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jueves, 28 de marzo de 2019

UNA MEDIDA INÚTIL

La invención de Morel
Luis Barragán


El régimen acostumbra a solazarse con los innumerables eventos electorales que ha celebrado, como si bastara para reputarlo como todo  el compendio de una experiencia democrática y, faltando poco, participativa y protagónica. De vocación y cuño plebiscitario, las jornadas acumuladas apuntan a una trampa continua, perfeccionada y escandalosa, montada por un organismo de irrefutable militancia dictatorial.

Hubo errores garrafales, sobre todo de apreciación política de las circunstancias, como en los comicios parlamentarios de 2015, que aleccionaron al poder establecido. Y, ahora, con toda la franqueza, por cierto, despedida  Smartmatic, la silenciada empresa que tanto le ayudó,  no ha tenido el mínimo pudor al incurrir en un fraude sostenido y demasiado visible, origen – además – de una tal constituyente que tuvo la ocurrencia de decirse más votada que la ejemplar e histórica consulta referendaria de la oposición, en 2017.

Una de las medidas preventivas que consagran a este socialismo del XXI para afrontar las elecciones cuasi o nada competitivas que adelanta, a veces, enfebrecidamente, a pesar de su augusta impopularidad, ha sido la de inhabilitar descaradamente a aquellos que los piensan como rivales imbatibles. Poco importa que los opositores más decididos, jamás hayan ejercido un cargo público, pero el castigo del indefenso también opera a través del organismo tributario que, desde hace mucho, deshizo o pulverizó el prestigio que alguna vez alcanzó al finalizar el siglo anterior.

Así como a María Corina Machado, víctima de un desafuero parlamentario que no tiene equivalente en nuestra historia contemporánea, faltando poco, con una todavía vigente prohibición de salida del país, se le impidió postularse a la Asamblea Nacional, entre otros venezolanos, Juan Guaidó hoy es  víctima de una decisión absolutamente unilaterial, improcedente y abusiva de la Contraloría General de la República. Sin embargo, ésta, decidida por la espuria constituyente, con un supuesto titular al que nuevamente le toca ensuciar sus manos,  simplemente no existe; y, valga acotar, menos, cuando – convirtiéndose en cómplice – la instancia nada ha hecho, hizo ni hará, frente al gigantesco saqueo de los dineros públicos que constituye toda una realidad y leyenda para el historial delictivo del mundo.

La resolución en cuestión, parte de un falso supuesto: la dictadura no sólo seguirá, sino que  lo hará administrando cualesquiera comicios en el ámbito público hasta copar todo rincón en el privado.  Posiblemente, la pieza se convierta en un capítulo inédito de “La invención de Morel” de Adolfo Bioy Casares.

Fotografía: Ivan Alvarado (Reuters), Juan Guaidó abandona el domcilio de Roberto Marrero, tras su detención.

miércoles, 18 de abril de 2018

¿LA COSA LLEGA HASTA DÓNDE?

El Contralor General de la República debe responder ante la AN (Comunicado)

La Fracción 16 de Julio emitió un comunicado este martes a propósito de la aprobación del Parlamento del juicio en contra del presidente Nicolás Maduro ante el TSJ en el exilio.

A continuación el comunicado completo:

Ya consabidos los resultados de la sesión de hoy de la Asamblea Nacional, la Fracción Parlamentaria del 16 de Julio fue nuevamente reivindicada por las circunstancias. Como antes, a propósito de los resultados del diálogo en República Dominicana que tan vehementemente adversó en la cámara, dándole el tiempo la razón, ahora, una semana después, fue inevitable que se reconociera la necesidad de respaldar no sólo al TSJ, sino de autorizarlo para proseguir con la causa abierta contra Nicolás Maduro.

A tempranas horas de la mañana, los diputados de la citada fracción se presentaron a la sede del Palacio Legislativo. El día anterior había sido de un intenso trabajo para afinar la estrategia parlamentaria, reexaminando la reglamentación de la instancia legislativa, como en la profundización de los señalamientos que el máximo tribunal de la República hizo en su solicitud, con un equipo de asesores en diferentes áreas. Lo más llamativo, en contraste con otras fracciones parlamentarias, fue la completa coordinación del trabajo: “La semana pasada, nos correspondió la dura tarea de introducir la materia en la Asamblea Nacional, planteando la modificación del Orden del Día a la que las restantes fracciones políticas se resistieron. Ahora, ya comprendieron la importancia y la gravedad del asunto, por lo que, aplicando la rotación de la vocería, cumplida la tarea por el diputado Juan Pablo García, le corresponde al diputado Richard Blanco completarla”.

En efecto, el diputado Blanco intervino hoy y, siendo inevitable referirse a la descarada presencia de dos de los diputados oficialistas dispuestos a sabotear la sesión, como a la dolorosa situación que vive el país, fue directo a los casos que comprometen seriamente la responsabilidad de Nicolás Maduro.

El diputado Blanco citó casos de obras inconclusas o, definitivamente, nunca hechas, como la Línea 5 del Metro de Caracas, el Sistema de Transporte Masivo Caracas-Guarenas-Guatire, Cabletren Bolivariano, Metrocable Mariches, Puente sobre el Río Orinoco, Puente Caicique Nigale, Proyecto Aeropuerto Internacional de Maiquetía, Central Hidroeléctrica Tocoma, Proyecto Agrario Integral Socialista Abreu de Lima, Ferrocarril Caracas-La Guaire- Guatire.

Interrogados después de su intervención en la plenaria, distintos diputados de la Fracción 16 de Julio coincidieron en señalar que apenas la lista asoma lo que nunca se hizo, a pesar de contar con un generoso presupuesto, sobrando los ejemplos en otras áreas.

“La situación – dijeron – es hoy más grave, porque no se sabe a ciencia cierta del monto real del presupuesto nacional, nunca públicamente discutido y, menos, de su ejecución. La Contraloría General de la República no ha presentado el   informe que ha de rendir ante la Asamblea Nacional, por lo que algún día destaparemos una olla más fabulosa aún de la corrupción oficial”.

El vocero oficial para la sesión de hoy, el diputado Blanco, entre otros aspectos, observó: “El caso Odebrecht ha empañado a medio continente y la respuesta ha sido la de la cárcel para Lula en Brasil o la renuncia de PPK en Perú, por ejemplo. Sin embargo, en Venezuela, se resisten y, aferrándose tercamente al poder, sin la menor vergüenza, persiguen a quienes lo señalan con el dedo acusador. Por ello, desde la semana pasada, la Fracción 16 de Julio insistió y ha sido satisfactoria la unanimidad de 105 diputados electos por el pueblo, al apoyar inequívocamente al TSJ en la causa que le sigue a Nicolás Maduro”.


17/04/2018:
https://www.lapatilla.com/site/2018/04/17/fraccion-16-de-julio-el-contralor-general-de-la-republica-debe-responder-ante-la-an-comunicado/
Fotografía: Santiago Romero / César Morales  (AN, Caracas, 17/04/2018).

martes, 21 de febrero de 2017

CONFABULACIÓN

AN denuncia grave extralimitación de funciones del Contralor

ND / 20 feb 2017.- La Asamblea Nacional, como institución, a través de un comunicado, consideró la decisión del Contralor General de la República, Manuel Galindo como excesivo a sus funciones, luego de declarar a la instancia parlamentaria en desacato.

A continuación el texto integro del comunicado:

Se hace del conocimiento de la opinión pública que el día de hoy, lunes 20 de febrero de 2017, se dieron instrucciones en el sentido de que, de presentarse en alguna de las dependencias de la Asamblea Nacional la ciudadana Mayren Del Carmen Ríos Díaz, designada por el Contralor General de la República como Auditora Interventora, se le recomendara acudir al Palacio Federal Legislativo para ser atendida por las autoridades de la Asamblea Nacional. Reiteramos mediante esta comunicación la disposición a recibirla. Debemos sin embargo fijar posición respecto de la intervención de la Dirección de Auditoría Interna de la Asamblea Nacional ordenada por el Contralor General de la República.

El Contralor General de la República incurrió en grave extralimitación de funciones al haber ordenado la intervención de la Dirección de Auditoría Interna de la Asamblea Nacional, ya que infringió los artículos 137 de la Constitución, 27, numeral 8, del Reglamento Interior y de Debates de la Asamblea Nacional, 57 del Reglamento de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República y el Sistema de Control Fiscal y 7 del Reglamento sobre los Concursos Públicos para la Designación de los Contralores Distritales y Municipales y los Titulares de las Unidades de Auditoría Interna de los Órganos del Poder Público Nacional, Estadal, Distrital y Municipal y sus Entes Descentralizados.

El Contralor General de la República pretende fundamentar la intervención de nuestra Dirección de Auditoría Interna en la demora en la convocatoria del concurso público para la designación del Auditor Interno de la Asamblea Nacional, según se aduce en la Resolución 01-00-000126 publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 41.095, de fecha 14 de febrero de 2017, dado que el actual Auditor Interno se desempeña interinamente desde abril de 2015, cuando fue nombrado por el entonces Presidente de la Asamblea Nacional, el Diputado Diosdado Cabello.

Sin embargo, ni la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República y el Sistema de Control Fiscal ni su Reglamento facultan al Contralor General de la República para acordar la intervención de una Contraloría o Auditoría Interna con base en la omisión o demora en la celebración del correspondiente concurso, ya que el artículo 57 de ese Reglamento, al regular la intervención de los órganos de control fiscal se refiere a situaciones en las cuales “de las evaluaciones practicadas surgieren graves irregularidades” que justificaren la intervención. En este caso no se ha efectuado ninguna auditoría o fiscalización de la Contraloría General de la República en la Asamblea Nacional, en la cual se hayan constatado “graves irregularidades” que dieran lugar a un procedimiento en el que pudiera luego ordenarse la intervención.

Además, sería absurdo, por irracional y desproporcionado, intervenir la Auditoría Interna de la Asamblea Nacional ante la falta de convocatoria de un concurso público, pues dicha intervención en nada contribuiría a lograr el fin que se querría alcanzar, la celebración del concurso, cuya convocatoria no es responsabilidad del Auditor Interno de la Asamblea Nacional sino de las máximas autoridades del organismo. Lo anterior demuestra que la alusión a la demora en la celebración del concurso es un pretexto para cumplir el objetivo político de afectar el cabal funcionamiento de la Asamblea Nacional como poder autónomo.

Frente a la demora en la celebración del concurso público lo que procede es formular un recordatorio o exhortación a las máximas autoridades del órgano respectivo, como lo hizo recientemente el Contralor General de la República mediante Circular Nº 01-00-000136, del 31 de enero de 2017, dirigida a las autoridades municipales, o como lo hizo en la Circular 01-00-000294 del 07 de abril de 2015, y las posteriores de ese año de igual tenor, dirigida a las máximas autoridades jerárquicas de los órganos y entes del Poder Público Nacional.

Ante una contumacia reiterada de alguna máxima autoridad podría acudirse a lo dispuesto en el artículo 7 del Reglamento sobre los Concursos Públicos para la Designación de los Contralores Distritales y Municipales y los Titulares de las Unidades de Auditoría Interna de los Órganos del Poder Público Nacional, Estadal, Distrital y Municipal y sus Entes Descentralizados el cual reza:

“Vencidos los lapsos indicados en el artículo 6 del presente Reglamento, sin que el órgano o autoridad correspondiente hubiere convocado el respectivo concurso, el Contralor General de la República, con el propósito de garantizar la idoneidad, capacidad e independencia en el ejercicio de las funciones de los órganos de control fiscal, podrá mediante Resolución que se publicará en la Gaceta Oficial de la República, convocar los concursos públicos para la designación de los titulares de los órganos de control fiscal, sin perjuicio de las sanciones que pudieren derivarse del incumplimiento de la obligación de convocar el respectivo concurso. En dicha Resolución se ordenará al órgano o autoridad correspondiente, efectuar el llamado público a participar en el concurso, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la publicación de la citada Resolución y garantizar al jurado que lo tramite hasta su culminación”.

Como puede observarse, la normativa sobre los concursos públicos para la designación de los Contralores Distritales y Municipales y de los Titulares de las Unidades de Auditoría Interna de los órganos del Poder Público Nacional, Estadal, Distrital o Municipal, dictada por la propia Contraloría General de la República, prescribe con nitidez que ante el vencimiento de los lapsos respectivos el Contralor General de la República “podrá” convocar el concurso correspondiente, lo cual indica que es esta, y no la intervención, la medida de mayor severidad que puede adoptar el Contralor General de la República ante la demora reiterada de algún máximo jerarca en la convocatoria, previo requerimiento o recordatorio de la Contraloría General de la República, todo ello sin perjuicio de las sanciones eventualmente aplicables. El respeto de la autonomía del órgano correspondiente obliga a considerar esta medida como extrema y, por tanto, a estimar que debe estar precedida de advertencias u otros actos menos invasivos, sobre todo a la luz de las consecuencias de una convocatoria efectuada por el Contralor General de la República y no por la máxima autoridad del organismo de que se trate.

Conviene por otro lado advertir que desde el año 2000 las sucesivas autoridades de la Asamblea Nacional omitieron la celebración de concursos públicos para la designación de los Auditores Internos. La última designación la hizo el Diputado Diosdado Cabello, en abril de 2015, y recayó sobre quien actualmente ejerce interinamente las funciones de Auditor Interno. Nuestra Directiva anterior, electa el 5 de enero de 2016, actuando conforme a la ley, no sustituyó a dicho Auditor Interno sino que lo mantuvo en su cargo y cuando se disponía a convocar el concurso sus actos dejaron de ser publicados en Gaceta Oficial, lo cual dificulta sobremanera la realización del concurso público. Pero lo más grave es que quien era Presidente de la Asamblea Nacional cuando fue designado el actual Auditor Interno, el Diputado Diosdado Cabello, hizo caso omiso de la exhortación que en su oportunidad le hiciera el Contralor General de la República para que procediera a la convocatoria del concurso público, según se desprende de documento que reposa en nuestros archivos, sin que esto diera lugar a la intervención de la Auditoría Interna de la Asamblea Nacional -que hubiera sido inconstitucional por las razones expuestas-, ni a la apertura de un procedimiento sancionatorio por la Contraloría General de la República.

Fue la Junta Directiva de la gestión correspondiente al año 2015 la que incumplió los artículos 142 y 143 de la Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Público, pues designó a un Auditor interino en abril de 2015 y nunca convocó al referido concurso público, pese a que esa Ley le ordenaba hacerlo dentro de un máximo de seis (6) meses contados a partir de la designación del Auditor interino. Dicho lapso venció en octubre del año 2015.

La ausencia de convocatoria del concurso público fue práctica habitual en la Asamblea Nacional, sin que la Contraloría General de la República adoptara medida alguna, a pesar de que las anteriores autoridades parlamentarias sí estaban en condiciones de cumplir con todos los pasos legal y reglamentariamente exigidos para la celebración del concurso. Prueba de ello es la prolongada permanencia en el cargo del ciudadano Otto Mollegas como Auditor Interno, en calidad de interino, designado por el entonces Presidente de la Asamblea Nacional, Nicolás Maduro Moros, el 1° de julio de 2005 y que fue sustituido por el ciudadano Néstor David Solórzano Higuera el 15 de abril de 2015. (Véanse las Gacetas Oficiales Nº 38.220 y 40.738).

La actual Junta Directiva de la Asamblea Nacional, al igual que la electa en el 2016, no ha recibido requerimiento alguno al respecto de parte de la Contraloría General de la República, sino que se encuentra ahora ante esta pretendida intervención. Sin embargo, en uso de su autonomía la Asamblea Nacional procederá a convocar el concurso público respectivo, ante la próxima jubilación del actual Auditor interino, y espera que el Contralor General de la República actúe para que los actos del concurso que lo requieren sean publicados en Gaceta Oficial.

Caracas, 20 de febrero de 2017.

Fuente:
http://www.noticierodigital.com/2017/02/asamblea-nacional-denuncia-grave-extralimitacion-de-funciones-del-contralor-general-de-la-republica/
Cfr.
http://www.el-nacional.com/noticias/asamblea-nacional/contraloria-entro-nuevo-desacato-permitir-nuestra-inspeccion_81973

domingo, 19 de febrero de 2017

COMPLOT

De la otra modalidad de asalto
Luis Barragán


La contraloría General de la República, según resolución de fecha 14 de los corrientes, ha decidido intervenir la dirección de Auditoría Interna de la Asamblea Nacional, alegando su condición de  órgano rector y garante del buen funcionamiento del Sistema Nacional de Control Fiscal. Además de fundamentar su decisión en sendas leyes impuestas por la abusiva habilitación legislativa presidencial, invoca el Segundo Plan Socialista de Desarrollo Económico y Social de la Nación, impuesto a través del espurio Plan de la Patria, sancionado como una ley que nunca reunió los más elementales requisitos conceptuales y procedimentales para catalogarla de tal.

Evidentemente, se trata de otro capítulo más en la confabulación que no confrontación, de poderes en Venezuela para desconocer, en última instancia, la voluntad ciudadana que irrefutablemente expresa la Asamblea Nacional. Tratamos de una argucia que revela el lógico funcionamiento de un régimen que, esta vez, dispara cual francotirador, desde  la Contraloría, cuyo titular – no olvidemos – fue designado muy dudosamente por la otrora mayoría oficialista asamblearia.

La más elemental noción de la división de los órganos del Poder Público, imposibilita que se tome tan fácilmente por asalto -  bajo esta otra modalidad – a la Asamblea Nacional, la que se hizo inauditable en el pasado período legislativo por obra de una resolución que, a mediados de 2013,  centralizó absolutamente sus decisiones en la presidencia de la cámara hasta para decidir el nombramiento o el trámite administrativo de un portero o de una requisición de materiales.  Muy lejos de establecer aquellas responsabilidades, pendiente también la denuncia de las directivas del presente período, ignora interesadamente, con asombrosa simplicidad, la independencia del Poder Legislativo que tiene una fundamental trascendencia, inequívocamente manifiesta, en la Constitución de la República.

Ignorancia en la que deliberadamente se incurre,  en nombre del Sistema Nacional de Control Fiscal, aunque escapen de él  las empresas militares,  según la todavía incomprensible decisión de la Sala Político-Administrativa del TSJ de fecha 15/12/2016. Vale decir, la particular interdicción erige como órganos del Poder Público por encima del parlamento, a la Contraloría y a la Fuerza Armada, la que – por cierto – goza de privilegios de comercialización acaso equiparables a las concesiones hechas a sus pares de Chile con el cobre, o a los de Brasil con el Amazonas.

La decisión contralora obedece a una de tres circunstancias, o a todas simultáneamente, pues,   deriva de un calculado y paciente programa global de asedio y aniquilación de la representación popular; de la conveniente segregación del Sistema Nacional de Control Fiscal, respetando cuotas reales  de poder que, por cierto,  lentamente aguardan por su consagración en virtud de una trama normativa y jurisprudencial que autoriza el derecho únicamente como un dispositivo para regular las relaciones internas de las camarillas que secuestraron al Estado; o de la invención de un funcionario de la Contraloría que, urgido de acumular méritos, encuentra la receptividad total del superior jerárquico para rifarse juntos la supervivencia en una burocracia sagazmente oportunista. Aún esperamos por días más difíciles en la Asamblea Nacional que, ojalá,  no se arrodille, como lo hizo aquél Congreso asaltado en 1848 que, después, se transó con la dictadura de Monagas.
20/02/2017:
http://opinionynoticias.com/opinionpolitica/29110-barragan
http://www.ventevenezuela.org/la-otra-modalidad-asalto-luis-barragan

lunes, 18 de febrero de 2013

FIAT LUX

La Contraloría y los deberes de la Asamblea Nacional
Luis Barragán


Casi dos años atrás, falleció el titular de la Contraloría General de la República, prolongando indefinidamente la encargaduría de una persona de extremado bajo perfil, a pesar de los consabidos hechos y denuncias de corrupción que demandan un oportuno pronunciamiento. Incluso, hay quienes alegan la llamada omisión legislativa en el intento de regularizar la suplencia o materializar el reemplazo, incluyendo la posibilidad de consulta  popular de conformidad con el artículo 279 constitucional.

La referida prolongación guarda correspondencia con la impuntualidad o incumplimiento de la agenda institucional, pues, a modo de ilustración,  se ha convertido en hábito la postergación de los comicios municipales. Quizá una suerte de ecosonograma de la crisis política padecida, el recurrente retardo y extensión del período de los ediles, ha sido recurrente en los últimos años tal como sucedió en las postrimerías de la denominada cuarta república.

Las escasas posiciones públicas de la actual Contralora General de la República (encargada),  frente a eventos de una incontestable notoriedad relacionados con la Administración,  apunta a las responsabilidades constitucionales de la Asamblea Nacional que ha de emplazarla, informarse y deliberar respecto a aquellos  asuntos que van más allá de las interesadas investigaciones y desplantes de la bancada oficialista.  Notitia criminis, el debate parlamentario ha abanicado importantes y consistentes casos de corrupción que merecen la inmediata atención, investigación y el visible dictamen de un órgano independiente del Poder Público, según la Carta de 1999.

Casualmente, hallamos un viejo artículo de opinión, suscrito por José Vicente Rangel, y de un título revelador: “La Contraloría y los deberes del Congreso” (La Esfera, Caracas, 16/06/66), mediante el cual reclama el examen y discusión del Informe del Contralor General, para arribar a conclusiones que honren las competencias del Poder Legislativo. Pendiente de una solicitud para intervenir en la Cámara de Diputados sobre la materia, advierte la importancia de los “Informes contentivos de un material de gran interés para el desarrollo de la labor parlamentaria, (que) pasan desapercibidos y corren la suerte final del archivo”.

Renunciando tácitamente a sus responsabilidades, el  parlamento que no ejerció la “amplísima facultad de investigación” (artículo 160 de la Constitución), por entonces igualmente olvidó sendos proyectos pendientes como la Ley Orgánica de Hacienda Pública, la de Contraloría y el Código Penal. “Grave – continua Rangel – desde todo ángulo es la situación del Congreso. Su inercia, su falta de actividad, rebasan toda medida”. Por lo demás, denuncia “una creciente desnaturalización de las obligaciones del Parlamento; una acentuada falta de seriedad; la burla sistemática del propio ordenamiento constitucional”.

Paradójicamente, por una parte, la historia parlamentaria venearraganjzolana tiende a reivindicar al Congreso de la República ante la Asamblea Nacional, también por el libre y eficaz desempeño de sus integrantes. Y, por otra, es evidente que, hoy, el oficialismo está empeñado en desnaturalizar o sesgar la labor de un órgano del Poder Público que se presume autónomo, reacio a polemizar e investigar sobre casos que comprometen la gestión de altos funcionarios gubernamentales que tercamente protege, aplazando indefinida y sospechosamente la actualización de la Ley Orgánica Contra La Corrupción.


A todas luces, el oficialismo es inconsecuente  con las posturas de quienes le precedieron y allanaron un largo camino de ascenso al poder, a los que – simplemente – les reconocen ciertos títulos de nobleza revolucionaria y nada más. Ocurre algo parecido con los planteamientos de Elio Gómez Grillo, pues, ideológicamente afín, no puede imputársele el desastre de una política penitencia que lo desconoce y traiciona.

Finalmente, recordamos otro interesantísimo artículo de prensa, por el cual César J. Hernández B. (“La Contraloría General de la República”; El Universal, Caracas, 16/11/73), después de incursionar en los orígenes de la ley que rige la materia, propuso la elección adicional de un Sub-Contralor General que sirviera de “freno y contrapeso” a la “dictadura de control” del titular.  Y la idea es suficientemente atractiva para una futura reforma constitucional que, por añadidura, evalúe la eficiencia y eficacia de lo que fue un órgano auxiliar del Congreso, y – ahora -  constituye una expresión pretendidamente independiente del Poder Público, tentándonos a un esfuerzo comparativo de sus realizaciones.

viernes, 13 de agosto de 2010

perecimiento previo del control


EL NACIONAL - JUEVES 12 DE AGOSTO DE 2010
PDVAL Admiten que no existe control efectivo de productos perecederos importados
Russián: Datos en aduanas sobre alimentos no son confiables En el informe presentado sólo se da cuenta de 15.369,58 toneladas de alimentos vencidos, abandonados entre 1999 y 2008
DIANA LOZANO PERAFÁN

En el informe que presentó la Contraloría General de la República ante la Asamblea Nacional el martes, se admite que en la aduana principal aérea de Maiquetía se encontraron alimentos que "fueron congelados y vueltos a congelar", que "expedían malos olores" y que tenían "signos de descomposición". Aunque en los últimos dos meses se ha contabilizado un total de 130.000 toneladas de comida vencida de Pdval, que ha sido hallada en diversas zonas del país, el contralor Clodosbaldo Russián sólo da cuenta en su informe de 15.369,58 toneladas de mercancía perecedera importada por una "empresa estatal" que resultó en estado de descomposición. En ningún momento se hace mención expresa de Pdval o de Mercal. El informe indica que las más de 15.000 toneladas de comida vencida corresponden al inventario de mercancía en estado de abandono legal contabilizado durante el período 1999-2008. Los artículos que se dejaron perder incluían leche en polvo, carne, pollo, pernil, arroz, atún en lata, frijoles y aceite de soya, entre otros comestibles, y ocupó un total de 305 contenedores. La Contraloría admitió que el Sistema Aduanero Automatizado "no presenta información actualizada y confiable (...) de las mercancías en estado de abandono legal, careciendo de registros y mecanismos de control, que permitan constatar el estado físico de las mismas". Ante la deficiencia de los almacenes adscritos a las aduanas en el registro de los inventarios de los productos perecederos dejados en abandono legal, la Contraloría recomendó "informar oportunamente a la Comisión Presidencial para la Disposición Final de Mercancías Legalmente Abandonadas en las Aduanas de Venezuela, sobre la situación de mercancías perecederas (alimentos para consumo humano), con el objeto de evitar su pérdida y descomposición". Aunque el martes al salir del Palacio Federal Legislativo Russián dijo a los medios que el caso Pdval no es lo más importante, en el informe admite el grave problema de registro y control de los alimentos en las aduanas y recomienda sincerar la información de los inventarios. Las fallas en los inventarios impiden, según el reporte del ente contralor, la realización oportuna de remates, destrucciones, donaciones o adjudicaciones, conforme a lo dispuesto en la normativa aduanera vigente en el país. La Contraloría señaló que, de los 305 contenedores abandonados, fueron inspeccionados un total de 37, cuyo contenido estuvo valorado en 54,65 millones de bolívares fuertes: 24 de leche en polvo, 8 de carne y 5 de pollo. Ninguna de estas mercancías era apta para el consumo humano. En algunos casos la fecha de vencimiento había sido sobrepasada y en otras los productos ya se encontraban en estado de descomposición.