domingo, 17 de mayo de 2020

UN RÉGIMEN FANONISTA


EL NACIONAL, Caracas, 25/02/2002. Luis Barragán, Lumpemproletariado, Antonio García Ponce, Frantz Fanon, Norberto Ceresole.

PARÁCLITO

Evangelio Dominical: Espíritu de verdad
José Martínez de Toda, S.J.

Sexto domingo de pascua. Comentario dialogado al Evangelio que se proclama en el Sexto Domingo de Pascua del Ciclo A, correspondiente al domingo 17 de mayo de 2020.  El texto del Evangelio es tomado del libro de San Juan 14, 15-21.  "No les dejaré huérfanos; volveré"

¿Cómo se despide Jesús de sus discípulos?

En la Última Cena Jesús intenta preparar a sus discípulos para su Pasión y despedida. Y les presenta tres grandes regalos:

1er gran regalo: El mandamiento del amor:

-"Si me aman, guardarán mis mandamientos" (v. 15).

No se obedece a Jesús por miedo o por temor. Le hacemos caso y somos leales a sus mandamientos, porque lo queremos. Obedecerle es señal de nuestro amor.

¿Cuáles son los mandamientos de Jesús?

Por supuesto, está el amar a Dios sobre todas las cosas.

Pero, además de ese, Jesús había enfatizado sólo un mandamiento:

-"Un mandamiento nuevo les doy: Que se amen ustedes unos a otros, como yo les he amado... En esto conocerán todos que son mis discípulos, en que se amen los unos a los otros" (13:34-35).

Los mandamientos de Jesús no son como las leyes de la Torá, que se referían a ritos muy concretos: el sábado, el ayuno, las abluciones... Más bien, establecen una vida entera unida a su amor y a la revelación del Padre. No son simplemente instrucciones éticas.

¿Cuál es el segundo gran regalo?

El Espíritu Santo. Jesús dice que les enviará al Espíritu Santo:

-"Yo le pediré al Padre que les dé otro Defensor que esté siempre con ustedes, el Espíritu de la verdad." Éste es el Espíritu que descendió sobre Jesús en su bautizo. El Espíritu Santo es el agente del cambio en nuestra vida de cristiano y de la Iglesia.

¿Por qué se le pinta al Espíritu Santo como paloma?

Dice el evangelio que en el bautismo de Jesús el Espíritu Santo bajó como una paloma que busca su nido. Allí están presentes las tres divinas personas de la Trinidad:

-El Padre, diciendo con voz poderosa: "Éste es mi Hijo, el Predilecto. Escúchenle".

-El Hijo Jesús, que recibe el Bautismo.

-Y el Espíritu Santo que busca su hábitat y su centro en Jesús, como una paloma que busca su nido. La paloma mensajera puede simbolizar buenas noticias.



Un día ella miró por la ventana de una de sus habitaciones y vio a la paloma haciendo círculos en el cielo. "¡Está vivo!", gritó ella. "¡Mi marido está vivo!".>

También una paloma le sirvió a Noé de señal de que las aguas del diluvio habían bajado.

Pero el Espíritu Santo enviado a los discípulos es algo más que una señal. Significa todo lo que hizo Jesús con ellos, cuando Él aún estaba con ellos antes de su Ascensión. Jesús entonces fue su gran acompañante (o Paráclito) y Él les prometió 'otro' Paráclito: "Le pediré al Padre, y Él les dará otro Paráclito, el Espíritu Santo" (Juan 14, 16).

¿Qué hace el Espíritu Santo? ¿Qué es el Paráclito?

Parakletos puede significar un abogado que lucha a tu favor o un testigo que testifica por tu bien, o una persona que da consuelo, consejo o fuerza en un momento de necesidad. Es como el Defensor, Consejero, Consolador e Intercesor.

¿El Espíritu Santo realmente nos ayuda?

El Paráclito es mucho más que un abogado. Es como un entrenador ('coach') para los atletas. Dejados solos, caen en errores. Pero Él está siempre a nuestro lado para instruirnos y corregirnos, para animarnos y motivarnos. Es como era Jesús con sus discípulos.

En el siglo V hubo un hereje inglés, Pelagio, que negaba el dogma del pecado original y enseñaba que los seres humanos no necesitaban de Dios para cumplir sus mandamientos.

La Iglesia condenó sus enseñanzas, pues nosotros necesitamos siempre la ayuda de Dios, que nos viene a través de la fe, la oración o los sacramentos: "Sin mí ustedes no pueden nada". Todos necesitamos al Espíritu Santo.

¿Qué diferencia hay entre la ayuda que recibimos de Jesús y la ayuda del Espíritu Santo?

Jesús encarnado estaba limitado por el lugar y el espacio, como nosotros. Solo podemos estar en un lugar a la vez, y solo podemos ver un número limitado de gente a la vez. Además, Jesús se movía hacia su glorificación (su muerte y resurrección), y dejaría a los discípulos en la Ascensión. En cambio, el nuevo parakletos (el Espíritu de verdad) se quedará con nosotros para siempre para ayudarnos. Jesús lo describe como 'la verdad' (v. 6), así como aquellos que veneran al Padre, lo deben hacer 'en verdad' (4:23-24).

Los discípulos lo recibieron en Pentecostés.

Pero Jesús continúa actuando como nuestro parakletos en el cielo. "Si alguno hubiere pecado, abogado tenemos para con el Padre, a Jesucristo el justo" (1 Juan 2:1).

Mientras tanto Jesús les da el tercer gran regalo.

¿Cuál es ese tercer gran regalo?

Su presencia continúa con nosotros. Jesús les dice:

-"No les dejaré huérfanos; volveré. Dentro de poco el mundo no me verá, pero ustedes me verán, y vivirán, porque yo sigo viviendo".

Esto sería en la resurrección. Y hoy nos dice: "El que acepta mis mandamientos y los guarda, ése me ama; al que me ama, lo amará mi Padre, y yo también lo amaré y me revelaré a él".

La iglesia es una comunidad de amor, y ese amor le da gran poder para persuadir al mundo del amor de Dios. La primitiva comunidad cristiana nos sirve de ejemplo, cuando la gente decía de los primeros cristianos: "Miren cómo se aman".

17/05/2020:

COALICIÓN INTERNACIONAL

La Fracción 16 de Julio respalda la propuesta de María Corina Machado

“Decimos tener todas las oportunidades para reflexionar sobre los problemas del país que ya desespera por soluciones, pero la cuarentena devino extraordinario mecanismo de control social de un régimen con el cual hay que romper”, señaló el diputado Luis Barragán a propósito del foro sobre el Esequibo,  realizado por la Red Mundial de Jóvenes Políticos, desde el estado Monagas.

En el encuentro virtual, el parlamentario expuso los aspectos fundamentales de la controversia territorial, defendiendo nuestros legítimos derechos históricos, alertando en torno a las consecuencias de una decisión de la Corte Internacional de La Haya que sólo ha postergado por la pandemia universal.

“La decisión que está pendiente es sobre la competencia de esa instancia internacional para dilucidar una materia en la que no le reconocemos jurisdicción alguna, ya que Venezuela no adscribió el tratado que le dio origen. No obstante, sabemos que tendrá un efecto negativo en el supuesto que la decisión fuese adversa, por lo que hay que acumular la fuerza moral necesaria para afrontar esta otra pesadilla a la que nos condujo, ante todo, un régimen que permitió que el asunto llegara tan lejos y por el camino equivocado”.

Al ser interrogado por la propuesta formulada por María Corina Machado en torno a la necesidad de una coalición internacional de fuerzas que contribuya a superar la actual situación venezolana, respondió el parlamentario:

“La Fracción Parlamentaria del 16 de Julio respalda enteramente la postura de Maria Corina Machado y, a tal efecto, insiste en diligenciar la aprobación y aplicación inmediata del artículo 187, numeral 11 de la Constitución, para hacer realidad el principio de la Responsabilidad de Proteger (R2P).  Debemos ser consecuentes con las demandas ciudadanas de una hora tan desesperada que la mentira oficial y la pandemia no logran ocultar”.

17/05/2020:
Flyer: Actividad digital con la Red Mundial de Jóvenes Polítics / Estado Monagas (16/05/2020).

sábado, 16 de mayo de 2020

COMUNICADOS

La Academia de Ciencias Físicas, Matemáticas y Naturales (ACFIMAN) rechazó las amenazas proferidas en su contra en un medio de comunicación y ratificó que "el país debe prepararse para el pico de la epidemia, como ha ocurrido en otros países latinoamericanos..."
La Academia de Ciencias Físicas, Matemáticas y Naturales (ACFIMAN) expresa su firme rechazo a las amenazas proferidas en su contra el día de ayer miércoles 13 de mayo de 2020 en un medio de comunicación, a raíz de la publicación del informe titulado “Estado actual de la epidemia de la COVID-19 en Venezuela y sus posibles trayectorias bajo varios escenarios” el pasado 8 de mayo.

En la Academia entendemos que el uso de herramientas científicas puede contribuir a la visualización de demandas y necesidades de infraestructura hospitalaria y de personal de salud en las etapas críticas de la epidemia y a la planificación de las estrategias de la cuarentena.

Es bajo este espíritu que elaboramos dicho informe técnico, que ratificamos el día de hoy, resaltando dos puntos en particular: 1) es necesario ampliar la capacidad diagnóstica a través de pruebas de PCR-RT por habitante, las únicas validadas hasta ahora por la Organización Mundial de la Salud; 2) el escenario de una epidemia bajo control con una curva aplanada es improbable a la luz de las proyecciones de estos modelos, con base en los datos disponibles para el momento.

Es por ello que el país debe prepararse para el pico de la epidemia, como ha ocurrido en otros países latinoamericanos. Nos preocupa como científicos que se nos persiga y señale por un informe técnico cuyo objetivo es el de contribuir al mejor manejo de esta pandemia. Un informe emitido en razón de la función asesora al Estado venezolano que nuestras leyes y reglamentos otorgan a las Academias Nacionales y en este caso particular, a la ACFIMAN.

Ratificamos nuestra voluntad y disponibilidad para atender y apoyar a los entes del Estado en la conducción de esta crisis de salud que va a afrontar la nación y esperamos una respuesta técnica de las autoridades sanitarias a quienes les remitimos nuestro informe el pasado 8 de mayo.

En Caracas, a los catorce días del mes de mayo de 2020.

Fuente:

¿Y SUSTITUTIVO DEL POLÍTICO?

El experto y el político
Francisco Velázquez

Los políticos y los expertos no siempre piensan igual. Ni siquiera actúan de la misma forma. A pesar de que los políticos dirigen y los expertos les asesoran. Recordando un libro de Max Weber, de cuyo fallecimiento se cumplen ahora 100 años, merece la pena señalar las importantes diferencias que tienen un político y un experto, especialmente en esta crisis del covid-19.
Las decisiones las deben tomar los políticos. Parece obvio, pero la tentación de escudarse en los expertos es antigua. Siempre hay opciones y la labor de guiar le corresponde al líder y el líder es el político, que representa en democracia el parecer mayoritario de los electores.
Es ingenuo estar continuamente escudándose en los expertos para la toma de decisiones, pero  es conveniente que los expertos expresen sus opiniones o recomendaciones y que estas sean conocidas por los ciudadanos. Me refiero a los informes, pero no necesariamente a las personas expertas, que pueden estar sometidas a un acoso mediático a menudo incompatible con sus profesiones e investigaciones. Esta es una de las características del gobierno abierto que obliga afortunadamente a los políticos a rendir cuentas, especialmente, como señala Manuel Cruz, en estos tiempos de espectacularización de la política.
La crisis del coronavirus, de una extensión y profundidad desconocida en la historia de la humanidad, ha generado en los responsables la misma confusión que en los ciudadanos: no saben que hacer y con frecuencia adoptan decisiones que deben rectificar pocas horas después o incluso avanzar por otro camino, como han demostrado las erráticas decisiones de Boris Johnson o Donald Trump.
Hay que  tomar consejo de los expertos, pero también adoptar decisiones. Hay derecho a equivocarse y también a recibir las criticas. Los ciudadanos suelen ser más razonables que las soflamas emitidas , a menudo por medio de las redes sociales o las diatribas parlamentarias.
De nuevo Weber nos señala que el ministro… debía darles a los funcionarios especializados las correspondientes directrices de naturaleza política (Weber,1919).
El político debe optar entre las varias opciones propuestas. Es el político quien dirige. Escudarse en la opinión de los expertos para adoptar las decisiones puede ser una buena base de partida, pero la responsabilidad le corresponde al político y nunca al experto, que puede plantear soluciones tan drásticas que impidan el normal funcionamiento de la vida ciudadana, como se observa en la actual tensión entre los expertos sanitarios y epidemiólogos y los políticos en relación con el desconfinamiento.
La distancia entre unos y otros se escenifica en la anécdota que tomo de Harari: «Cuando Alejandro Magno visitó en una ocasión a Diógenes,mientras este se hallaba descansando al sol, y le preguntó si había algo que pudiera hacer por él, el cínico contestó: Si, hay algo que puedes hacer por mi. Por favor, muévete un poco a un lado. Me tapas la luz del sol”.
La persistencia de un Estado clientelar, con el alejamiento de la meritocracia que conlleva, deteriora la calidad democrática y perjudica la eficiencia en la toma de decisiones. Los errores pueden ser especialmente dolorosos en esta etapa de la pandemia, en la que son especialmente visibles los fallos del sistema de protección social y sanitaria pero, «hoy la globalización es utilizada por muchos gobiernos como justificación para su inacción. Si ampliamos las políticas sociales, dicen, el país perderá competitividad» (Víctor Lapuente, 2019).
La tensión política generada por las formas de abordar la pandemia, da paso ahora a las diversas formas de plantear el fin del confinamiento, demostrando que las  mismas evidencias pueden avalar estrategias diferentes, que exigen acuerdos políticos. Este era el menester diario de Alfredo Pérez Rubalcaba, de cuyo fallecimiento hace ahora un año, conferencista del CLAD y vicepresidente del gobierno español, que fue capaz durante su dilatada vida política de tejer acuerdos importantes.
El ministro de Educación de Francia, Jean-Michel Blanquer, refiriéndose a la polémica sobre la apertura de los colegios tras los dos meses de confinamiento, lo ha definido magistralmente: «Asumimos completamente una decisión que corresponde a la autoridad política, decisión a la que aporta luz el consejo científico, pero no es este quien decide».
En suma, los análisis y consejos de los expertos deben fundamentar las decisiones de las autoridades políticas, pero la responsabilidad en el acierto les corresponde a estos, no a los expertos que científicamente analizan los problemas y proponen caminos, lo que puede hacerse a caballo, andando, en automóvil o por vía aérea, según determinen los políticos.

16/05/2020:
https://www.elnacional.com/opinion/el-experto-y-el-politico
Fotografía: Stephen Yang (Reuters). Un maniquí exhibe una mascarilla en una tienda del condado de Brooklyn en la Ciudad de Nueva York, EEUU. Marzo, 2020  https://lta.reuters.com/articulo/salud-coronavirus-mascarillas-idLTAKBN21L2HQ-OUSLT

VIRUS MORAL

La democracia en cuarentena
Ignacio Sánchez Cámara / ABC

Cuando el Estado se encuentra en crisis y la Nación en riesgo de extinción, la perspectiva política, aunque siempre superficial, deviene urgente e ineludible. Nuestra democracia también se encuentra en cuarentena y, quizá pronto, en la UCI. La terrible pandemia nos ha sorprendido con uno de los peores gobiernos posibles: un frente popular con apoyos separatistas, que abraza un decisionismo político heredado de Carl Schmitt. Aunque, naturalmente, no lo sepan. La ocasión para el golpe de mano parece inmejorable. Concentración del poder y supresión de los mecanismos de control. Al parecer, abundan quienes piensan que la democracia vale sólo para tiempos más o menos normales. En épocas de catástrofes o crisis, debe eclipsarse y dejar paso a la unanimidad forzosa. Gran Bretaña debatió en tiempos terribles la entrada en la guerra para derrotar al nazismo. ¿Qué hubiera sucedido si todo hubiera sido unidad alrededor de Chamberlain y nadie hubiera alzado su voz convenciendo a la mayoría? Del prohibido prohibir pasamos al prohibido criticar. Una cosa es la unidad de acción sanitaria y otra la proscripción de la crítica política. Por lo demás, el Gobierno reclama ahora la unidad que antes se empeñó en romper. Y, puestos a perseguir la unidad, ¿qué mejor que un Gobierno constitucionalista de concentración nacional?

La gestión política está siendo vergonzosa y la mayoría de las apariciones gubernamentales más propias de programas de humor, pero no se puede decir porque favorece al virus. Las mentiras, vaivenes y ocultaciones han sido abundantes, pero no se puede afirmar porque favorece al virus. Se publican cifras de contagiados mientras no hay tests, pero no se puede denunciar porque favorece al virus. Se cambia el criterio sobre las mascarillas, pero no se puede poner en evidencia porque favorece al virus. Casi todos sabemos lo que habría ocurrido con un Gobierno del PP, pero no es posible decirlo porque favorece al virus. Se proclama la defensa de los más vulnerables y la apoteosis de la igualdad mientras abundan los privilegios sanitarios de los poderosos, pero no es correcto decirlo porque beneficia al virus. Se diría que el lema es la mentira os hará sanos. Desvaríos de la ética de la responsabilidad.

Ciertamente la declaración del estado de alarma está prevista en la Constitución. Nada que objetar por ahí. Pero hay maneras de aplicarlo que pueden rebasar los límites constitucionales. Un Gobierno socialcomunista no es el más idóneo para gestionar un estado de alarma porque, de suyo, provoca un estado de alarma, incluso al presidente del Gobierno. Mientras tanto, el control parlamentario del Ejecutivo ha desaparecido. Con la división de poderes desaparece la libertad política. La política de comunicación (propaganda) y el filtro y control de las preguntas de los periodistas (grave error muy tardíamente corregido) exhiben la cuarentena de nuestro sistema de libertades. No resulta infundado el temor de que la intimidad y la vida privada sufran intensas vulneraciones en los tiempos venideros.

Mientras la iniciativa privada está resultando decisiva y ejemplar, los efectos van a ser, muy previsiblemente, la politización de la vida social y el intervencionismo estatal. Mientras la solidaridad privada utiliza los medios propios, la solidaridad estatal utiliza los ajenos. Según Alexis de Tocqueville, uno de los primeros deberes de un Gobierno es situar a los ciudadanos en la condición de poder prescindir de su ayuda. No cabe duda de que los nuevos tiempos van a acentuar la dependencia estatal de los ciudadanos y el eclipse de la iniciativa privada. Otra vía hacia el despotismo, democrático o no.

No tardarán en exigir la unanimidad de la política económica, la suya naturalmente, con la advertencia de que disentir es antipatriótico o un sometimiento a los intereses de los ricos. Recorreremos libremente el camino hacia la miseria. Ya lo decía, también Tocqueville, que de nosotros, los ciudadanos, depende que la democracia conduzca a la libertad, a la prosperidad y a la civilización, o bien al despotismo, a la miseria y a la barbarie. No conviene olvidar que las políticas catastróficas suelen fortalecerse en las catástrofes. No es necesario haber leído con mucho detenimiento a Marx para saber que el triunfo del comunismo requiere que la miseria (las contradicciones del capitalismo) llegue al extremo más insoportable. Para aprovecharse del caos hay que o provocarlo o mantenerlo y agravarlo. Sabemos cómo mueren las democracias y cómo triunfa el comunismo. Acaso sea un temor algo desmesurado, pero por advertirlo no se pierde nada.

Otro de los efectos de la crisis actual es que el virus físico impida aún más ver el virus moral, cuyos efectos llevamos décadas, acaso siglos, padeciendo. Atendemos mucho más a lo que mata el cuerpo que a lo que destruye el espíritu. Dice el Evangelista Lucas, «no temáis a lo que mata el cuerpo y no puede nada más». Lo que mata el espíritu es mucho más terrible que lo que mata el cuerpo. Esto afirma Kierkegaard, en Las obras del amor: «Pues se ponen barreras contra la peste, pero a la peste de la murmuración, peor que la asiática, la que corrompe el alma, ¡se le abren todas las casas, se paga dinero por ser contagiado, se saluda dando la bienvenida a quien trae el contagio!».

Existe otro virus, letal y silencioso, que atraviesa sin dañar los cuerpos e infecta sólo a los espíritus. La dificultad de combatirlo es proporcional a la ignorancia de su existencia. Aquí el contagio es voluntario y no se reconoce su realidad ni la necesidad del diagnóstico y tratamiento. Apenas quedan ya algunos pocos inmunes. La mayoría son contagiados felices. Y, acaso, no es seguro, la eliminación del virus moral sea la mejor terapia para hacer frente, física y moralmente, al otro virus, y, de paso, para salvar a la Nación y a su democracia.

(*) Ignacio Sánchez Cámara es catedrático de Filosofía de la Universidad Rey Juan Carlos.

20/04/2020:
https://www.almendron.com/tribuna/la-democracia-en-cuarentena
Ilustración: Georges Mathieu.

viernes, 15 de mayo de 2020

EL DEBIDO SEGUIMIENTO

El estado de excepción permanente
César Pérez Vivas

Los estados de excepción en los sistemas políticos democráticos modernos, como su nombre lo indica, constituyen regímenes jurídicos “excepcionales”, consagrados en el orden constitucional para atender situaciones sociales, políticas y económicas extraordinarias, que requieren de atribuciones especiales para las autoridades, a los fines de recuperar la normalidad.
Nicolás Maduro ha convertido lo excepcional en rutinario. Ha establecido el estado de excepción de forma permanente. En abierta violación del texto y al espíritu de la Constitución, lleva cuatro años gobernando, bajo la figura de los estados de excepción.
Al no cumplir con los supuestos de hecho, trámites y tiempos de esta figura, establecida en el Capítulo II del título VIII de la vigente carta magna, ha consagrado una dictadura, que trata de disfrazar bajo esta figura. Pero no hay forma de esconder la verdad. Estamos ante un régimen al margen del ordenamiento constitucional.
El primer decreto de estado de excepción, declarando la emergencia económica, fue dictado con el N° 2.184, el 14 de enero de 2016, habiéndose publicado en la Gaceta Oficial N° 40.828. El estado de emergencia económica se convirtió en estado permanente de excepción, hasta el punto de que ya lleva 8 prórrogas y ha mantenido su vigencia por 4 años y seis meses, hasta la fecha de este escrito.
En medio de ese cuadro inconstitucional, Nicolás Maduro dicta el decreto N° 4.160, publicado en la Gaceta Oficial Extraordinaria N° 6.519 del 13 de marzo de 2020. En dicho decreto declara el estado de alarma, que es otra de las figuras previstas en los llamados estados de excepción, establecidos en los artículos 337, 338 y 339 de la vigente Constitución.
El decreto 4.160,  más allá de la pertinencia en una situación como la que vivimos con el covid-19, es un monumento a la arbitrariedad, a la inconstitucionalidad y al desprecio que la cúpula gobernante tiene por el Estado de Derecho y las instituciones democráticas. El decreto citado no cumple ni siquiera los límites básicos establecidos por la propia norma constitucional, a la hora de dictar un estado de excepción.
Como bien los califica la carta magna: “estado de excepción” significa un régimen jurídico especial que se dicta cuando se presentan “circunstancias de orden social, económico, político, natural o ecológico, que afecten gravemente la seguridad de la nación, de las instituciones y de los ciudadanos y ciudadanas, a cuyo respecto resulten insuficientes las facultades de las cuales disponen para hacer frente a tales hechos. En tal caso podrán ser restringidas temporalmente las garantías consagradas en esta Constitución, salvo las referidas a los derechos a la vida, prohibición de incomunicación o tortura, el derecho al debido proceso, el derecho a la información y los demás derechos humanos intangibles” (Artículo 337 Constitucional)
El decreto 4.160, ya citado, carece de técnica jurídica, y por lo tanto tiene un vicio de defecto de forma, pues dicta de forma solapada, detrás del estado de alarma, un estado de emergencia económica, que por lo demás ya está dictado, como lo expresé anteriormente.  Lo correcto hubiese sido separar ambas situaciones, precisando en cada caso las garantías afectadas, emitiendo un decreto para cada estado acordado.
Pues bien el régimen venezolano, en el decreto aquí estudiado, lanzó lo que podríamos definir como una suspensión genérica de las garantías constitucionales; pues aunque fundamenta las acciones que se van a desarrollar en el marco de los estados de excepción, el citado decreto 4.160, no precisa cuáles son las garantías constitucionales que limita, ni mucho menos precisa la naturaleza de las restricciones que está acordando.
El artículo 339 de la Constitución obliga a  precisar el derecho regulado. En el encabezado de la citada norma se consagra, dicha exigencia, en los siguientes términos: “El decreto que declare el estado de excepción, en el cual se regulará el ejercicio del derecho cuya garantía se restringe…”. De modo que el decreto ha debido precisar a  cuáles derechos se le estaban suprimiendo las garantías y en qué consistían las limitaciones.
Se consagró, entonces, una suspensión general de las garantías y derechos constitucionales, lo cual no es permitido por el propio artículo 337 constitucional, que expresamente establece la prohibición absoluta de suspender o restringir los siguientes derechos: a la vida, a la prohibición de incomunicación o tortura, al debido proceso, a la información y demás derechos humanos intangibles.
La Ley de los Estado de Excepción vigente (Gaceta Oficial N° 37.261 de fecha 15 de agosto de 2001)  al desarrollar las normas constitucionales sobre esta materia, precisó los derechos constitucionales que no pueden ser regulados en un decreto de esta naturaleza. Tenemos entonces una especie de carta blanca (norma en blanco) en manos del gobierno para que cualquier funcionario, en nombre del estado de alarma, proceda a interpretarlo a su particular forma de entenderlo. Situación que ya ha producido un sinnúmero de arbitrariedades y de violaciones de los derechos humanos.
Otra violación del texto de la Constitución, en la que incurre Nicolás Maduro a través del decreto N° 4.160, tiene que ver con el lapso de duración del estado de alarma. El artículo 338, constitucional, establece una duración de treinta días, prorrogables por una sola vez y solo por treinta días adicionales, para la vigencia de una suspensión o limitación de las garantías constitucionales.
Pues bien, en el capítulo V (Disposiciones Finales), en la disposición octava, se deja abierta la posibilidad de un plazo abierto para la vigencia del decreto. Su redacción no tiene la precisión que ordena la norma constitucional.
El decreto fija el plazo en los siguientes términos: “Este decreto tendrá una vigencia de 30 días, prorrogables por igual período, hasta tanto se estime adecuada el estado de contención de la enfermedad epidémica coronavirus (covid-19) o sus posibles cepas, y controlados sus factores de contagio”.
Un examen gramatical y morfológico de la redacción establecida en el decreto, in comento, nos dice que el estado de excepción puede durar todo el tiempo que la administración estime “adecuado” para considerar que tienen controlada la expansión del virus. Al expresar que el decreto puede ser “prorrogable por igual período”, deja abierta la puerta para que al término de los 30 días vuelva a acordarse otra prórroga de 30 días, y así indefinidamente, obviando el mandato constitucional que habla de la prórroga “hasta por 30 días más”. La anterior expresión es muy clara. Nos habla de una sola prórroga, ya que la permite solo “hasta por 30 días más”. Lo ocurrido con el decreto de emergencia económica del 14 de enero de 2016 nos demuestra que el régimen no se detiene, no acata el mandato constitucional.
El decreto 4.160 igualmente evidencia la naturaleza autoritaria del gobierno de Nicolás Maduro.  En efecto, en ninguna parte del texto del decreto se ordena su remisión a la Asamblea Nacional, órgano del poder público al que compete el control político del mismo. Tampoco el gobierno lo hizo en acto separado o por una simple forma administrativa.
Los estados de excepción, y el de alarma es uno de ellos, por afectar los derechos fundamentales de los ciudadanos no pueden ser solo aprobados por el órgano ejecutivo del poder público, aunque corresponda a este la iniciativa de su decreto. Los mismos son los conocidos en doctrina como actos de gobierno complejos. Para que puedan tener pleno vigor requieren de una aprobación del Parlamento y de un control de constitucionalidad, por parte de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia.  El artículo 339 de la constitución lo ordena de forma contundente, y el 338,  otorga a la asamblea la atribución, adicional de autorizar las prorrogas.
El estado de alarma dictado por el decreto N°: 4.160, ya estudiado, fue prorrogado por 30 días más a través de la promulgación de un nuevo decreto. En efecto, el señor Nicolás Maduro dictó en fecha 12 de abril de 2020 el decreto N° 4.186, publicado en la Gaceta Oficial Extraordinaria N° 6.528 de fecha 12 de abril de 2020. En estricto derecho, este estado de alarma, durante el presente año, no puede ser nuevamente prorrogado, tal como ha sido estudiado en el presente artículo.
Como podemos apreciar; Maduro convirtió en permanente lo que es excepcional. Incurre en el delito de abuso de poder al continuar usurpando no solo el cargo de presidente de la República, sino las competencias de las demás ramas del poder público. Eso la ratifica como dictador.

22/04/2020:
https://www.elnacional.com/opinion/el-estado-de-excepcion-permanente/