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domingo, 1 de febrero de 2015

ARMARIO

De la punta de una ametralladora
Luis Barragán


Rasgaban sus vestiduras por el solo planteamiento de un ligero aumento de la gasolina, promoviendo las protestas que, luego, derivaban en otras hasta diluirse en la futilidad. Clamaban justificadamente contra la represión, enarbolando banderas en la prensa, en el parlamento u otras instancias que lucharon por sobrevivir. Empero, ahora los acobija un descarado cinismo.

La inconstitucional resolución 8610 del ministerio de la Defensa, tiende a formalizar una realidad: la militarización de una temida sociedad civil que ha anegado las calles, cumplimentando las largas e inéditas colas para alcanzar algún insumo básico, alimento o medicamento.  La dirán acostumbrada a las armas de guerra que boquean por las grandes avenidas dizque para combatir al hampa común en su cómodo ascenso, en nada ruborizada por la exhibición,  pero también rigurosamente interpelada por el destino de los centenares de miles de millones de dólares que se tragó el gobierno, suponiéndola asfixiada por la censura y el bloqueo informativo.

De consecuencias insospechadas en el marco de una economía alfilerada, incrementar el precio de la gasolina significa hacerlo con la represión, franca y abierta que desespera por una dosis de la juridicidad que no encuentra, habida cuenta de la cívica insurgencia estudiantil del año pasado que las encuestas de sus tormentos no previeron. Casi inadvertidamente, los muros de la ciudad exponen las ya remotas y ajenas  desapariciones y muertes de los tiempos insurreccionales,  procurando forzar el imaginario social para victimizarse, aún siendo hoy los victimarios.

Ciertamente, hubo casos deplorables como el de Alberto Lovera, aunque fue posible denunciarlo y ventilarlo por la existencia de una irreprimible, combativa e instituida opinión pública y un parlamento útil y eficaz, en nada parecido al de ahora.  Podemos apreciar en los viejos Diarios de Debates, los cuales la Asamblea Nacional no publica desde hace más de una década, las numerosas denuncias y prolongadas intervenciones, fielmente transcritas, condenatorias del empleo de las armas de fuego para frenar o neutralizar las manifestaciones públicas, arrojando sentencias que, a modo de ilustración, a propósito de un particular caso, todavía interrogan a voceros como José Vicente Rangel: “No hay cosa peor que pretender detener la historia con la punta de una ametralladora; que pretender paralizar todo el proceso histórico de un país con medidas policiales y represivas. La experiencia en ésto (SIC) es muy larga y elocuente” (Nr. 31 del 27/05/1964: 865).

Disculpándonos por la inelegancia, lo advertimos en la primera discusión de la Ley para Sancionar los Crímenes, Desapariciones, Torturas y Violaciones de los Derechos Humanos por Razones Políticas en el período 1958-1998 (https://www.youtube.com/watch?v=7lZJep-zz-Q), pues, junto a la moneda verdadera de los antiguos excesos policiales, correría la moneda falsa de un instrumento de persecución y estigmatización de opositores, disidentes, inconformes. Suerte de conjunción astral,  la resolución y la ley dirán sortear el gasolinazo disparando literalmente al que ose protestar, pretendiendo – desde ya  - psicológicamente sojuzgarlo, aunque el otrora diputado tuvo alguna vez razón: los procesos históricos no dependen de la punta de una ametralladora.

Coletilla: Alvin Tofler escribió años atrás un libro sobre las guerras del futuro, ideando recursos para administrar las protestas públicas. Por lo que vemos, pasamos del perdigonazo y la lacrimógena a la eventualidad de un “basukazo”.Eso sí, país petrolero, al fin y al cabo, de exquisito diseño, cuales obras de Peter Gronquist.

Reproducción: Even/Tony. Élite, Caracas, nr. 2057 de 27/02/1965.
Ilustración: Régulo. Últimas Noticias, Caracas, 14/02/1988.
Fotografía: LB, Caracas, 29/01/2015.
Piezas: Peter Gronquist.


Fuente:
http://www.opinionynoticias.com/opinionnacional/21632-de-la-punta-de-una-ametralladora
http://www.elsoldemargarita.com.ve/posts/post/id:145311/De-la-punta-de-una-ametralladora

ESTÉTICA DE LA REPRESIÓN

Padrino López dice que el texto de la Resolución 008610 es hermosísimo y respetuoso
Sábado, 31 enero de 2015
       
Vladimir Padrino López no titubeó, como sí lo hicieron la fiscal general Luisa Ortega Díaz y el defensor del Pueblo, Tarek William Saab, sobre el decreto 008610, que avala el uso de armas “potencialmente mortales” en manifestaciones.
Al contrario, y por todo el cañón, señaló que los críticos de la medida, la mayoría grupos defensores de derechos humanos y opositores, están “descontextualizando” la esencia de las normas que regulan la actuación de la Fuerza Armada en el control de orden público.
Agregó que la resolución fue consultada con la Defensoría del Pueblo y la Fiscalía General, pues tiene que ver con “la actuación de la Fuerza Armada en materia de orden interno y específicamente en orden público”.
“Dados los hechos de violencia que se registraron a principios del año pasado y viendo al pasado, me dije que hay que revisar de una vez por todas y escribir sobre el papel de la Fuerza Armada”, dijo en una presentación pública.
Agregó que algunos se han dedicado “a descontextualizar ese documento hermosísimo, de profundo respeto a los derechos humanos, a la vida y a los manifestantes incluso”.
“Esto es parte de una ofensiva que ha tratado de poner en zozobra al pueblo de Venezuela. Rechazamos eso, Venezuela tiene una Constitución de lujo, que dibuja un país decente y que obliga a sus hombres y mujeres a ser decentes”, aseveró.
“Hay que leer bien el contenido de la resolución. Creo que la están descontextualizando, están extrayendo con pinzas expresiones. Todo lo que está ahí está ajustado a derecho”, añadió.
Padrino dijo que con las normas se está haciendo una “doctrina” en relación a las Fuerzas Armadas y las protestas y recalcó que las manifestaciones del año pasado contra el gobierno no fueron pacíficas.
“Entendemos y sabemos por la Constitución qué es una protesta pacífica y sin armas. Pero no fue precisamente lo que ocurrió en febrero del año pasado. Pacífica y sin armas no fue lo que ocurrió, por eso es que tenemos que regular todo esto, tanto la actuación de la Fuerza Armada, específicamente de la Guardia Nacional (policía militarizada), que tiene la misión de cooperar en el mantenimiento del orden interno”, aseveró.
Entre febrero y mayo del año pasado estallaron protestas contra el gobierno del presidente Nicolás Maduro, que dejaron 43 muertos, más de 800 heridos y cientos de detenidos.
Padrino dijo que también la resolución se hizo pensando en la actuación de los militares en los desórdenes y saqueos de febrero de 1989, los sucesos conocidos como el “Caracazo”, cuando se decretó un Estado de sitio que dejó cientos de muertos.
“Es una deuda que tiene el Estado venezolano desde el 27 y 28 de febrero de 1989, cuando la Fuerza Armada salió a masacrar a un pueblo por la irresponsabilidad de la dirigencia política. Aquí estamos colocando todo en orden, haciendo una doctrina apegada a los derechos humanos y a la Constitución”, aseveró.
Padrino dijo que algunos medios de prensa se han encargado de “descontextualizar” la resolución, publicada esta semana en la Gaceta Oficial, él órgano de decisiones gubernamentales.
“Al descontextualizar, ponen en relieve lo que está por completo fuera del espíritu de toda la estructura del documento”, aseveró. “Esta es parte de una ofensiva que trata de crear zozobra en el pueblo de Venezuela”, afirmó.
Padrino admitió que el país está enfrentando problemas, por el desabastecimiento de los mercados, la alta inflación y la caída de los precios petroleros, pero llamó al país a “crecerse en las dificultades”.
El gobierno bolivariano había sostenido la tesis de que el control de orden público corresponde a la Policía y que las fuerzas militares sólo intervendrán en manifestaciones cuando aquella sea superada.
DPA/Con información de Marcos David Valverde

Fuente:
http://www.elperiodiquito.com/article/186377/-Padrino-Lopez-dice-que-el-texto-de-la-Resolucion-008610-es-hermosisimo-y-respetuoso

PELIGRO !!!

“Crean condiciones para la violación sistemática de derechos humanos”
“¿Están en un estado de excepción o de emergencia, que les imponga utilizar al Ejército y a las Milicias Bolivarianas para mantener la ley?”, preguntó la experta Essadia Belmir 
Edgar López

La resolución del ministro de la Defensa, Vladimir Padrino López, que autoriza el uso de armas potencialmente mortales como recurso extremo para el control de manifestaciones y reuniones públicas constituye “una orden expresa mediante la cual se crean las condiciones para la violación sistemática de derechos humanos en Venezuela”, advirtió el coordinador general de Provea, Rafael Uzcátegui.
El activista considera que la nueva normativa es la más grave iniciativa gubernamental en el desarrollo de la criminalización de la protesta, la militarización de todos los ámbitos de la sociedad y la instauración de un Estado policial.
No duda en afirmar que la profundización de la crisis económica, la proximidad del primer aniversario de los sucesos del 12 de febrero de 2014, así como “el fantasma de El Caracazo”, fundamentan la intención represora del gobierno. “Todo ello al margen de la Constitución, pues la carta magna prohíbe el uso de armas de fuego y sustancias tóxicas en el control de manifestaciones pacíficas, y solo admite la intervención de la Guardia Nacional cuando las autoridades civiles y las policías hayan sido rebasadas por la violencia”, dijo y destacó que la intención es incorporar a todos los componentes de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana. “A través de normas ambiguas e imprecisas, que dan cabida a interpretaciones peligrosas, Padrino López ha decretado un estado de excepción”, añadió Uzcátegui.
Del Caracazo al 23 de enero. El coordinador de Provea dijo que los costos de la intervención de militares en el control de manifestaciones y reuniones públicas se contabilizaron en personas muertas durante los sucesos del 27 de febrero de 1989. Desde su punto de vista, el gobierno hace caso omiso de lo establecido por la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en el caso del Caracazo: “El Estado debe garantizar que, de ser necesario emplear medios físicos para enfrentar las situaciones de perturbación del orden público, los miembros de sus cuerpos armados y de sus organismos de seguridad utilizarán únicamente los que sean indispensables para controlar esas situaciones de manera racional y proporcionada, y con respeto a los derechos a la vida y a la integridad personal”.
En el artículo 14 se establecen procedimientos y actuaciones previas al despliegue de militares que intervendrán en las manifestaciones y reuniones pacíficas. Uzcátegui señaló que las experiencias más recientes indican que el oficialismo puede calificar de violenta una protesta antes de que se lleve a cabo, como hizo el alcalde de Libertador, Jorge Rodríguez, respecto de la marcha convocada por la oposición para el 23 de enero.
La intencionalidad política. Rocío San Miguel, directora de Control Ciudadano, considera que la resolución 008610 constituye un reconocimiento de los excesos cometidos por los cuerpos de seguridad durante las protestas del año pasado, pero al mismo tiempo emergen como una amenaza ante el previsible aumento de la conflictividad social en 2015.
“La resolución incluye previsiones de equipamiento, formación e incluso de supervisión periódica de unidades élites que desvirtúan la función esencial de las fuerzas armadas. Hay que retomar el espíritu del constituyente cuando apartó a los militares del control del orden público”, insiste San Miguel.
Opina que la resolución tiene aspectos positivos como la referencia al uso progresivo y proporcional de la fuerza, la desagregación del debido proceso y la intervención de la Defensoría del Pueblo y del Ministerio Público. Sin embargo, destaca que tiene un déficit de mecanismos de control democráticos y existe el riesgo de que la intervención de militares en el control del orden público se convierta en la regla en vez de una excepción.
4 correctivos
Rocío San Miguel propone cuatro correctivos:
1|) Prescindir del uso mortal de la fuerza, pues ello solo corresponde a  conflictos armados. En ese sentido es necesario reformular el contenido del numeral 7 del artículo 22 de la resolución, el cual permite “la violencia mortal”, definida como una situación de riesgo. Es necesario señalar en forma específica que ello solo podría ser procedente cuando esté en peligro la vida del funcionario.
2) Prohibir en forma absoluta las detenciones arbitrarias, en vez de señalar que se deben evitar. Se trata de un delito.
3) Garantizar la plena identificación de cada uno de los militares que intervienen en cada operación para evitar la impunidad. No basta indicar número y grado de jerarquía.
4) Incorporar mecanismos de control previos y posteriores, por ejemplo, a través de la Comisión de Defensa de la Asamblea Nacional.