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viernes, 12 de noviembre de 2010

CASTRENSEGRAFÍA


Sobre el Comandante en Jefe de la Fuerza Armada Nacional
Luis Barragán

Martes, 10 de abril de 2007

Recientemente televisado, el acto conclusivo del Primer Curso de Comando y Estado Mayor Conjunto no produjo sorpresa alguna, pero acentuó el malestar resignado de quienes esperan una conducta más acorde al texto constitucional. En clara y conveniente correspondencia con el posterior discurso presidencial, el oficial medio - en representación de los graduandos finalizó con la consabida consigna devenida irritante contraseña al interior de la Fuerza Armada Nacional.

Resultado de la guerra de independencia, la unificación de las autoridades civil y militar supuso el adicional reconocimiento del grado de capitán-general para el Presidente de la República, como todavía ocurre por ejemplo- en Bolivia de acuerdo al artículo 97 de su Constitución, en la versión del 13 de abril de 2004. En el caso venezolano, la Carta de Angostura de 1819 señalaba que "el Presidente es el Comandante en Jefe de todas las fuerzas de mar y tierra y está exclusivamente encargado de su dirección", aunque significativamente- "no podrá mandarlas en persona".

La insistencia en el carácter, condición o responsabilidad militar del Presidente de la República hoy luce innecesaria, sobreentendida tanto como la jefatura o dirección ejercida sobre la hacienda pública nacional o la política exterior, siendo realmente decisivas aquellas distinciones resueltas por artículo como el 226 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (1999), a fin de caracterizar el régimen político. Sin embargo, la excesiva relevancia política adquirida por la llamada jerarquía militar presidencial, distante una sincera revisión constitucional, aconseja algunos correctivos parlamentarios que contribuyan a salvaguardar a la democracia ya deficitaria- y a la propia institución castrense.

Precisiones


Entre las atribuciones y obligaciones del Presidente o la Presidenta de la República, hallamos la de "dirigir la Fuerza Armada Nacional en su carácter de Comandante en Jefe", ejerciendo la "suprema autoridad jerárquica" y el "mando supremo", además de presidir el Consejo de Defensa de la Nación, según los numerales 5, 6 y 23 del artículo 236 de la Constitución de 1999. Fue el artículo 131 de la Constitución de la República de Venezuela de 1961, el que enfatizó que el Presidente de la República "por razón de su cargo" será Comandante en Jefe de las Fuerzas Armadas Nacionales, mientras el artículo 102 de la Constitución de 1947 contempló que "el Presidente de los Estados Unidos de Venezuela es la suprema autoridad jerárquica de las Fuerzas Armadas Nacionales y las comandará a través de los Despachos Ejecutivos y por medio de los funcionarios que la Ley señale".

La vigente Ley Orgánica de la Fuerza Armada Nacional (LOFAN), más frecuentemente menciona al Presidente de la República que al Jefe del Estado o Comandante en Jefe y, curioso, quizá para subrayar su legitimidad, combina los términos para abordar novedades como el Comando de la Reserva y la Movilización Nacional o el Comando Estratégico Operacional. E, inferimos, una diferenciación de la materia estrictamente militar de acuerdo al artículo 47 del referido instrumento legal al considerar: "El Ministerio de la Defensa es el máximo órgano administrativo en materia de defensa militar de la Nación, encargado de la formulación, adopción, seguimiento y evaluación de las políticas; estrategias, planes generales, programas y proyectos del sector defensa, sobre los cuales ejerce su rectoría, de acuerdo con lo establecido en la Ley Orgánica de la Administración Pública; y su estructura interna será establecida por el reglamento respectivo". (Gaceta Oficial Nº 38.280 del 26 de septiembre de 2005).

Valga acotar, el parlamento definitivamente acogió la versión del artículo 32 del primer proyecto oficialmente consignado por la Vicepresidencia de la República, aprobado inicialmente en la sesión del 26 de septiembre de 2002. Curiosa circunstancia, porque después sancionó la ley basado completamente en el proyecto introducido de modo oficioso por el ministerio de la Defensa de fecha 27 de abril de 2005, salvo el artículo 50 que acentuaba el deber de ejecución de las órdenes presidenciales por el titular del despacho.

Por consiguiente, la configuración concreta del Comandante en Jefe deriva obviamente de las disposiciones legales y no constitucionales, al prever que el Presidente de la Republica designa al Alto Mando Militar (el segundo proyecto ya aludido reiteraba "en su carácter de Comandante en Jefe"), dependiendo directamente de él lo relacionado con el Comandante de la Reserva y la Movilización Nacional, incluyendo con muy distantes precedentes- la conducción de las operaciones, mientras los componentes históricos - reconocidos expresamente por la Constitución de 1999 serán intermediados por el ministerio de la Defensa; decidir los ascensos de la oficialidad de mayor jerarquía de acuerdo a la calificación de los candidatos realizada por la Junta Superior de la Fuerza Armada Nacional, también órgano de consulta y asesoramiento presidencial; o contar con una autónoma Guardia de Honor Presidencial.

El artículo 40 de la Ley Orgánica en cuestión señala que "el Presidente de la República Bolivariana de Venezuela tiene el grado militar de Comandante en Jefe, y es la máxima autoridad jerárquica de la Fuerza Armada Nacional", con el ejercicio del mando supremo, la dirección general de las operaciones, definición y activación de las áreas de conflicto, quedando pendiente reglamentar "las insignias de grado el estandarte". Además, "tiene bajo su mando y dirección la comandancia en jefe, integrada por un estado mayor y las unidades que designe", aunque el artículo 42 expresa que "el Presidente de la República Bolivariana de Venezuela, en su carácter de Comandante en Jefe de la Fuerza Armada Nacional, tiene potestad para reincorporar personal militar que se encuentre en situación de retiro, por necesidades del servicio, tanto en tiempo de paz como en tiempo de guerra".

Responsabilidad constitucional


El texto de 1999 no escapa de nuestra tradición constitucional al referirse a un carácter, condición o responsabilidad y no a un grado militar, como expresa y anacrónicamente está consignado en otras constituciones de América Latina. Y, consecuentes con el consabido principio, el intérprete no puede sustituir la voluntad del constituyente.

Por lo demás, concedida una significación decididamente política, cabe diferenciar entre Fuerza Armada Nacional y la delicada institución Comandante en Jefe, muy propia de quien ejerce la conducción del Estado, dato permanente ante las circunstanciales faenas del Gobierno.

Esa excepcional comandancia tiene por único horizonte lo pautado en el elocuente artículo 328 de la Constitución de 1999 y, valga añadir, que los artículos 132 de la Constitución de 1961 y 93 de la Constitución de 1947, coincidieron esencialmente en el carácter no político y sus derivaciones para salvaguardar la institucionalidad castrense, excepto el reconocimiento al sufragio y en consecuencia- a una limitada deliberación que les lógicamente inherente, negado el servicio a persona o parcialidad política, impedida la participación "en actos de propaganda, militancia o proselitismo político", al auxiliarnos con el artículo 330 constitucional.

Es cierto, por ejemplo, que los ascensos "son competencia exclusiva de la Fuerza Armada Nacional", pero no menos cierto es que "estarán regulados por la Ley respectiva", a tenor del artículo 331 de la Constitución de 1999, contrariando la doctrina constitucional bolivariana y superando la directa ingerencia parlamentaria recogida por los artículos 148 y 156 de las constituciones de 1961 y 1947, respectivamente. Empero, reclamada como una competencia exclusiva para la entidad armada, ésta acepta la regulación para una materia típicamente castrense, por lo que habrá de aceptarla a objeto de reglar las actuaciones del Comandante en Jefe que lo salvaguarden como una figura institucional que naturalmente escapa de los reglamentos ordinarios que internamente rigen a la Fuerza Armada Nacional.

Estimamos que, a falta de una reforma constitucional que puntualice las actuaciones externas del Comandante en Jefe, con el riesgo de detallar asuntos resueltos más por la predisposición cultural que por una explícita superlegalidad, el ámbito parlamentario es el más apropiado por razones adecuadamente sistémicas que pudieran facilitar las coyunturales. El desarrollo del principio jurídico de la supremacía constitucional, recomienda el ejercicio cabal de las competencias nacionales del Poder Público y, así como las asume en el orden de las polacas macroeconómicas, financieras y fiscales, debe hacerlo en todo aquello relacionado con la organización y régimen de la Fuerza Armada Nacional, así como respecto a la seguridad, defensa y desarrollo nacionales (numerales 7, 8 y 21 del artículo 156 de la Constitución de 1999), por lo que no sería contraproducente que la Asamblea Nacional corrigiese las actuales desviaciones en la que incurre el Presidente de la República al actuar en su carácter, condición o responsabilidad más que grado o jerarquía, como Comandante en Jefe.

El sistema político que deriva de la Constitución de 1999, demanda iniciativas legislativas que impidan la tergiversación de ese carácter, condición o responsabilidad que arrastra, afectándola, a la institución castrense, gracias a las previsiones de artículos constitucionales como el 187 y 222. Es necesario recordar que la figura de Comandante en Jefe fue lo suficientemente confusa para provocar los conocidos eventos de abril de 2002, incurriendo en errores inexcusables los sectores oficialistas y opositores de entonces, y la actual previsión legal agravaría cualquier incidente con el desconocimiento de los legítimos mecanismos y dispositivos democráticos vigentes.


La actual coyuntura


No está en discusión la autonomía teórica del órgano legislativo, pero en la práctica- ha de recoger y canalizar las inquietudes planteadas, respondiendo a la abusiva campaña partidista que el Presidente de la República realiza valiéndose de su carácter, condición responsabilidad y ahora- grado de Comandante en Jefe, rasgos éste que por supremo que sea- no conoce de la reglamentación ordinaria, sustantiva y procedimental, que explica a los escalafones inferiores.

Probablemente, para precisar sus responsabilidades, haya que adoptar providencias para una convincente publicidad de los motivos y mecanismos de ascenso que no interfiere con su exclusiva determinación, porque puede argüirse que el Comandante en Jefe jamás pierde el preeminente carácter, condición o responsabilidad como Presidente de la República. O, igualmente, si fuere el caso, disipar las naturales dudas sobre las implicaciones que para la seguridad nacional tienen los acuerdos con Cuba.

Sabemos de la adscripción política de los integrantes de la Asamblea Nacional, pero están en el deber y la posibilidad de regular la institución Comandante en Jefe, reivindicando precisamente la Constitución de la República, por lo que no puede sugerir en modo alguno un llamado a la rebelión. Agreguemos que la disolución de la Asamblea Nacional está exactamente circunscrita a causales como las establecidas en el artículo 240 en relación al numeral 21 del artículo 236 de la Constitución de 1999, pero más aún- que el Jefe del Gobierno no debe esgrimir un carácter, condición o responsabilidad como Jefe del todavía inexistente (y aconstitucional) Partido Único, sirviéndose los parlamentarios de una coyuntura para evitar la absorción arbitraria, ventajista y forzosa como si Hugo Chávez fuese la viva encarnación del patrimonio revolucionario en el que suponemos concursaron ellos.

Es contrario a la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela el empleo de la "Comandancia en Jefe", su estado mayor y unidades para construir una parcialidad política, por intermedio de un militar activo integrante de la comisión propulsora como Alberto Müller Rojas. Asentemos que la oficialidad puede vivir momentos difíciles entre acatar la voluntad del máximo superior jerárquico militar, decidor de los ascensos, o la del Presidente de la República que actúa en su carácter, condición o responsabilidad militar, como las tiene en otras áreas.

Por lo demás, ese carácter, condición o responsabilidad se ofrece como el único puente de la institución castrense con el resto de la población que ventila un cierto modelo de integración en el marco propiamente de las relaciones civiles-militares. Obligado contraste con la asunción de un grado o jerarquía militar que protocoliza una separación, excepto se trate de la reducida y condicionada participación civil en la Reserva y la Movilización Nacional, inclinada hacia un modelo de desintegración en el contexto de las relaciones redundantemente definidas- cívico-militares.

Conclusiones


- La institución Comandante en Jefe sintetiza un tradicional carácter, condición o responsabilidad que no se entiende sin el legítimo ejercicio de la Presidencia de la República y, al concebirlo como un grado o jerarquía militar, pudiera reeditar amargas experiencias como la de los simulacros de Juan Vicente Gómez, quien se reservó ese grado o jerarquía para retirarse a Maracay, mientras operaba en Miraflores un títere.

- Para la entidad armada constituye una institución susceptible de regulación legal que así lo confirme, asegurándole la realización de la delicada misión asignada por la Constitución, frente a las tentaciones contraproducentes de un proselitismo partidista que afecta la permanencia del Estado del cual es parte, por obra de las cambiantes circunstancias del gobierno.

- Por razones sistémicas y coyunturales, es factible una corrección a tiempo de las desviaciones en las que incurre el Comandante en Jefe, a propósito de los actos solemne y eminentemente militares que preside.

- Es necesario asumir un modelo de integración en el marco de las relaciones civiles-militares, en lugar del modelo de desintegración paradójicamente inherente a las relaciones cívico-militares.

Reforma, Partidos y Fuerza Armada
Luis Barragán

Martes, 21 de agosto de 2007


Los planteamientos presidenciales sobre la reforma constitucional no deben sorprender a nadie, incluso, por los excesos acostumbrados y que, por lo general, responden a las tácticas y maniobras que muy bien pueden tomarse (y traducirse) de los viejos manuales castrenses. No obstante, ha de asombrar esa suerte de parálisis de la vacilación infinita en la que subsume inicialmente a sus oponentes, ya avisados con suficiente antelación.

Los partidos oficialistas rinden sus armas al pie del partido único, único capaz de canalizar los recursos materiales y simbólicos del Estado. No podrán sobrevivir siquiera como legítimas tendencias al interior del PSUV (algo que muy bien lo saben Podemos, el PPT y el PCV), por lo que tendrán que acatar el mandato imperativo del comandante de todas las fuerzas civiles y militares, pues –de lo contrario- habitarán por siempre las áreas marginales del aparato o armatoste político en vías de instalación.

El Presidente Chávez escenifica su propia batalla de Ciudad Bolívar, de recordar aquella que canceló en 1903 el pacto siempre en tensión de los caudillos regionales que surgieron luego de la Guerra Federal, siendo vencedor de aquella Juan Vicente Gómez, siempre apresurado en rechazar cualquier reconocimiento que no lo remitiese a Cipriano Castro. Y es que, en la Venezuela del siglo XXI, el mandatario nacional arriesga mucho al decapitar las posibilidades políticas independientes que tengan sus propios gobernadores y alcaldes, tan contribuyentes como el que más a sus éxitos electorales, aunque ahora supeditados a los caprichos del Máximo Intérprete de la Revolución, así no tenga “libro rojo” que exhibir.

Batalla que resignada y necesariamente no debe dar alcance a los partidos de la oposición, urgidos de una radical actualización que los convierta en instancias de concertación de iniciativas, agencias de resocialización política y referentes en las acciones de calle. Valga apuntar, los partidos políticos democráticos son los que menos sienten un indispensable control social de sus pronunciamientos y actividades externas e internas y, lejos de constituir una ventaja, se convierte a la postre en un drama, porque la opinión pública se desinteresa por ellos en razón de los sobrados prejuicios que ha impuesto la llamada “antipolítica”, prendiéndole fuego a todos los caminos.

Insistimos en la idea de una reforma sustancial de la constitución como anuncio de una descomunal y profunda crisis política, por lo que ella no es cosa de muchachos. Y, para evitar malos entendidos, aclaremos el caso con un ejemplo: supieron muy bien Hilarión Cardozo, Simón Sáez, Américo Martín o Enrique Aristeguieta que la lucha contra la dictadura de Pérez Jiménez era algo serio y la afrontaron gallardamente con sus veinte años a cuesta.

La resocialización política importa demasiado hacia el interior de los partidos y no hay mejor oportunidad que una reforma constitucional que los conduzca (o debería conducirlos) hacia sus elementales consistencias teóricas. No habrá reaprendizaje cívico, si no hay ideas que aportar y conductas que testimoniar.

Mejor aún, para realizar los planteamientos no menos urgentes y dirigidos a los integrantes de la Fuerza Armada Nacional, amenazados como estamos con su milicianización galopante y definitiva que se corresponde con una militarización acelerada del resto de la sociedad. Por ello, creemos pertinente que –respetuosa, institucional y pacíficamente- tengan ocasión de escuchar y de reflexionar los planteamientos de quienes adversan la reforma del chavezato, recibiendo y atendiendo públicamente a los dirigentes de la oposición en los mismísimos cuarteles.

Fuentes:
http://www.analitica.com/va/politica/opinion/1059371.asp
http://www.analitica.com/va/politica/opinion/8806111.asp
Fotografía:
https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEjoVVEbkRLA_8eHrNfwq1LgxsaLXSwdyMzRdp7720w600q5QZQ0kEzmva0Yr56vH10S1PW4ereF1-rp3c48C7_6Vy2crh1LOEdQTcuDqhPli2k28CFbMudBXpCpUGHyfXRwbmot_G60P-z2/s400/Hugo-Chavez-desfile-militar-Venezuela-270.jpg

viernes, 13 de julio de 2012

REPOSICIÓN: FAN

Nueva constitucionalidad y Fuerza Armada Nacional
Luis Barragán


Domingo, 20 de abril de 2008

Creemos que una futura transición post-autoritaria debe fundamentarse en los aspectos clara y expresamente democráticos de la Constitución de 1999, desarrollando – desde ya – una campaña de divulgación, reconocimiento y aceptación de sus previsiones. Una materia tan compleja y decisiva como la militar (y lo inherente a la seguridad y defensa nacional), no puede escapar de las consideraciones e iniciativas que se adopten, incluso, a propósito de los venideros comicios, tratándose de las mínimas e ineludibles relaciones que gobernadores y alcaldes desarrollarán con las diferentes guarniciones y demás comandos.
Ha insistido el Presidente de la República en partidizar a la Fuerza Armada Nacional y, por si fuere poco, convertirla en un elemento existencial para la creación y concreción del PSUV, a juzgar por el discurso pronunciado en el acto de juramentación de la directiva. Poco le importa la desaprobación popular de la consabida reforma constitucional, mediante la cual quiso formalizar sus excesos en el ámbito castrense, pues, de un modo u otro, implementa los mecanismos orientados – en definitiva – a la militarización de la sociedad venezolana, desmilitarizando a la entidad armada, incurriendo en una práctica semejante a la reforma curricular sin esperar siquiera por la consulta referendaria enunciada para 2009.
Está pendiente la asunción y discusión de una importante literatura especializada por los partidos y demás organizaciones de la llamada sociedad civil, comenzando por distinciones como la de Domingo Irwin sobre militarismo y pretorianismo. No obstante, en esta oportunidad, parece útil acentuar la confusión reinante, aún en los mismos cuadros oficialistas, en torno al preponderante papel del sector militar en una revolución indefinida que le permite explotar e integrar al “sentido común” nociones como la de una unidad cívico-militar que no, la comprensión de las relaciones entre militares y civiles.
La de (s) preciada paz
Frecuentemente, los partidarios del gobierno arguyen una vocación innata por la violencia de toda individualidad u organización que lo adverse, aunque sean otros los que ejerzan el monopolio de las armas. Ha prosperado el mensaje publicitario y propagandístico, a pesar del comprobado y constante ensayo de violencia simbólica y material, directa e indirectamente administrado por los dirigentes del Estado, arriesgando y depreciando la paz como una finalidad del proceso.
No versamos en torno a una experiencia de la civilidad, pues la estrategia ha conducido a versionar el espíritu castrense como garante de la preservación del poder, además de sus realizaciones en el campo social y económico. La revolución, desembocadura del pasado que le dice dar una plena identidad bolivariana, constituye una “suma ordenada de dos elementos: el amor activo del pueblo y la lealtad y los ejércitos”, realizado a través del conflicto, confiando en Hugo Chávez, encarnación del poder concentrado, unificado y centralizado que sólo acepta a amigos y a apóstoles, de acuerdo a las tesis ceresoleanas [1]. Indiscutiblemente, priva a la hora de una interpretación constitucional del denominado chavismo.
Revolución y guerra
Indudablemente, las últimas cinco décadas contrastan con nuestro largo historial republicano de guerras y demás escaramuzas civiles y militares. El actual y presunto proceso revolucionario comenzó en un ambiente de paz y de mínima convivencia social, e – invirtiendo sobrados ejemplos históricos - cifra su suerte a una guerra de carácter civil con la que ha amenazado desde siempre, o a otra de carácter internacional de subrayar su temperamental adscripción anti-imperialista.
Lo es cierto es que, invocando a Barbeito, el porvenir de la revolución es el de la dura imposición, faltando a todo orden constitucional y legal, descomponiéndose al agredir a aquellos que disientan de sus premisas o realizaciones en nombre de la misma revolución. Sugiere, por una parte, abanderar a la oposición de la paz necesaria y posible, evitando la posibilidad de una mera “democracia de seguridad nacional”, como la llama Díaz Arenas, y, por otra, aprendiendo de las lecciones la dramática guerra civil centroamericana [2].
(In) consecuentes
Una parte significativa de la actual dirigencia oficialista, reclamó o se identificó con los reclamos realizados en torno a la anterior conducta de las Fuerzas Armadas. Es cierto que éstas incurrieron en actos contrarios a los derechos humanos, asumiendo la responsabilidad directa o indirecta del caso, sobre todo en el consabido período de la subversión marxista, pero no menos cierto es que las víctimas reales e imaginarias demandaron un comportamiento estrictamente constitucional, encausada por el sentido institucional y profesional que las legitimara, como refirió en una oportunidad Müller Rojas; o deplorando la penetración partidista con un “serio deterioro de sus estructuras morales y físicas (SIC)”, subordinada a intereses personales, provocando una merma del espíritu militar que se trasladaba al espíritu de combate, de acuerdo a lo manifestado por Grüber Odremán.
Es evidente la inconsecuencia del discurso actual con el de ayer, vista la política militar y la situación de la institución armada. Empero, hay una nota de consecuencia, por ejemplo, con las intenciones abiertas al crearse la reserva nacional, pues Müller Rojas ya había asentado que, fracasado el ensayo del general Carlos Luis Ferrero Tamayo, ella contaría con 100 mil y hasta 500 mil efectivos, sin capacidad ofensiva (“no tenemos por qué tenerla”), pero sí de resistencia ante la probabilidad de un golpe de Estado [3].
De lo cívico – militar
Anteriormente, no fue posible desempeñar simultáneamente una función pública de carácter civil en condición de militar activo, de acuerdo con la Constitución de 1961. Obviamente, la consigna de una conjunción cívico-militar se hizo concreta en el proceso constituyente de 1999, a propósito de la simultaneidad de condiciones (civil-militar), más allá de la de funciones.
El constituyente Francisco Visconti, en la primera discusión del anteproyecto constitucional, consideró una discriminación contra los militares alno permitirles participar, intervenir o desempeñar cargos públicos, violando la igualdad de derechos, mientras que Hermann Escarrá decía aclarar –en relación al Presidente de la República - que no se trataba de cargos simultáneos, sino de una “función” militar que respondía a un esquema diferente de seguridad y defensa de la nación. Y, con motivo del acto constituyente de reintegración a la Fuerza Armada Nacional, de los afectados por las acciones cívico-militares que ejercieron el derecho de resistencia (4-F y 27-N), confirmará que la unción militar del Presidente de la República es la de Comandante en Jefe de la Fuerza Armada Nacional (sesión nr. 35 del 03/11/99; y nr. 58 del 25/01/00).
Visto, el debate inmediatamente tocó la figura presidencial y, ensayando una solución “salomónica”, Vladimir Villegas refirió al “carácter” o “condición” de Comandante en Jefe (pacíficamente aceptada por la Asamblea Nacional Constituyente), que sería expresamente la máxima autoridad civil y militar, convertida la propuesta de Visconti en una integración de numerales. Antonio Rodríguez enfatizó que, reuniendo el Presidente de la República ambas condiciones, quedaba despejada la ecuación por la cual el poder militar está subordinado al civil. Negada propuesta de Jorge Olavarría al declarar incompatible el ejercicio de la autoridad militar con la civil, salvo el Presidente, convertida en una hábil intervención para dejar constancia política de su postura, asunto inicial quedó diluido en la discusión en torno a la competencia militar del títular del Ejecutivo Nacional (sesión nr. 36 del 04/11/99; nr. 40 del 08/11/99; nr. 41 del 09/11/99).
Por consiguiente, omitida la norma que impide el desempeño de funciones civiles por militares activos, una mayor atención fue dispensada a la competencia castrense del Presidente de la República, aceptada la tradición constitucional venezolana, aunque – sin las serias consecuencias que pudo generar en la opinión pública – alterada con la aprobación de la Ley Orgánica de la Fuerza Armada Nacional, en 2005. Convertida la “condición” o el “carácter” de la suprema comandancia en grado militar, puede comprenderse con más exactitud los usos y abusos en los que ha incurrido el Presidente Chávez.
Comandante en Jefe
De acuerdo con el numeral 5 del artículo 236 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, el Presidente de la República en cuanto tal, ostenta el carácter de Comandante en Jefe de la Fuerza Armada Nacional, que no grado militar como lo prevé el artículo 40 de la Ley Orgánica de la Fuerza Armada Nacional y, por si fuese poco, también responsable directo de las operaciones, de la Reserva Nacional y Movilización o del Comando Estratégico Nacional (artículos 7, 15, 32 y 62 eiusdem). Evidentemente, un acto legislativo ordinario ha violentado la norma constitucional, en una materia pacíficamente aceptada por nuestra tradición jurídica, a la que se suma la directa intervención en los asuntos operacionales (recordemos la red “Tiburón” de abril de 2002), la cual no se veía desde los tiempos de Juan Vicente Gómez; y, por lo demás, exacerbado el privilegio de un grado que escapa a las reglamentaciones y otras condiciones que pudiera definirlo como tal.
Recordemos, el mando supremo de las fuerzas de mar y tierra, sin dirección personal que caracterizó nuestra superlegalidad, excepto la Constitución de 1857 que lo forzaba a un acuerdo con el Congreso o Consejo de Estado. Acotemos la particularidad de los textos vigentes desde el citado año hasta 1901, pues, al comandar el Ejército, el Presidente debía ser suplido en sus funciones civiles al no permitirse reunir en una misma persona ambas autoridades. Sólo esto era posible en el caso de desorden público o en el de una guerra como lo pautaron los textos de 1904, 1909, 1914, 1922, 1928: en 1929 – “cosa curiosa”, comentó Ruggeri Parra- se le otorgó a un funcionario llamado Comandante en Jefe del Ejército Nacional. La de 1999, nada dice de reunir en una misma persona las autoridades civil y militar, advirtiendo Sucre Heredia una mimetización de roles en el Presidente de la República. Empero, surge una importante noción: la jefatura de Estado.
Rivas Quintero dice que, de los 24 numerales del artículo 236 de la Constitución de 1999, las funciones como Comandante en Jefe de la Fuerza Armada Nacional y el ejercicio del mando supremo y la promoción de los ascensos oficialidad superior (numerales 5 y 6) corresponden al rol de Jefe de Estado, ya que “representa la unidad nacional y constituye un símbolo de la integración espiritual del país y de la estabilidad institucional y por lo consiguiente es el rostro del país nacional”. La jefatura de gobierno tiende a confundirse con la del Estad, pero – dice precisar - uno, es lo contingente, cambiante, adaptativo; y el otro, lo permanente, lo estable y lo asimilable.
El autor de marras comenta que los poderes del Presidente de la República son “considerablemente elevados” y “además de ser Jefe de Estado, y Jefe de Gobierno, es Comandante en Jefe de la Fuerza Armada Nacional, por consiguiente, es la suprema autoridad jerárquica de ella”, fija su contingente y autoriza los ascensos. Quizá por un error de redacción, pudiera entenderse que la Comandancia se equipara a la Jefatura del Estado o del Gobierno, siendo éstos definitorios nada más y nada menos que del régimen político. Por cierto, error reproducido por Trejo en un trabajo arbitrado, quien incurre en otros como el de asumir que la eliminacion del Senado (“por esta razón”) llevó a no contemplar la promoción de los ascensos como atribución del poder civil y - por ende - eliminó el mecanismo de control sobre el poder militar; y al afirmar que “ex militar el Presidente de la República con todos los poderes de Comandante en Jefe”, olvidando otros mecanismos no menos importantes de control (parlamentario, presupuestario, política militar) y definir cuál variedad de poderes de la institución Comandante en Jefe y si estos no se habían ejercido antes.
Señalemos, Claudio Fermín llamó la atención sobre la falta de discusión en torno al problema de los ascensos militares, negada por el cuerpo constituyente su propuesta. No hubo un sereno y convincente debate de cada uno de los delicados numerales del artículo 236 de la Constitución de 1999, aprobado el proyecto con la consabida prontitud, por lo que –final y hábilmente omitida- no se dijo nada de las funciones civiles ejercidas por militares activos, sobreviviendo el articulado actual sobre la Fuerza Armada Nacional, gracias a aportes como los de Blancanieve Portocarrero. Destaquemos la interesante propuesta de Antonio di Giampaolo, en el sentido de la Asamblea podrá vetar los ascensos a generales, sin intervenir o modificar la lista, como contrapeso o equilibrio de un poder frente al otro, omitida en la votación, para ser finalmente negada en la segunda discusión junto a la de Leopoldo Puchi sobre la “autorización” parlamentaria para ascensos a general (sesión nr. 36 del 04/11/99; nr. 40 del 08/11/99; nr. 41 del 09/11/99; nr.44 del 14/11/99).
En la Asamblea Nacional Constituyente se insistió en el manejo doloso de lentidad castrense, en un debate que involucró a pocos de sus integrantes, llevando a afirmar a Visconti que la “política militar betancuriana quería amarrar a las Fuerzas Armadas como una institución diferente al resto de las instituciones del Estado”, algo que hoy parece no sorprenderlo (sesión nr. 44 del 14/11/99).
Es necesario reivindicar que la institución Comandante en Jefe de la Fuerza Armada Nacional es una consecuencia del carácter o condición de Presidente de la República, y no un grado militar que implica la directa intervención en todos y cada uno de los asuntos de la vida y del desarrollo castrenses, ya que – la intromisión misma en los aspectos meramente operacionales – contribuye a aumentar los riesgos, equívocos o errores de apreciación o de decisión, como el comentado por Usón recientemente en virtud del conocido incidente con Colombia y el caso Reyes. Importa mencionar viejos trabajos, como los de Maurice Matloff sobre Roosevelt, Forrest G. Pogue y los problemas de comando de la coalición o Harold Zink sobre las relaciones cívico-militares, durante y después de la II guerra mundial, en torno a las conducciones civil y militar del conflicto [4].
Régimen incansable
Al fracasar el régimen en su tentativa de reforma constitucional, incansablemente ensaya medios, condiciones y situaciones para imponerla de la forma más directa que le sea posible. Basta con señalar la denuncia que ha hecho Rocío San Miguel en torno a la novísima Ley de Policía Nacional y su impacto sobre la Guardia Nacional, reconocido por el comandante del componente, Freddy Carrión, para constatar los abusos en los que incurre el propio Comandante en Jefe en la materia.
Rodríguez Iturbe, en una oportunidad, distinguió entre el “militariat” y el “lunpenmilitariat”, caracterizado éste por una degeneración que no representa a todo el estamento militar, que sustituye la confianza, por la desconfianza; amistad, por complicidad; rectitud, por doblez; jerarquía militar, por identificación con el proceso; formación profesional, por docilidad, siendo Chávez un hijo incompetente de la IV república, con deficiente formación castrense, caso típico de complejo de Edipo. Posiblemente sea el caso, habida cuenta de una revolución que, a pesar del canón marxista, no descansa en la clase obrera organizada.
Lo cierto es que están pendientes muchas interrogantes sobre la institución castrense, formuladas aún en medio de la crisis de principios de los noventa. En efecto, podemos ejemplificarlas con Castro Leiva: “(i) ¿Cuál es el sentido de la estética y retórica militares (ii) ¿Existe pensamiento propio acerca de la Defensa y Seguridad de la Nación? (iii) ¿Cuáles son, deben ser, las relaciones entre la sociedad y el sistema de partidos de esta democracia y el cambio de actitud deliberante de las Fuerzas Armadas? (iv) ¿En qué consiste la obediencia militar desde el punto de vista de una ética de la responsabilidad individual en un régimen de libertades democráticas?” [5].
Seamos igualmente incansables para dar la discusión en cada momento, reivindicando a una Fuerza Armada Nacional como institución del Estado. De lo contrario, seguiremos naufragando en medio de las circunstancias o, por lo menos, hasta que ellas nos decapiten.
Una iniciativa concreta
No habrá una nueva constitucionalidad, sin los agentes de promoción que la integren en su agenda ordinaria. Sostenemos que, por ejemplo, los partidos democráticos deben crear instancias para el seguimiento y estudio de los problemas militares, orientadas a la definición de posiciones coherentes y profundas en la materia; a sabiendas del principio de corresponsabilidad entre la sociedad y el Estado en relación a la seguridad y defensa de la nación; convencidos de ser una agencia de socialización política presta a motivar a toda la militancia en un ejercicio de irrenunciable ciudadanía; o por la misma obligación de concebir, definir y – si les fuese posible – implementar sendas políticas públicas.
Existen expresiones de la sociedad civil capaces de cooperar para la conformación y cooperación de un liderazgo político que sepa y contribuya en tan importante materia. La política militar no es ajena a la civilidad, por lo que comprendemos que debe haber un interés mínimo en clarificar aspectos que deben contemplarse para las relaciones que se desprendan de los resultados electorales de noviembre próximo.
La nueva constitucionalidad, afirmada sobre el texto de 1999, impone una reflexión y una tarea concreta en las organizaciones partidistas que, seguramente, escapan de su diario desenvolvimiento. La política es algo más que intrigas y falacias, algo que – tememos – falta por aprender, a pesar de lo ocurrido en el último decenio.

[1] Ceresole, Norberto (1999) “Caudillo, ejército y pueblo. La Venezuela del comandante Chávez”, Estudios Hispano-árabes, Buenos Aires, pp. 30, 32 ss., 50, 65 s., 114, 123. Por una parte, no hay otra salida para el autor que un duro conflicto armado en nuestro país ( “Venezuela podría terminar en una guerra civil” , El Nacional/Caracas, 19/03/00), representando una curiosa personalidad afecta a Hugo Chávez, aunque discreparen Jorge Olavarría (ibidem, 14/04/99), Luis Miquilena y José Vicente Rangel (ibidem, 19/04/00); la presencia de Ceresole resultó – por lo menos – incómoda en Venezuela, solicitando César Pérez Vivas una investigación al respecto (ibidem, 25/02/99); valga mencionar artículos relacionados, como el de Gustavo Tarre ( “Entre Ceresole y Montesquieu”, ibidem, 14/07/99) o el de Aníbal Romero ( “El porvenir de las Fuerzas Armadas” y “Ceresole y los militares venezolanos”, ibidem, 01/09/99 y 19/04/00, respectivamente). Y, por otra, acotemos que autores calificados advierten que la política y el lenguaje de la fase de “Guerra a muerte” impulsada por Bolívar, segura reivindicación ceresoleana, cedió a otra caracterizada por los planteamientos ideológicos en la década de los veinte del siglo XIX; vid. Prato, Eduardo (1976) “La terminología empleada por los próceres de nuestra independencia al referirse al régimen español” , Boletín de la Academia Nacional de la Historia/Caracas, nr. 233.
[2] En una ocasión, observó Barbeito que “la necesaria identidad entre revolución y revolucionarios ha desaparecido en beneficio de una casuística que crea revolucionarios por decreto”, y, en otra, que “el hombre está antológicamente incapacitado para destruir a los otros sin destruirse (y) no puede degradar sin haberse degradado primero”. Respectivamente, vid. Barbeito, José (1964) “Realidad y masificación. Reflexiones sobre la revolución cubana” , Nuevo Orden, Caracas, p. 200; y (1965) “Introducción al pensamiento socialcristiano”, Irfes – Los Andes, Buenos Aires, 1976, p. 77. Escobar Armas reseña el caso guatemalteco y la preeminencia de los acuerdos de Esquipulas, comportando una modificación sustancial de lo que fue la institución armada. Sostenemos que la mayor fatalidad de la guerra en este lado del mundo, consiste en su obstinada prolongación y degeneración al no vencer definitivamente las partes en pugna, ilustrada por Díaz Arenas: “Lo dramático en la situación colombiana es que la fuerza (institucional y guerrillera) ya no resuelve nada. La guerrilla porque perdió la hora de la revolución (desbordada por el tiempo), el Ejército porque perdió el apoyo social (desbordado en el espacio)”, siendo que “la defensa del orden constitucional que se le encomienda a las fuerzas militares no tiene otro sentido que la de cumplir integralmente la Constitución, obedecer a las autoridades civiles y salvaguardar la soberanía nacional”. Cfr. Escobar Armas, Carlos (2000) “Constitución, control civil del ejército y paz en Guatemala” , en: “Anuario de Derecho Constitucional Latinoamericano. Edición 2000”, Konrad Adenauer – Centro Interdisciplinario de Estudios sobre Desarrollo Latinoamericano, Buenos Aires, pp. 370 ss. y 380 s.; y Díaz Arenas, Pedro Agustín (1993) “La Constitución Política Colombiana (1991). Proceso, estructuras y contexto”, Editorial Temis, Bogotá, pp. 226, 508 s., 510 y 514.
[3] Vid. Mújica, Héctor (1969) “Política militar”, Tribuna Popular/Caracas, 18/12; y Herrera Oropeza, José (1980) “Política militar”, El Diario de Caracas, 13/01. Cfr. Müller Rojas, Alberto (1992) “Los militares”, El Globo/Caracas, 21/12; Perdomo Marín, Oscar (2004) Entrevista a Alberto Müller Rojas, Ultimas Noticias/Caracas, 28/03; y Grüber Odremán, Hernán (1996) “Las Fuerzas Armadas” , Tribuna Popular/Caracas, febrero-marzo.
[4] Vid. República de Venezuela – Asamblea Nacional Constituyente (1999-2000) “Gaceta Constituyente (Diario de Debates)” , Imprenta del Congreso de la República, Caracas, octubre-noviembre y noviembre-enero. Cfr. Rivas Quintero, Alfonso ( 2002 ) “Derecho constitucional” , Clemente Editores, Valencia, 2005, pp. 376 y 385 s., y (2003) “El Estado. Estructura y valor de sus instituciones” . Pavia Gráfica. Valencia, p. 324 s.; Ruggeri Parra, Pablo (1944) “Derecho constitucional venezolano. Estudio histórico-jurídico” , Editorial Cecilio Acosta, Caracas, pp. 88-90; Sucre Heredia, Ricardo (2004) “La política militar en la Constitución de 1999, ¿cambio o continuidad?”, en: Salamanca, Luis – Viciano Pastor, Roberto (coordinadores) “El sistema político en la Constitución Bolivariana de Venezuela” , Vadell Hermanos – Centro de Estudios Políticos y Sociales – Instituto de Estudios Políticos de la Universidad Central de Venezuela. Valencia – Caracas, pp. 487-516; Coles, Harry h. [compilador] (1962) “Poder civil y poder militar” , Editorial Hobbs - Sudamericana, Buenos Aires, 1970; Reyes, A. – Núñez, A. (2005) “Al menos 60 oficiales de la FAN ocupan cargos públicos”, El Nacional/ Caracas, 09/01; Weffer Cifuentes, Laura (2008) Entrevista a Francisco Usón, ibidem, 16/03;Trejo, Marcos Avilio (2006) “El militarismo, autoritarismo y populismo en Venezuela”. en:
[5] Vid. Castro Leiva, Luis (1991-1992) “La obediencia militar como posibilidad moral” , El Ojo del Huracán, Caracas, nrs. 9-10 de noviembre-febrero. Cfr. Gómez, V. – Riera, E. – Molina, T. (2008) “Policía y Guardia Nacional tendrán competencias concurrentes”, El Nacional/ Caracas, 17/04; Rodríguez Iturbe, José (2001) “Pueden salvarse las Fuerzas Armadas”, en: www.paginadelcentro.vene8.htm (consulta: 12/08/02).

Fuente: http://www.analitica.com/va/politica/opinion/6601031.asp
Fotografía: LB

viernes, 12 de noviembre de 2010

CASTRENSECOPÍA


Nueva constitucionalidad y Fuerza Armada Nacional
Luis Barragán

Domingo, 20 de abril de 2008

Creemos que una futura transición post-autoritaria debe fundamentarse en los aspectos clara y expresamente democráticos de la Constitución de 1999, desarrollando – desde ya – una campaña de divulgación, reconocimiento y aceptación de sus previsiones. Una materia tan compleja y decisiva como la militar (y lo inherente a la seguridad y defensa nacional), no puede escapar de las consideraciones e iniciativas que se adopten, incluso, a propósito de los venideros comicios, tratándose de las mínimas e ineludibles relaciones que gobernadores y alcaldes desarrollarán con las diferentes guarniciones y demás comandos.

Ha insistido el Presidente de la República en partidizar a la Fuerza Armada Nacional y, por si fuere poco, convertirla en un elemento existencial para la creación y concreción del PSUV, a juzgar por el discurso pronunciado en el acto de juramentación de la directiva. Poco le importa la desaprobación popular de la consabida reforma constitucional, mediante la cual quiso formalizar sus excesos en el ámbito castrense, pues, de un modo u otro, implementa los mecanismos orientados – en definitiva – a la militarización de la sociedad venezolana, desmilitarizando a la entidad armada, incurriendo en una práctica semejante a la reforma curricular sin esperar siquiera por la consulta referendaria enunciada para 2009.

Está pendiente la asunción y discusión de una importante literatura especializada por los partidos y demás organizaciones de la llamada sociedad civil, comenzando por distinciones como la de Domingo Irwin sobre militarismo y pretorianismo. No obstante, en esta oportunidad, parece útil acentuar la confusión reinante, aún en los mismos cuadros oficialistas, en torno al preponderante papel del sector militar en una revolución indefinida que le permite explotar e integrar al “sentido común” nociones como la de una unidad cívico-militar que no, la comprensión de las relaciones entre militares y civiles.

La de (s) preciada paz

Frecuentemente, los partidarios del gobierno arguyen una vocación innata por la violencia de toda individualidad u organización que lo adverse, aunque sean otros los que ejerzan el monopolio de las armas. Ha prosperado el mensaje publicitario y propagandístico, a pesar del comprobado y constante ensayo de violencia simbólica y material, directa e indirectamente administrado por los dirigentes del Estado, arriesgando y depreciando la paz como una finalidad del proceso.

No versamos en torno a una experiencia de la civilidad, pues la estrategia ha conducido a versionar el espíritu castrense como garante de la preservación del poder, además de sus realizaciones en el campo social y económico. La revolución, desembocadura del pasado que le dice dar una plena identidad bolivariana, constituye una “suma ordenada de dos elementos: el amor activo del pueblo y la lealtad y los ejércitos”, realizado a través del conflicto, confiando en Hugo Chávez, encarnación del poder concentrado, unificado y centralizado que sólo acepta a amigos y a apóstoles, de acuerdo a las tesis ceresoleanas [1]. Indiscutiblemente, priva a la hora de una interpretación constitucional del denominado chavismo.

Revolución y guerra

Indudablemente, las últimas cinco décadas contrastan con nuestro largo historial republicano de guerras y demás escaramuzas civiles y militares. El actual y presunto proceso revolucionario comenzó en un ambiente de paz y de mínima convivencia social, e – invirtiendo sobrados ejemplos históricos - cifra su suerte a una guerra de carácter civil con la que ha amenazado desde siempre, o a otra de carácter internacional de subrayar su temperamental adscripción anti-imperialista.

Lo es cierto es que, invocando a Barbeito, el porvenir de la revolución es el de la dura imposición, faltando a todo orden constitucional y legal, descomponiéndose al agredir a aquellos que disientan de sus premisas o realizaciones en nombre de la misma revolución. Sugiere, por una parte, abanderar a la oposición de la paz necesaria y posible, evitando la posibilidad de una mera “democracia de seguridad nacional”, como la llama Díaz Arenas, y, por otra, aprendiendo de las lecciones la dramática guerra civil centroamericana [2].

(In) consecuentes

Una parte significativa de la actual dirigencia oficialista, reclamó o se identificó con los reclamos realizados en torno a la anterior conducta de las Fuerzas Armadas. Es cierto que éstas incurrieron en actos contrarios a los derechos humanos, asumiendo la responsabilidad directa o indirecta del caso, sobre todo en el consabido período de la subversión marxista, pero no menos cierto es que las víctimas reales e imaginarias demandaron un comportamiento estrictamente constitucional, encausada por el sentido institucional y profesional que las legitimara, como refirió en una oportunidad Müller Rojas; o deplorando la penetración partidista con un “serio deterioro de sus estructuras morales y físicas (SIC)”, subordinada a intereses personales, provocando una merma del espíritu militar que se trasladaba al espíritu de combate, de acuerdo a lo manifestado por Grüber Odremán.

Es evidente la inconsecuencia del discurso actual con el de ayer, vista la política militar y la situación de la institución armada. Empero, hay una nota de consecuencia, por ejemplo, con las intenciones abiertas al crearse la reserva nacional, pues Müller Rojas ya había asentado que, fracasado el ensayo del general Carlos Luis Ferrero Tamayo, ella contaría con 100 mil y hasta 500 mil efectivos, sin capacidad ofensiva (“no tenemos por qué tenerla”), pero sí de resistencia ante la probabilidad de un golpe de Estado [3].

De lo cívico – militar

Anteriormente, no fue posible desempeñar simultáneamente una función pública de carácter civil en condición de militar activo, de acuerdo con la Constitución de 1961. Obviamente, la consigna de una conjunción cívico-militar se hizo concreta en el proceso constituyente de 1999, a propósito de la simultaneidad de condiciones (civil-militar), más allá de la de funciones.

El constituyente Francisco Visconti, en la primera discusión del anteproyecto constitucional, consideró una discriminación contra los militares alno permitirles participar, intervenir o desempeñar cargos públicos, violando la igualdad de derechos, mientras que Hermann Escarrá decía aclarar –en relación al Presidente de la República - que no se trataba de cargos simultáneos, sino de una “función” militar que respondía a un esquema diferente de seguridad y defensa de la nación. Y, con motivo del acto constituyente de reintegración a la Fuerza Armada Nacional, de los afectados por las acciones cívico-militares que ejercieron el derecho de resistencia (4-F y 27-N), confirmará que la unción militar del Presidente de la República es la de Comandante en Jefe de la Fuerza Armada Nacional (sesión nr. 35 del 03/11/99; y nr. 58 del 25/01/00).

Visto, el debate inmediatamente tocó la figura presidencial y, ensayando una solución “salomónica”, Vladimir Villegas refirió al “carácter” o “condición” de Comandante en Jefe (pacíficamente aceptada por la Asamblea Nacional Constituyente), que sería expresamente la máxima autoridad civil y militar, convertida la propuesta de Visconti en una integración de numerales. Antonio Rodríguez enfatizó que, reuniendo el Presidente de la República ambas condiciones, quedaba despejada la ecuación por la cual el poder militar está subordinado al civil. Negada propuesta de Jorge Olavarría al declarar incompatible el ejercicio de la autoridad militar con la civil, salvo el Presidente, convertida en una hábil intervención para dejar constancia política de su postura, asunto inicial quedó diluido en la discusión en torno a la competencia militar del títular del Ejecutivo Nacional (sesión nr. 36 del 04/11/99; nr. 40 del 08/11/99; nr. 41 del 09/11/99).

Por consiguiente, omitida la norma que impide el desempeño de funciones civiles por militares activos, una mayor atención fue dispensada a la competencia castrense del Presidente de la República, aceptada la tradición constitucional venezolana, aunque – sin las serias consecuencias que pudo generar en la opinión pública – alterada con la aprobación de la Ley Orgánica de la Fuerza Armada Nacional, en 2005. Convertida la “condición” o el “carácter” de la suprema comandancia en grado militar, puede comprenderse con más exactitud los usos y abusos en los que ha incurrido el Presidente Chávez.

Comandante en Jefe

De acuerdo con el numeral 5 del artículo 236 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, el Presidente de la República en cuanto tal, ostenta el carácter de Comandante en Jefe de la Fuerza Armada Nacional, que no grado militar como lo prevé el artículo 40 de la Ley Orgánica de la Fuerza Armada Nacional y, por si fuese poco, también responsable directo de las operaciones, de la Reserva Nacional y Movilización o del Comando Estratégico Nacional (artículos 7, 15, 32 y 62 eiusdem). Evidentemente, un acto legislativo ordinario ha violentado la norma constitucional, en una materia pacíficamente aceptada por nuestra tradición jurídica, a la que se suma la directa intervención en los asuntos operacionales (recordemos la red “Tiburón” de abril de 2002), la cual no se veía desde los tiempos de Juan Vicente Gómez; y, por lo demás, exacerbado el privilegio de un grado que escapa a las reglamentaciones y otras condiciones que pudiera definirlo como tal.

Recordemos, el mando supremo de las fuerzas de mar y tierra, sin dirección personal que caracterizó nuestra superlegalidad, excepto la Constitución de 1857 que lo forzaba a un acuerdo con el Congreso o Consejo de Estado. Acotemos la particularidad de los textos vigentes desde el citado año hasta 1901, pues, al comandar el Ejército, el Presidente debía ser suplido en sus funciones civiles al no permitirse reunir en una misma persona ambas autoridades. Sólo esto era posible en el caso de desorden público o en el de una guerra como lo pautaron los textos de 1904, 1909, 1914, 1922, 1928: en 1929 – “cosa curiosa”, comentó Ruggeri Parra- se le otorgó a un funcionario llamado Comandante en Jefe del Ejército Nacional. La de 1999, nada dice de reunir en una misma persona las autoridades civil y militar, advirtiendo Sucre Heredia una mimetización de roles en el Presidente de la República. Empero, surge una importante noción: la jefatura de Estado.

Rivas Quintero dice que, de los 24 numerales del artículo 236 de la Constitución de 1999, las funciones como Comandante en Jefe de la Fuerza Armada Nacional y el ejercicio del mando supremo y la promoción de los ascensos oficialidad superior (numerales 5 y 6) corresponden al rol de Jefe de Estado, ya que “representa la unidad nacional y constituye un símbolo de la integración espiritual del país y de la estabilidad institucional y por lo consiguiente es el rostro del país nacional”. La jefatura de gobierno tiende a confundirse con la del Estad, pero – dice precisar - uno, es lo contingente, cambiante, adaptativo; y el otro, lo permanente, lo estable y lo asimilable.

El autor de marras comenta que los poderes del Presidente de la República son “considerablemente elevados” y “además de ser Jefe de Estado, y Jefe de Gobierno, es Comandante en Jefe de la Fuerza Armada Nacional, por consiguiente, es la suprema autoridad jerárquica de ella”, fija su contingente y autoriza los ascensos. Quizá por un error de redacción, pudiera entenderse que la Comandancia se equipara a la Jefatura del Estado o del Gobierno, siendo éstos definitorios nada más y nada menos que del régimen político. Por cierto, error reproducido por Trejo en un trabajo arbitrado, quien incurre en otros como el de asumir que la eliminacion del Senado (“por esta razón”) llevó a no contemplar la promoción de los ascensos como atribución del poder civil y - por ende - eliminó el mecanismo de control sobre el poder militar; y al afirmar que “ex militar el Presidente de la República con todos los poderes de Comandante en Jefe”, olvidando otros mecanismos no menos importantes de control (parlamentario, presupuestario, política militar) y definir cuál variedad de poderes de la institución Comandante en Jefe y si estos no se habían ejercido antes.

Señalemos, Claudio Fermín llamó la atención sobre la falta de discusión en torno al problema de los ascensos militares, negada por el cuerpo constituyente su propuesta. No hubo un sereno y convincente debate de cada uno de los delicados numerales del artículo 236 de la Constitución de 1999, aprobado el proyecto con la consabida prontitud, por lo que –final y hábilmente omitida- no se dijo nada de las funciones civiles ejercidas por militares activos, sobreviviendo el articulado actual sobre la Fuerza Armada Nacional, gracias a aportes como los de Blancanieve Portocarrero. Destaquemos la interesante propuesta de Antonio di Giampaolo, en el sentido de la Asamblea podrá vetar los ascensos a generales, sin intervenir o modificar la lista, como contrapeso o equilibrio de un poder frente al otro, omitida en la votación, para ser finalmente negada en la segunda discusión junto a la de Leopoldo Puchi sobre la “autorización” parlamentaria para ascensos a general (sesión nr. 36 del 04/11/99; nr. 40 del 08/11/99; nr. 41 del 09/11/99; nr.44 del 14/11/99).

En la Asamblea Nacional Constituyente se insistió en el manejo doloso de lentidad castrense, en un debate que involucró a pocos de sus integrantes, llevando a afirmar a Visconti que la “política militar betancuriana quería amarrar a las Fuerzas Armadas como una institución diferente al resto de las instituciones del Estado”, algo que hoy parece no sorprenderlo (sesión nr. 44 del 14/11/99).

Es necesario reivindicar que la institución Comandante en Jefe de la Fuerza Armada Nacional es una consecuencia del carácter o condición de Presidente de la República, y no un grado militar que implica la directa intervención en todos y cada uno de los asuntos de la vida y del desarrollo castrenses, ya que – la intromisión misma en los aspectos meramente operacionales – contribuye a aumentar los riesgos, equívocos o errores de apreciación o de decisión, como el comentado por Usón recientemente en virtud del conocido incidente con Colombia y el caso Reyes. Importa mencionar viejos trabajos, como los de Maurice Matloff sobre Roosevelt, Forrest G. Pogue y los problemas de comando de la coalición o Harold Zink sobre las relaciones cívico-militares, durante y después de la II guerra mundial, en torno a las conducciones civil y militar del conflicto [4].

Régimen incansable

Al fracasar el régimen en su tentativa de reforma constitucional, incansablemente ensaya medios, condiciones y situaciones para imponerla de la forma más directa que le sea posible. Basta con señalar la denuncia que ha hecho Rocío San Miguel en torno a la novísima Ley de Policía Nacional y su impacto sobre la Guardia Nacional, reconocido por el comandante del componente, Freddy Carrión, para constatar los abusos en los que incurre el propio Comandante en Jefe en la materia.

Rodríguez Iturbe, en una oportunidad, distinguió entre el “militariat” y el “lunpenmilitariat”, caracterizado éste por una degeneración que no representa a todo el estamento militar, que sustituye la confianza, por la desconfianza; amistad, por complicidad; rectitud, por doblez; jerarquía militar, por identificación con el proceso; formación profesional, por docilidad, siendo Chávez un hijo incompetente de la IV república, con deficiente formación castrense, caso típico de complejo de Edipo. Posiblemente sea el caso, habida cuenta de una revolución que, a pesar del canón marxista, no descansa en la clase obrera organizada.

Lo cierto es que están pendientes muchas interrogantes sobre la institución castrense, formuladas aún en medio de la crisis de principios de los noventa. En efecto, podemos ejemplificarlas con Castro Leiva: “(i) ¿Cuál es el sentido de la estética y retórica militares (ii) ¿Existe pensamiento propio acerca de la Defensa y Seguridad de la Nación? (iii) ¿Cuáles son, deben ser, las relaciones entre la sociedad y el sistema de partidos de esta democracia y el cambio de actitud deliberante de las Fuerzas Armadas? (iv) ¿En qué consiste la obediencia militar desde el punto de vista de una ética de la responsabilidad individual en un régimen de libertades democráticas?” [5].

Seamos igualmente incansables para dar la discusión en cada momento, reivindicando a una Fuerza Armada Nacional como institución del Estado. De lo contrario, seguiremos naufragando en medio de las circunstancias o, por lo menos, hasta que ellas nos decapiten.

Una iniciativa concreta

No habrá una nueva constitucionalidad, sin los agentes de promoción que la integren en su agenda ordinaria. Sostenemos que, por ejemplo, los partidos democráticos deben crear instancias para el seguimiento y estudio de los problemas militares, orientadas a la definición de posiciones coherentes y profundas en la materia; a sabiendas del principio de corresponsabilidad entre la sociedad y el Estado en relación a la seguridad y defensa de la nación; convencidos de ser una agencia de socialización política presta a motivar a toda la militancia en un ejercicio de irrenunciable ciudadanía; o por la misma obligación de concebir, definir y – si les fuese posible – implementar sendas políticas públicas.

Existen expresiones de la sociedad civil capaces de cooperar para la conformación y cooperación de un liderazgo político que sepa y contribuya en tan importante materia. La política militar no es ajena a la civilidad, por lo que comprendemos que debe haber un interés mínimo en clarificar aspectos que deben contemplarse para las relaciones que se desprendan de los resultados electorales de noviembre próximo.

La nueva constitucionalidad, afirmada sobre el texto de 1999, impone una reflexión y una tarea concreta en las organizaciones partidistas que, seguramente, escapan de su diario desenvolvimiento. La política es algo más que intrigas y falacias, algo que – tememos – falta por aprender, a pesar de lo ocurrido en el último decenio.

[1] Ceresole, Norberto (1999) “Caudillo, ejército y pueblo. La Venezuela del comandante Chávez”, Estudios Hispano-árabes, Buenos Aires, pp. 30, 32 ss., 50, 65 s., 114, 123. Por una parte, no hay otra salida para el autor que un duro conflicto armado en nuestro país ( “Venezuela podría terminar en una guerra civil” , El Nacional/Caracas, 19/03/00), representando una curiosa personalidad afecta a Hugo Chávez, aunque discreparen Jorge Olavarría (ibidem, 14/04/99), Luis Miquilena y José Vicente Rangel (ibidem, 19/04/00); la presencia de Ceresole resultó – por lo menos – incómoda en Venezuela, solicitando César Pérez Vivas una investigación al respecto (ibidem, 25/02/99); valga mencionar artículos relacionados, como el de Gustavo Tarre ( “Entre Ceresole y Montesquieu”, ibidem, 14/07/99) o el de Aníbal Romero ( “El porvenir de las Fuerzas Armadas” y “Ceresole y los militares venezolanos”, ibidem, 01/09/99 y 19/04/00, respectivamente). Y, por otra, acotemos que autores calificados advierten que la política y el lenguaje de la fase de “Guerra a muerte” impulsada por Bolívar, segura reivindicación ceresoleana, cedió a otra caracterizada por los planteamientos ideológicos en la década de los veinte del siglo XIX; vid. Prato, Eduardo (1976) “La terminología empleada por los próceres de nuestra independencia al referirse al régimen español” , Boletín de la Academia Nacional de la Historia/Caracas, nr. 233.

[2] En una ocasión, observó Barbeito que “la necesaria identidad entre revolución y revolucionarios ha desaparecido en beneficio de una casuística que crea revolucionarios por decreto”, y, en otra, que “el hombre está antológicamente incapacitado para destruir a los otros sin destruirse (y) no puede degradar sin haberse degradado primero”. Respectivamente, vid. Barbeito, José (1964) “Realidad y masificación. Reflexiones sobre la revolución cubana” , Nuevo Orden, Caracas, p. 200; y (1965) “Introducción al pensamiento socialcristiano”, Irfes – Los Andes, Buenos Aires, 1976, p. 77. Escobar Armas reseña el caso guatemalteco y la preeminencia de los acuerdos de Esquipulas, comportando una modificación sustancial de lo que fue la institución armada. Sostenemos que la mayor fatalidad de la guerra en este lado del mundo, consiste en su obstinada prolongación y degeneración al no vencer definitivamente las partes en pugna, ilustrada por Díaz Arenas: “Lo dramático en la situación colombiana es que la fuerza (institucional y guerrillera) ya no resuelve nada. La guerrilla porque perdió la hora de la revolución (desbordada por el tiempo), el Ejército porque perdió el apoyo social (desbordado en el espacio)”, siendo que “la defensa del orden constitucional que se le encomienda a las fuerzas militares no tiene otro sentido que la de cumplir integralmente la Constitución, obedecer a las autoridades civiles y salvaguardar la soberanía nacional”. Cfr. Escobar Armas, Carlos (2000) “Constitución, control civil del ejército y paz en Guatemala” , en: “Anuario de Derecho Constitucional Latinoamericano. Edición 2000”, Konrad Adenauer – Centro Interdisciplinario de Estudios sobre Desarrollo Latinoamericano, Buenos Aires, pp. 370 ss. y 380 s.; y Díaz Arenas, Pedro Agustín (1993) “La Constitución Política Colombiana (1991). Proceso, estructuras y contexto”, Editorial Temis, Bogotá, pp. 226, 508 s., 510 y 514.

[3] Vid. Mújica, Héctor (1969) “Política militar”, Tribuna Popular/Caracas, 18/12; y Herrera Oropeza, José (1980) “Política militar”, El Diario de Caracas, 13/01. Cfr. Müller Rojas, Alberto (1992) “Los militares”, El Globo/Caracas, 21/12; Perdomo Marín, Oscar (2004) Entrevista a Alberto Müller Rojas, Ultimas Noticias/Caracas, 28/03; y Grüber Odremán, Hernán (1996) “Las Fuerzas Armadas” , Tribuna Popular/Caracas, febrero-marzo.

[4] Vid. República de Venezuela – Asamblea Nacional Constituyente (1999-2000) “Gaceta Constituyente (Diario de Debates)” , Imprenta del Congreso de la República, Caracas, octubre-noviembre y noviembre-enero. Cfr. Rivas Quintero, Alfonso ( 2002 ) “Derecho constitucional” , Clemente Editores, Valencia, 2005, pp. 376 y 385 s., y (2003) “El Estado. Estructura y valor de sus instituciones” . Pavia Gráfica. Valencia, p. 324 s.; Ruggeri Parra, Pablo (1944) “Derecho constitucional venezolano. Estudio histórico-jurídico” , Editorial Cecilio Acosta, Caracas, pp. 88-90; Sucre Heredia, Ricardo (2004) “La política militar en la Constitución de 1999, ¿cambio o continuidad?”, en: Salamanca, Luis – Viciano Pastor, Roberto (coordinadores) “El sistema político en la Constitución Bolivariana de Venezuela” , Vadell Hermanos – Centro de Estudios Políticos y Sociales – Instituto de Estudios Políticos de la Universidad Central de Venezuela. Valencia – Caracas, pp. 487-516; Coles, Harry h. [compilador] (1962) “Poder civil y poder militar” , Editorial Hobbs - Sudamericana, Buenos Aires, 1970; Reyes, A. – Núñez, A. (2005) “Al menos 60 oficiales de la FAN ocupan cargos públicos”, El Nacional/ Caracas, 09/01; Weffer Cifuentes, Laura (2008) Entrevista a Francisco Usón, ibidem, 16/03;Trejo, Marcos Avilio (2006) “El militarismo, autoritarismo y populismo en Venezuela”. en: redalyc.uaemex.mx/pdf/555/55509816.pdf

[5] Vid. Castro Leiva, Luis (1991-1992) “La obediencia militar como posibilidad moral” , El Ojo del Huracán, Caracas, nrs. 9-10 de noviembre-febrero. Cfr. Gómez, V. – Riera, E. – Molina, T. (2008) “Policía y Guardia Nacional tendrán competencias concurrentes”, El Nacional/ Caracas, 17/04; Rodríguez Iturbe, José (2001) “Pueden salvarse las Fuerzas Armadas”, en: www.paginadelcentro.vene8.htm (consulta: 12/08/02).

Fuente:
http://www.analitica.com/va/politica/opinion/6601031.asp
Fotografía:
Día Milicia Nacional, según Omar Véliz (El Nacional, Caracas, 18/04/10)

domingo, 26 de junio de 2016

¿LO NECESITAMOS HOY?

General en jefe / Almirante
Luis Barragán


Luce más apropiada la plaza para tiempos de guerra que de paz, por lo que el siglo XX que sepamos, se enteró de un solo general en jefe: Eleazar López Contreras. Sin embargo, accedió al más alto grado militar en las horas postreras de su gobierno,  recibiendo quizá  el reconocimiento como el definitivo institucionalizador  de  las Fuerzas Armadas en Venezuela, empeño que tuvieron y desarrollaron, no sin accidentes, Cipriano Castro y Juan Vicente Gómez en el esfuerzo simultáneo de consolidar el Estado Nacional.

Luego de los hechos de octubre de 1945, la victoriosa oficialidad media reemplazó a todo el generalato y, por bastante tiempo,  tenientes-coroneles y coroneles ocuparon el alto mando militar hasta que Marcos Pérez Jiménez se convirtió en general de brigada al abrir protagónicamente su gobierno, ascendiendo a general de división en los capítulos finales. A partir de 1958, generales de brigada y contralmirantes asumieron el rol estelar, por cierto, siendo prolongada la estadía de Ramón Florencio Gómez como ministro de la Defensa, con el referido rango del Ejército.

Es en la década de los setenta que se multiplican los generales de división y vicealmirantes, manteniéndose la promoción en las postrimerías de los noventa a la vez que Chávez Frías ascendió a más de treinta oficiales, violentando la por entonces vigente  Constitución, sin la debida autorización parlamentaria, a mediados de 1999. Empero, en el decenio siguiente, bajo la nueva Constitución y una ley a su medida, amplió el generalato dándole un grado adicional y, al hacerse común la designación más o menos anual de un general en jefe o almirante, satisfizo el sueño de muchos que no entienden la exitosa culminación de su carrera con olvido del distintivo sol en los hombros.

Además, en la última década y media, inventándose como grado militar lo que constitucional y hasta bolivarianamente derivó de la condición o carácter presidencial, como únicamente lo dispuso Gómez, el Comandante en Jefe puede directamente intervenir en el área operacional en sus distintos niveles, cuya comandancia cobra una superior importancia frente al área administrativa que encabeza el ministro del ramo. Y es con el actual titular del despacho que ambas áreas coinciden y, excedido en el tiempo de servicio, no sabemos todavía si Maduro Moros lo ratificará o su sucesor  ocupará ambas, ostentando los cuatro soles.

Así como el Presidente de la República también  es jefe de la hacienda pública nacional, de la política exterior e – inédito -  del partido de gobierno, también lo es de la corporación castrense, pero ello no impide que tales facetas no sepan del control parlamentario, por lo menos, como política pública. Cierto, exclusivamente le competen los ascensos militares, pero no menos lo es, por una parte, que ha de informar sobre el curso de las evaluaciones y permitir el debate público, pues, importa que las designaciones sean por entera motivación profesional   que redunde meritoriamente en la institucionalidad de la corporación, apegándose fielmente a la Carta de 1999; y, por otra, creemos prudente y necesario que no nombre o elija a un general en jefe o almirante, a objeto de restarle la significación que ha cobrado como un reconocimiento y un compromiso estrictamente de orden partidista, permitiendo ajustar a la Fuerza Armada a unas circunstancias tan difíciles como las actuales, requeridas de una respuesta democrática, justa, sensata y concluyentemente republicana.

26/06/2016
http://asmenlinea.blogspot.com/2016/06/opiniones_27.html 

domingo, 30 de septiembre de 2018

CRESPADURA DE MAR CERRADO

Del comandante en jefe
Luis Barragán


De conformidad con el numeral 5 del artículo 236 de la Constitución, el Presidente de la República – en cuanto tal – ostenta el carácter de Comandante en Jefe de la Fuerza Armada Nacional. Excedida, la Ley Orgánica de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana, cuyo origen habilitante moralmente la desautoriza,  concibe tal carácter no sólo como un grado militar, sino que, faltando poco, faculta al titular para dirigir directa y personalmente las operaciones militares.

Sobre la materia, es necesario advertir que tenemos una sostenida tradición constitucional, incluyendo las propuestas bolivarianas, pues, el mando  supremo de las fuerzas de mar y tierra, sin dirección personal, recayó en el Presidente de la República, con algunas particularidades, como el texto de 1857 que forzaba a un acuerdo con el Congreso o el Consejo de Estado; el de 1901, ya que la comandancia del Ejército obligaba a suplirlo en sus funciones civiles, prohibido reunir en una misma persona ambas autoridades; sobre todo en las constituciones gomecistas,  “cosa curiosa” (Pablo Ruggeri Parra), sólo era posible reunir esas autoridades en un funcionario llamado Comandante en Jefe del Ejército Nacional, aunque el dictador se reservó tal función, designado por un Congreso que también proveía a un Presidente de la República. La Carta de 1999, nada dice respecto a las autoridades civil y militar reunidas en una misma persona, por lo demás, confundida la jefatura de gobierno con la del Estado, así ésta represente la “unidad nacional” y constituya un “símbolo de la integración espiritual del país y de la estabilidad institucional”  (Alfonso Rivas Quintero).

La constituyente de 1999, reafirmó ese carácter o condición del Comandante en Jefe, aunque negó la moción de Jorge Olavarría de declarar incompatible el ejercicio simultáneo de la autoridad civil y la militar. No abundó en la materia, como debía, aunque surgió una curiosa argumentación, la de Antonio Rodríguez: el poder militar está subordinado al civil, porque Chávez Frías reunía ambas condiciones.

Es demasiado obvio que la el carácter o condición de Comandante en Jefe es propia e intransferible al legítimo ejercicio de la Presidencia de la República, por lo que si éste no lo hay tampoco tenemos Comandante en Jefe. Es la tesis que planteó desde el principio y los principios, responsablemente, la Fracción Parlamentaria del 16 de Julio.

Por ello, insistimos en que la Asamblea Nacional debe llenar la vacante constitucional de rigor. La institución castrense también ha sido víctima de todos los disparates del régimen, imponiéndose la necesidad de corregirlos para que retome el cauce de la institucionalidad, el profesionalismo y la especialización.

Fotografía: Tomada de la red, despedida reciente del buque-hospital chino, con la retórica acostumbrada.
Referencias: https://lbarragan.blogspot.com/2010/11/castrenserogos.html; y  https://lbarragan.blogspot.com/2012/07/reposicion-fan.html
01/10/2018:
http://www.opinionynoticias.com/opinionpolitica/33576-barragan-l 

lunes, 31 de diciembre de 2012

(DES) EUSTOQUIZACIÓN CRÓNICA DE LA POLÍTICA

EL NACIONAL, Caracas, 30 de Diciembre de 2001 / Siete Días
El ex Presidente Ramón J. Velásquez reflexiona sobre el pasado y el presente de Venezuela
“Nada se perderá de la historia reciente, lo viejo son las autocracias personalistas”
En ésta, la última entrega del año de Siete Días, un intelectual venezolano, cuya dimensión anticipa un análisis agudo y revelador de la historia contemporánea del país, proyecta una visión retrospectiva que permite esbozar desafíos y riesgos actuales que, por curioso que parezca, tienen antecedentes casi episódicos, anecdotarios y, particularmente, históricos. No hay respuestas, pero si advertencias, para quienes tienen que asumir una responsabilidad del tamaño del Estado
SIMÓN ALBERTO CONSALVI
KARENINA VELANDIA

A ratos el pasado se refleja en el presente y, como una cruel paradoja, descubrimos que estamos una vez más ante una serie de crisis y dramas nacionales ya conocidos por la historia. Y así, como en la dinámica de una correa sin fin, iniciamos el siglo XXI inmersos en la incertidumbre y el hallazgo de interrogantes sin respuestas. ¿No era esa realidad histórica la que caracterizaba a Venezuela a comienzos del siglo XX? Cualquier similitud no es más que una ironía, que en sí misma encierra no pocas respuestas. Se podrá advertir que hace un siglo las instituciones y el modelo que siguió el país se construyeron a partir de una férrea y sangrienta dictadura militar, y que lo que surgió de allí, aderezado por el petróleo, tiene como epílogo el presente, de igual modo cargado de incógnitas y cismas generacionales. En esta oportunidad no habrá bloqueo de potencias extranjeras para cobrarse una deuda externa impagable, como ocurrió en 1902 –episodio del cual se conmemora un aniversario centenario–, mientras los afanes expansionistas de Alemania e Inglaterra se estrellaban no contra las armas de la defensa de la Nación, sino en las oficinas del Departamento de Estado y en “el protocolo de Washington”, como el más reciente tic de la doctrina Monroe. Tendremos, en cambio, un escenario internacional impregnado por el estallido de otro país suramericano atrapado en su propio devenir histórico: Argentina. Y con esto, el fin de un modelo, con consecuencias impredecibles para todo el continente.
Lo que a continuación sigue es la fiel transcripción de una entrevista realizada al historiador y ex presidente Ramón J. Velásquez. No hay aquí una fórmula mágica para resolver los problemas del país. En cambio, se reseñan los hechos históricos que moldearon a Venezuela y la sombra que proyecta una combinación de asuntos pendientes, como el peso de la deuda externa, el fracaso del país en la empresa de liberarse del dominio del petróleo y las acuciantes dudas y temores que plantea la dependencia con respecto al precio del crudo, también en esta época. Cuestiones que habrán de resolver “los nuevos hombres de Estado” y una sociedad que hizo un sueño realidad: “En cada aldea, una escuela; en cada pueblo, un liceo; y en las capitales de los estados, institutos pedagógicos, tecnológicos y, finalmente, la presencia de las universidades”. Así como el petróleo irrumpió en los años 20, y el campesino entonces “abandonó su pala y ese día fue el final de la agricultura en el país”, esta entrevista se presenta en dos ejes, cuyo pivote no es otro que la aparición del negocio petrolero.
La alianza de los caudillos
–El año 2002 nos reserva algunos centenarios que conviene analizar desde ahora: la Revolución Libertadora del general Manuel Antonio Matos, y paralelamente, el bloqueo de Venezuela por potencias europeas, con la posterior intervención de Estados Unidos como árbitro. ¿Qué ocurrió en los últimos años del siglo XIX para que esos sucesos tuvieran lugar? –Habría que comenzar en 1899, fecha que marca una crisis histórica cuando se derrumba la única organización política que había surgido de la Revolución Federal: el liberalismo. El episodio de 1864, que se consolida con Guzmán Blanco, puede señalarse como el comienzo de la era republicana, pues la etapa de los grandes caudillos presidentes (Páez, Soublette, los Monagas) se caracteriza por la presencia de costumbres administrativas y normas de conducta política que venían de la Colonia. El liberalismo juega un cambio fundamental: liquida el desnivel existente entre la provincia de Caracas y el resto del país. Al surgir el régimen federal, y al proclamarse la alianza de las provincias bajo el nombre de estados soberanos, se creó un sistema dentro del que, en teoría, y por primera vez, las provincias podían plantear sus aspiraciones de igual a igual con Caracas. El país constituye entonces los Estados Unidos de Venezuela.
“Esa etapa se prolonga hasta 1899. Después de los años anárquicos de gobierno de Falcón, surge con la Revolución de Abril de 1870 el organizador del nuevo Estado federal: Antonio Guzmán Blanco. Hace todas las promesas del liberalismo y se enfrenta con la Iglesia: en el seno de la Universidad, con el estudio de las ciencias experimentales; y en las relaciones de la comunidad, al absorber el papel de educador y al crear los registros civiles, que le arrebataban a la Iglesia el control de los nacimientos, las defunciones y los matrimonios”.
–¿Cómo logra Guzmán Blanco un período de paz, en un país de tantas guerras civiles, si privilegiaba al mismo tiempo a los caudillos regionales? –Ese régimen tenía un factor militar que lo hacía distinto de los anteriores y de lo que iba a venir después: cada estado soberano tenía su propio ejército. No había ejército nacional. Y en cada estado, el jefe militar era el presidente, y para que el presidente de la República interviniera en los conflictos regionales, debía tener su visto bueno. Allí radicaba el poder inmenso de los caudillos regionales. Por eso los presidentes necesitaban ser sus aliados: garantizaban la paz. Esa alianza permite, en el siglo XIX, los 20 años de paz de Guzmán Blanco. Es así como empieza entonces el desarrollo del país. Esa era la situación para 1899. El primer banco alemán, el Disconto Gesellschaft, había financiado la construcción de la primera red de ferrocarriles en el país, al tiempo que hacía lo mismo con la deuda venezolana. Era el gran acreedor.
–Es el tiempo de la llegada de los andinos. En medio de tantos caudillos, ¿cómo logra Cipriano Castro conquistar al poder? –Guzmán Blanco abandona el país, Crespo lo sustituye, combate al Mocho Hernández. Pero matan a Crespo y el Liberalismo se queda sin jefe. Es el momento en que un exiliado, que se encuentra en Colombia y que también pertenece al Partido Liberal, dice: “Muerto Crespo, llegó la hora de transformarnos de exiliados en invasores, porque si permanecemos aquí, terminaríamos como cebadores de ganado”. Era Cipriano Castro. Entonces, con un ejército de jóvenes civiles, se lanza con la intención de avanzar hacia Caracas. Así llega al centro; el ejército del gobierno está anarquizado, Castro lo derrota y se instala en Valencia. Empieza un ir y venir entre el gobierno de Caracas, el comandante del ejército que está en San Mateo, y Castro. El Gobierno, encabezado por el presidente Ignacio Andrade, tiene el control del país, pero se niega a combatir. Envía una misión a Castro y éste le expresa que quiere su renuncia. Una noche, el comandante en jefe del ejército gubernamental, sorpresivamente, proclama a Castro como jefe de la revolución, jefe supremo del país, y jefe del partido liberal amarillo. Andrade huye a Saint Thomas. –A Castro lo acompañaba la buena fortuna, o la fatiga de la guerra, tal vez... O ambas cosas...
–Castro entra a Caracas, no con el ejército andino, sino en hombros de quienes habían salido a combatirlo, las tropas de Luciano Mendoza. El liberalismo amarillo lo ve como una salvación. Desde noviembre de 1899 hasta 1900, hay fiestas por ese motivo. Castro pronuncia como programa una especie de mancheta, que sigue teniendo vigencia y es el mejor del mundo: “Nuevos hombres, nuevos ideales, nuevos procedimientos”. Pero los liberales ven algo raro. El convenio entre los presidentes anteriores y los caudillos consistía en que los primeros no intervenían en las elecciones regionales, pues los jefes de cada estado tenían que ser del lugar y nombrados por votación popular. Castro, sin embargo, realiza nombramientos sin considerar esa condición.
El primer banquero revolucionario
–¿Cómo se maneja Castro, ya jefe supremo? ¿Qué recursos utiliza, y cuáles fueron sus relaciones con el resto de los factores de poder? –Castro carece de recursos. Le pide a la banca 500.000 pesos. Se los dan. Solicita otro préstamo, y se lo conceden. Pero el tercero se lo niegan. Apresa entonces a las juntas directivas de los bancos Venezuela y Caracas y los lleva a La Rotunda. Aun así, no le dan el dinero, por lo que los hace desfilar hasta la estación del ferrocarril, para remitirlos a Puerto Cabello. Finalmente, los banqueros otorgan el préstamo. Castro, no obstante, culpa a Matos, el primer banquero de Venezuela y quien lo ha ayudado a llegar al poder de ser el responsable de la negativa. Lo encarcela. –Evidentemente, es la primera gran crisis de Castro y, sin duda, del país... 1902.
–Frente a esta situación, se juntan entonces todos los liberales y deciden liquidar a Castro. Escogen a Matos como el jefe de la insurrección. Así que la primera revolución del siglo es de un banquero, quien logra que las cuatro grandes compañías extranjeras instaladas en el país bajo el Liberalismo Amarillo, la New York & Bermúdez Co., la Orinoco, el Cable Francés y el Disconto alemán, lo financien. Matos organiza el ejército revolucionario más grande que ha tenido Venezuela: en un país de dos millones de habitantes, cifra que incluía palúdicos y tísicos, levanta 8.000 hombres en oriente y 8.000 en occidente. El general Luciano Mendoza, el mismo que había traicionado a Andrade, es quien inicia la batalla más larga de la historia de la República: tres semanas, del 12 de octubre al 4 de noviembre. Castro, agotado, había preparado un segundo ejército andino, que entra y lo refuerza, derrotando la revolución. Matos se refugia en Curazao, y proclama el fin de la guerra. Pero no era así, aún quedaban los ejércitos de oriente y occidente.
–Es el momento del bloqueo, como apoyo abierto a Matos, quizás...
–Castro recibe entonces una nota de París, en la que se le advertía que si la revolución no triunfaba, vendría un bloqueo por parte de Inglaterra, Alemania e Italia. El pago de una deuda contraída por Guzmán Blanco y por Crespo era la razón. Inglaterra y Alemania concentraron entonces parte de sus escuadras en el Caribe. El 9 de diciembre, sus representantes acuden ante el canciller y le entregan un ultimátum, pero ese mismo día los acorazados aparecen bloqueando los puertos venezolanos. En el momento en que las tropas van a descender, reciben un mensaje de Teodoro Roosevelt: “Si ponen un pie en territorio venezolano, movilizaré la escuadra de Puerto Rico”. Resucitaba entonces la fórmula Monroe: “América para los americanos”.
–Fue la segunda intervención de Estados Unidos en un conflicto venezolano. ¿Tenía acaso temores directos en cuanto a los planes alemanes? ¿O de los propios ingleses? –Alemania, más que el cobro de los 26 millones que le debía Venezuela, lo que aspiraba era a tener una isla en el Caribe, porque se adelantaba la construcción del canal de Panamá, y era la única potencia sin dominio en el Caribe, así que escogió como base ideal Margarita. Los ingleses lo que querían era completar su sueño: si ya tenían el Esequibo, esperaban ponerle la mano al delta del Orinoco. Pero Roosevelt les dijo que los problemas venezolanos se arreglarían en Washington. En los cálculos ingleses no estaba apoyar a Alemania, por lo que estos últimos se quedaron solos negociando la deuda en los “Protocolos de Washington”, también conocidos como “los infames”.
La aparición del Estado nacional –Entonces, ¿podría pensarse que el desenlace de la Libertadora y del bloqueo terminó por consolidar a Castro? –El triunfo de Cipriano Castro y la destrucción del poder del liberalismo amarillo crea una nueva realidad política: la aparición del Estado nacional. Se acaba el feudalismo militar de los caudillos federales. La Constituyente de 1901, y, luego, la reforma de 1904, liquidan las milicias federales y crean el ejército nacional, otorgándole al Presidente su comandancia. Queda como única realidad política la alianza de caudillos, que Castro llama Liberalismo Restaurador. –Con Castro se acaban los colores: el amarillo es el último que se pierde, después del rojo de los conservadores y del azul de los Monagas... ¿Cómo se opera, entonces, la consolidación del sistema naciente? –Deja de ser amarillo, pero sí liberal, porque en este calificativo se encontraban los grandes cambios. Castro mantiene ese nombre hasta el final, porque liberal era liberación. El segundo paso es la creación de una escuela militar, para formar una oficialidad que comande el nuevo ejército. Ese es el origen de la actual FAN. Da un gran salto hacia la concentración del poder, liquidando la distribución liberal amarilla, y obliga a las asambleas legislativas de los 20 estados a que le den la atribución de elegir a los presidentes de estado. Empieza a debilitar a los otros poderes. El centralismo empezó con Guzmán, pero con Castro y Gómez se profundiza para crear el Estado nacional.
–Castro, evidentemente, se siente todopoderoso, capaz de retar al mundo... –Viene una etapa de conflictos internacionales, con rompimiento de relaciones. También un distanciamiento del presidente Castro con el vicepresidente Gómez, quien se refugia en el ejército. Una situación personal crítica obliga a Castro a irse para Europa, en 1908. Gómez da un golpe de Estado, pero para no compartir el poder con quienes lo ayudaron a derrocar a Castro, logra que lo demanden como autor intelectual del fusilamiento de Antonio Paredes ante la CSJ, que declara a Castro incapacitado para ejercer la Presidencia.
–Al golpe lo precede la ruptura con Estados Unidos...
–Sí, es así como Gómez queda instalado en el poder como sucesor legal. Pero frente a la política de enfrentamiento con las naciones, mantenida por Castro, Gómez decide llevar buenas relaciones con todo el mundo por 27 años. Además, logra la liquidación, a través de sucesivas reformas constitucionales, de todas las formas del federalismo. Era un ignorante, pero buscó siempre a los mejores. Esa fue una generación que se había formado dentro del positivismo, lucha contra lo teológico, y por la modernización. Constituye así el equipo ideológico más importante que ha tenido un Presidente. Y ellos tienen una oportunidad única en su vida, que es la de hacer las leyes, códigos, y las reformas educativa, fiscal y financiera. Gómez respetaba a ese grupo y les manifestaba su consideración con regalos en diciembre. Así se organiza el Estado nuevo, con la participación de juristas expertos que se encargaron de crear códigos que todavía están vigentes.
Se cumplió la consigna
Lo nuevo en Venezuela es el ejercicio de la democracia; lo viejo, lo tradicional, es el ejercicio autocrático, dictatorial, mantenido a lo largo del siglo XIX y durante la primera mitad del siglo XX por dictadores que alegaban razones regionalistas o, simplemente, exhibían el poder de la violencia. Hasta 1936, la sociedad venezolana, el pueblo, era un personaje casi ausente, silencioso, que iba detrás del caballo del caudillo. La organización de Venezuela en partidos políticos, la existencia de pugnas ideológicas, el ejercicio de las libertades políticas, significaron también cambios fundamentales en la orientación de las políticas del Estado, especialmente en educación, en salud y en el desarrollo económico del país. Eso es lo nuevo.
“No puede olvidarse que se cumplió la consigna: en cada aldea, una escuela; en cada pueblo, un liceo; y en las capitales de los estados, institutos pedagógicos, tecnológicos y, finalmente, la presencia de las universidades regionales. Hechos éstos que han determinado un indiscutible avance en la formación educativa y profesional de las nuevas generaciones, muchas de las cuales también tuvieron acceso a las mejores universidades del mundo, como propósito del Estado democrático. “Fallas, pecados, engaños, pudo haberlos y los hubo, pero no puede culparse de tales hechos negativos al sistema democrático. El peculado, el tráfico de influencia, el nepotismo y todas las otras formas que desfiguran la acción oficial, vienen de atrás, del tiempo de las autocracias militares, que siempre confundieron patrimonio público y patrimonio privado. En fin, lo moderno en Venezuela es la conciencia democrática que existe en la mayoría de los venezolanos de hoy.


Fotografía: Detalle de la primera plana de El Nuevo Diario, Caracas, 30/08/1917.