Salazar, exguardaespaldas, que anda diciendo que hubo uno que se murió el 30 de diciembre de 2012, y que los demás siguieron mandando en nombre del difunto, y que –desde el más allá o más acá– designaba a funcionarios públicos; por ejemplo: el entonces vicepresidente de la República, ciudadano Nicolás Maduro, expuso ante la Asamblea Nacional, el día 15 de enero de 2013, que el presidente de la República acababa de designar como ministro de Relaciones Exteriores al compañero Elías Jaua Milano y, además, vicepresidente político de Gobierno.
En la Gaceta Oficial Nº 40090, del día 15 de enero de 2013, apareció el Decreto Nº 9351, mediante el cual se nombró a Elías Jaua, con la siguiente redacción: Artículo Único. Nombro al ciudadano Elías Jaua, titular de la cédula de identidad Nº V 10.096.662, ministro del Poder Popular para Relaciones Exteriores, con las competencias inherentes al referido cargo, de conformidad con el ordenamiento vigente. Dado en Caracas a los quince días del mes de enero de dos mil trece. Años 202º de la Independencia, 153º de la Federación y 13º de la Revolución Bolivariana. Ejecútese. (L. S.) Hugo Chávez Frías.
El Presidente –si estaba vivo– estaba facultado por el numeral tercero del artículo 236 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, expone: Artículo 236. Son atribuciones y obligaciones del Presidente o Presidenta de la República: 3. Nombrar y remover al Vicepresidente Ejecutivo o Vicepresidenta Ejecutiva; nombrar y remover los Ministros o Ministras.
La designación de los ministros es una facultad privativa del presidente de la República, y por la Ley de Juramento, solo le corresponde al presidente la juramentación de los ministros, no al funcionario que estaba ejerciendo como vicepresidente, es decir, este ni siquiera podía válidamente juramentarlo.
Este acto de designación de ministro tenía que hacerlo el presidente de la República por cuanto el vicepresidente no tiene esa facultad, y tampoco estuvo entre las atribuciones delegadas; solo estaba facultado para firmar los actos que se señalaron en el Decreto Nº 9315, que refiere a las atribuciones delegadas al ciudadano Nicolás Maduro Moros, en su condición de vicepresidente ejecutivo de la República Bolivariana de Venezuela (G. O. N° 40078, 26/12/2012).
Sabemos que el presidente no se encontraba en Venezuela, como lo recogió la sentencia de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia Nº 02 de fecha 9 de enero de 2013, cuando expresó que “conserva su plena vigencia el permiso otorgado por la Asamblea Nacional, por razones de salud, para ausentarse del país por más de cinco (5) días”.
La ciudad de Caracas es el “asiento de los órganos del Poder Nacional” (Art. 18 CRBV), y el Presidente –si estaba vivo– apareció firmando, así aparece publicado en la mencionada Gaceta Oficial, que se encontraba en la ciudad de Caracas; en el Decreto aparece la frase “dado en Caracas” y no “dado en La Habana”; ahora bien, si es cierto lo que dicen que dice Leamsy Salazar, estaríamos frente a un fraude del tamaño de la Presidencia de la República.
El presidente no se encontraba en Caracas –estaba en Cuba–, en consecuencia el decreto de designación del ministro Jaua expresaba una mentira, por cuanto Cuba no es el asiento de los órganos del poder nacional venezolano.
Visto este comportamiento, no me extrañaría que las sentencias del máximo tribunal pudieran ser firmadas en La Habana, Cuba; que las leyes producidas por la Asamblea Nacional fueran firmadas en La Habana, Cuba, o que la presidenta del Consejo Nacional Electoral anunciara los resultados de las elecciones de los representantes del poder público venezolano desde La Habana, Cuba.
Clarísimo estamos en que el decreto de designación de ministro no se firmó en Caracas, y podemos sospechar que esa firma que apareció como la firma del presidente de la República también es falsa, ya que si es cierto que se firmó en la ciudad de Caracas no puede ser cierto que la firma manuscrita es la del presidente, cuando sabemos que este estaba en La Habana. De lo que no estamos seguros es de si murió el 30 de diciembre o el 5 de marzo; pero de lo que sí estamos seguros es que aquí se manda en nombre de otro, o por lo menos eso es lo que nos enseña la propaganda oficial cuando insiste en que ellos gobiernan en nombre del difunto, que este vive, que uno es hijo del otro, y que todos son el difunto.
“La historia es siempre una fantasía sin base científica, y cuando se pretende levantar un tinglado invulnerable y colocar sobre él una consecuencia, se corre el peligro de que un dato cambie y se venga abajo toda la armazón histórica”. Pío Baroja (1872-1956). Escritor español.

Ilustración: Pawla Kuczynskiego.

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