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lunes, 12 de septiembre de 2016

RADIOGRAFÍA

EL NACIONAL, Caracas, 11 de septiembre de 2016
La supersala de los excesos
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia ha estado controlada  férreamente por el chavismo desde su creación. Sin embargo, a partir del 6-D, cuando la oposición ganó la mayoría en la Asamblea Nacional, su genuflexión ante el gobierno se ha tornado escandalosa. El presidente de la República, Nicolás Maduro, ha dejado en evidencia a los 7 magistrados, al referirse a ellos como sus consultores. En 8 meses han dictado 24 sentencias para aniquilar las funciones legislativas y contraloras del Parlamento. Incluso, esta instancia capaz de interpretar la Constitución a conveniencia del oficialismo ya se ha erigido en tribunal penal para llevar a cabo juicios sumarísimos que concluyen con el encarcelamiento de dirigentes opositores. Y podría volver a hacerlo
Edgar López

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia dio una muestra de su disposición a maniobrar en contra la oposición y a favor del gobierno cuando desempolvó la impugnación del Reglamento Interior y de Debates de la Asamblea Nacional que había sido ejercida por la Mesa de la Unidad Democrática hace más de cinco años, con el propósito de anular las facultades de contrapeso atribuidas constitucionalmente al Parlamento.
A través de la sentencia 269, del 21 de abril 2016, la Sala Constitucionalidad dejó sin efectos las normas que el chavismo había construido para consolidar su dominio hegemónico de la Asamblea Nacional con el objetivo de minimizar la posibilidad de acción de los diputados opositores. Pero esas mismas normas se revirtieron contra el oficialismo después del 6 de diciembre, cuando la oposición logró mayoría en el Parlamento.
Los siete magistrados que integran esta instancia, que se atribuye el poder supremo de interpretar la Constitución al vaivén de las coyunturas políticas, se han empeñado en desconocer la voluntad popular expresada en las elecciones parlamentarias. En total, durante los últimos ocho meses la Sala Constitucional ha dictado 24 fallos adversos a la oposición. Más que por el número de sentencias, la actuación de la Sala Constitucional ha causado inquietud, dentro y fuera del país, porque sus miembros se han dado a la tarea de tratar de justificar jurídicamente todas las ejecutorias del gobierno.
La indebida intromisión del Ejecutivo en el Poder Judicial  ha sido confesada por el propio presidente Nicolás Maduro. El 1° de septiembre,  por ejemplo, señaló públicamente que consultaría a la Sala Constitucional para blindar un decreto que le permita aniquilar a los diputados opositores y, si es posible, enviarlos a la cárcel, a través del allanamiento de la inmunidad de todos los cargos públicos. De esa forma Maduro dejó en evidencia a los integrantes de la Sala Constitucional. Los convirtió en jueces y parte, porque si alguien impugna tal decreto, sería la misma sala la que debería dar respuesta.
Al día siguiente, la sala otorgó un anticipo al jefe del Estado para que no quedaran dudas de que continuará siendo su aliada. El 2 de septiembre dictó una sentencia que tiene efectos a futuro: “…resultan manifiestamente inconstitucionales y, por ende, absolutamente nulos y carentes de toda vigencia y eficacia jurídica, los actos emanados de la Asamblea Nacional, incluyendo las leyes que sean sancionadas, mientras se mantenga el desacato a la Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia”. Dicho desacato se refiere a la incorporación de los tres diputados de Amazonas, que el TSJ ha mantenido en un limbo jurídico.
La lista de excesos ha crecido en forma alarmante: 1.- se suprimió el control político de la AN sobre los estados de excepción, a cuyos efectos se desaplicaron normas de la ley que rige la materia y se soslayó la obligatoriedad de notificar las medidas de emergencia a los organismos internacionales de derechos humanos; 2.- se anuló la facultad parlamentaria de interpelar a las autoridades de los poderes Judicial, Ciudadano y Electoral, así como a los ministros y a los integrantes de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana, con lo cual se afectan los principios constitucionales de transparencia y rendición de cuentas; 3.- se reafirmó que la mayoría calificada se alcanza con 112 diputados, de modo que la oposición la perdió con la desincorporación de los 3 representantes de Amazonas; 4.- se negó el control del Legislativo sobre el Banco Central de Venezuela y se acusó a la AN de incurrir en desviación de poder y de atentar contra la estabilidad de la economía; 5.- se determinó que en Venezuela no hay persecución judicial contra los opositores y que una Ley de Amnistía, como la sancionada, constituye una arbitrariedad; 6.- se limitó a la directiva de la AN para debatir sobre el allanamiento de la inmunidad de un diputado, la convocatoria y desarrollo de las sesiones, la elaboración, modificación y aprobación de la agenda parlamentaria, y la presentación de informes por las comisiones; 7.- se estableció que la AN no puede aprobar una enmienda destinada a disminuir el período de un presidente de la República en ejercicio; 8.- se negó la iniciativa parlamentaria para legislar sobre la organización y funcionamiento de los poderes Judicial y Electoral, con lo cual cada uno de estos decidiría unilateralmente sobre las normas que los rigen; 9.- se suprimió la facultad de declarar mociones de censura; 10.- se centralizó en el Ejecutivo la administración del presupuesto nacional sin posibilidad de control parlamentario; 11.- se extendió el monopolio del uso fuerza pública a militantes del PSUV y organizaciones afectas al oficialismo, mediante la convalidación del decreto de estado de excepción; 12.- se obstaculizó la elección de nuevos magistrados del TSJ; 13.- se permitió al Ejecutivo firmar convenios y solicitar préstamos sin autorización de la Asamblea Nacional; 14.- se declaró el desacato de los directivos del Parlamento con la amenaza de emprender contra ellos procesos penales que podrían llevarlos a la cárcel; 15.- se impidió la representación judicial autónoma de los directivos del Legislativo, a efectos de responder a todas las acciones que en su contra ha intentado el oficialismo, pues la Sala Constitucional determinó que deben ser defendidos por la Procuraduría General de la República.
¿Todos contra uno?  La judicialización de la actividad parlamentaria está aunada con seis decretos presidenciales a través de los cuales el gobierno ha tomado para sí atribuciones legislativas, en algunos casos de manera genérica y peligrosa, como las declaratorias de estado de excepción.
Hermann Escarrá, que presidió la Comisión Constitucional en la Asamblea Nacional Constituyente y, como tal, intervino directamente en la concepción de la Sala Constitucional, considera que se trata de sentencias de Estado: “Se justifican en la medida en que están destinadas a garantizar el buen funcionamiento de las instituciones. No es un conflicto de poderes, sino de la Asamblea Nacional contra todos los poderes”.
Pero Ricardo Combellas, también constituyente, le responde: “Es al revés, son todos los poderes contra la Asamblea Nacional, que desde el 6 de diciembre constituye una amenaza real para la permanencia del chavismo en el gobierno. En esta coyuntura a la Sala Constitucional se le ha asignado la tarea de cubrir el déficit de legitimidad de desempeño que afecta dramáticamente la gestión de Nicolás Maduro. Pero por más latín que le metan a sus sentencias, cada día los venezolanos, por puro sentido común, comprenden que estos magistrados solo están tratando de atornillar al chavismo en el poder”.
Quizás la Sala Constitucional todavía no ha demostrado hasta dónde puede llegar. El sábado 20 de agosto anuló siete sesiones del Parlamento realizadas en abril y mayo que no cumplieron con los requisitos que les había impuesto mediante una sentencia previa. Además, en esa oportunidad advirtió los riesgos de desobedecer los fallos del TSJ.
Como quiera que el desacato es considerado un delito, no está descartado que el pugilato concluya con el enjuiciamiento y encarcelamiento de los directivos del Parlamento. A tales efectos, el precedente aplicable sería el juicio sumario que la Sala Constitucional, erigida en tribunal penal, ejecutó contra los ex alcaldes de San Diego y San Cristóbal, Enzo Scarano y Daniel Ceballos. En menos de una semana se llevó a cabo un proceso penal que culminó con la destitución y encarcelamiento de dos funcionarios elegidos popularmente. De esta manera, el máximo tribunal se sumaba a lo que se ha denominado criminalización de la protesta, particularmente las que se realizaron entre febrero y mayo de 2014.
El constitucionalista Jesús María Casal, consultor jurídico de la Asamblea Nacional, admite que el control jurisdiccional de las leyes y demás actos parlamentarios es necesario. “Sin embargo, lo correcto es que la Sala Constitucional indique con especificidad en qué consiste la deficiencia de una norma e inste a la Asamblea a corregirla. Lo incorrecto e inadmisible es que se haya convertido en un órgano de bloqueo político, que incluso se ha atrevido a hacer valoraciones de tipo moral”.
Contra la aspiración de Casal, la misma Sala resolvió que podía ejercer, “de manera global”, el control previo de la constitucionalidad de una ley que solicite el presidente de la República. Este ha sido el principal basamento de todas las sentencias que han dejado sin efecto las leyes sancionadas por la actual legislatura.
El mecanismo es sencillo: cuando el primer mandatario no está de acuerdo con una ley, en vez de solicitar a la Asamblea que la modifique, le pide a la Sala Constitucional que la anule. Y el TSJ siempre lo complace. “Es un procedimiento que se utilizó excepcionalmente, una sola vez en 16 años, en el caso de la Ley Orgánica de Procesos Electorales. Sin embargo, no se anuló la totalidad de la ley, sino apenas una disposición transitoria. Esta especie de veto presidencial nunca se había usado tan sistemáticamente como ahora. Y es que ese es el problema: la Sala Constitucional interpreta la carta magna de manera sesgada y acomodaticia, lo cual causa una enorme precariedad institucional. Si no existen efectivos controles sobre el ejercicio del poder público, no existe democracia”, afirma Casal.
Aunque resulte contradictorio con la parte resolutiva de sus sentencias, la Sala Constitucional también es conciente de los riesgos del autoritarismo, como lo estableció hace diez años y lo reiteró el primero de marzo pasado: “el Estado a nivel constitucional se fundamenta no sólo en la división del Poder Público, sino además en el equilibrio entre ellos a través de la consagración de un amplio conjunto de controles jurisdiccionales, políticos y administrativos, que impidan el ejercicio ilimitado e irresponsable de la autoridad, en tanto  que no hay democracia sin limitación  y no hay limitación sin control que lo haga efectivo”.
La guardiana de la Constitución. “Mirá, ya yo tengo mis dos candidatos para el CNE; vos y Pedro pongan los dos suyos y entre todos escogemos al quinto, a un quinto imparcial”. Con esa lisura con la que hablan los marabinos, el presidente de la Sala Constitucional, Iván Rincón, se dirigió al magistrado Antonio García García, con la intención de finiquitar, de una vez por todas, el conflicto institucional derivado de la falta de acuerdos en la Asamblea Nacional para escoger a los rectores del Consejo Nacional Electoral en 2003.
Un reportero judicial fue testigo de la conversación y le recordó a Rincón que estaba actuando como Gonzalo Barrios. Sin vergüenza, el máximo jerarca de Acción Democrática admitía que él  y Rafael Caldera, líder de Copei, escogían a los magistrados de la extinta Corte Suprema de Justicia en medio de una partida de dominó.
El magistrado zuliano hablaba en nombre propio y de sus colegas Jesús Eduardo Cabrera y José Delgado Ocando, los tres afectos al chavismo. En la Sala Constitucional la oposición estaba encarnada por García García y Pedro Rondón Haaz.
Esos dos candidatos del presidente de la Sala Constitucional terminaron siendo Jorge Rodríguez y Oscar Battaglini,  mientras que los representantes de la oposición en el CNE fueron Ezequiel Zamora y Sobella Mejías. El quinto imparcial también lo propuso Rincón: Francisco Carrasquero. Ingenuamente –así lo reconoció después– García García advirtió a algunos periodistas que no se apresuraran a etiquetar a Carrasquero como chavista. Sin embargo, tan vinculado al oficialismo estuvo ese supuesto quinto imparcial que después de presidir el Poder Electoral terminó siendo integrante de la Sala Constitucional. Aquellos magistrados incluso negociaron los cargos de secretario y consultor jurídico del CNE.
Era la primera vez que la Sala Constitucional se atribuía las competencias de otro poder público, el Legislativo, para designar a dedo las autoridades de un tercero, el Electoral. Pero no sería la última, pues en 2013 también se apeló a la omisión legislativa para ratificar a Tibisay Lucena y a Sandra Oblitas e incorporar a Luis Emilio Rondón.
Ese superpoder de la Sala Constitucional podría ejercerse  de nuevo a finales de este año, cuando corresponde relevar a las rectoras Tania D’Amelio y Socorro Hernández. Esa instancia capaz de modificar el pacto social establecido en la carta magna, a través de una interpretación sui géneris, se aprovecharía del despojo de la mayoría parlamentaria que obtuvo la oposición el 6 de diciembre de 2015, con la desincorporación de los tres diputados de la MUD por el estado Amazonas. En definitiva, los magistrados se volverían a apoderar de la competencia de la Asamblea Nacional sobre la designación de los rectores del CNE.
“Desde el principio, la Sala Constitucional se ha excedido muchas veces. Y, en el caso de la omisión legislativa, invocada en dos oportunidades para designar a los rectores del CNE, se ha erigido en poder constituyente. Pero la norma es muy clara, el numeral 7 del artículo 336 de la Constitución solo le permite declarar la inconstitucionalidad de la omisión, fijar plazos y, de ser necesario, establecer lineamientos para su corrección. En modo alguno podían usurpar funciones de la Asamblea Nacional”, abunda Escarrá. Aunque admite que defiende al gobierno de Maduro, el abogado aspira a que el presidente no se atreva a allanar la inmunidad parlamentaria por decreto ni que la Sala Constitucional lo vuelva a complacer.
Escarrá y Combellas aseguran que los constituyentes nunca imaginaron que la Sala Constitucional llegaría convertirse en lo que se convirtió.  “Incluso se atrevió a legislar, a través de la sentencia elaborada por el ex magistrado Jesús Eduardo Cabrera, en materia de amparo sobre derechos y garantías constitucionales, la normativa más importante de un país para proteger los derechos humanos”, dice Escarrá.
Y Combellas agrega que la extralimitación de la sala es tan grave que pudiera conducirla a cometer la “locura” de reelaborar las seis leyes que ellos mismos han declarado inconstitucionales: “En la Asamblea Nacional Constituyente había personas que, de muy buena fe, creyeron que se estaba haciendo el mejor esfuerzo para rescatar la dignidad de un Poder Judicial que siempre tuvo sus lunares y era expresión del deterioro de todo el sistema. Pero también había una élite, encabezada por Luis Miquilena, que sí midió los efectos políticos de conferirle tanto poder a la Sala Constitucional”.
Al parecer, el fallecido presidente Hugo Chávez era el que tenía más clara la estrategia de blindar judicialmente su proyecto. La ex presidente de la extinta Corte Suprema de Justicia, Cecilia Sosa, recuerda la carta que Chávez envió a los magistrados en abril de 1999, apenas cuatro meses después de haber sido elegido. “Celebro infinito que la Corte Suprema de Justicia se encuentre en el camino de la revolución (…) debo confirmar ante la honorabilísima Corte Suprema de Justicia el principio de la exclusividad presidencial en la conducción del Estado”, afirmaba el gobernante en la misiva. El parafraseo de Luis XIV (L'État c'est moi) parecía revelar la aspiración de Chávez a eliminar los contrapesos institucionales que definen la democracia.
Los superpoderes asignados a la Sala Constitucional están descritos en el Título VIII de la  carta magna, denominado “De la protección de la Constitución”, aunque el papel de “máximo y último intérprete” no es de su absoluta exclusividad, pues está atribuido a todas las salas del TSJ.
“El Derecho Constitucional, en la pluma de los magistrados de la Sala Constitucional, se ha manejado como un instrumento al servicio del régimen y no del ciudadano”, concluye Combellas. Pero Escarrá, por ahora de regreso a las filas del oficialismo, considera que tales excesos  son cosa del pasado: “Los actuales integrantes de la Sala Constitucional son personas honorables”.

La fundación, los juristas
Iván Rincón Urdaneta

Mientras Hugo Chávez y el oficialismo gozaron de un amplio respaldo la actuación político-partidista de la Sala Constitucional no fue tan escandalosa y explícita; pero sí procedió deliberadamente para garantizar el poder ilimitado del oficialismo. Por ejemplo, al cambiar a capricho las reglas de activación del referendo revocatorio y del antejuicio de mérito en contra del presidente de la República, ampliar sus competencias en perjuicio de otras salas del TSJ, forzar la omisión legislativa para usurpar funciones de la Asamblea Nacional y designar a los miembros del CNE, entre otras decisiones
Edgar López

Los primeros integrantes de la Sala Constitucional fueron Rincón, Cabrera, Delgado Ocando, Héctor Peña Torrelles y Moisés Troconis. Este último afirma que la etapa fundacional fue de mucha altura jurídica, aunque pronto quedó claro que los tres primeros estaban dispuestos a construir el piso del proceso de cambios que lideró Chávez.
“Mientras estuvimos allí, nunca estuve de acuerdo en que se traspasaran esos límites, pero hubo algunas decisiones  que permiten verificar que se traspasaron. Una cosa es interpretar el alcance de las disposiciones constitucionales y otra cosa es convertirse en poder constituyente, porque ello equivale a violar la soberanía popular. Solo podíamos hacer interpretación del texto constitucional, pero no crear nuevas reglas”, lamenta Troconis.
Peña Torrelles se convirtió en un sempiterno disidente y quedó al margen de las sentencias más trascendentales, precisamente porque también se oponía a la extralimitación de funciones por parte de la Sala Constitucional, particularmente en materia de amparo.
En esa fase inicial las riendas estuvieron en manos de Rincón. Los que lo conocen destacan su habilidad para utilizar la mano izquierda en sus relaciones con el poder. Tanto que, a pesar de haber reiterado públicamente que jamás aceptaría un cargo diplomático, terminó en los destinos del servicio exterior más codiciados: el Vaticano primero, y Colombia en la actualidad.
“Toda la comunidad jurídica, incluso en el exterior, estaba expectante. Llegaban invitaciones desde todas partes para debatir sobre el alcance de las sentencias. Los magistrados sabían que eran responsables de echar las bases de la justicia constitucional, y lo hicieron a su modo. De hecho, ellos mismos decidieron cómo se debía interpretar la Constitución y elaboraron procedimientos especiales, que hasta el día de hoy siguen vigentes, para modificar y anular cualquier tipo de actos. Llegaron al extremo de justificar la conversión de una demanda en algo distinto a lo que solicitó el demandante. Abrieron la posibilidad de reabrir casos cerrados muchos años atrás... Se trata de la acumulación de mucho poder  durante 16 años y los 7 magistrados de ahora lo saben”, apunta un ex funcionario de la Sala Constitucional.
Luis Alfonso Herrera, uno de los abogados del equipo de Delgado Ocando, añade: “Estaba claro que cualquier conflicto político que se judicializara en el futuro llegaría a la Sala Constitucional. Si el Gobierno tenía el control político de esa sala, nunca podría ser tocado jurídicamente”.
Mientras Chávez y el oficialismo gozaron de un amplio respaldo, continúa Herrera, la actuación político-partidista de la Sala Constitucional no fue tan escandalosa y explícita; pero sí procedió deliberadamente para garantizar el poder ilimitado del oficialismo. Por ejemplo, al crear la tesis del régimen transitorio y la supraconstitucionalidad de los actos de la Asamblea Nacional Constituyente, desconocer la libertad de expresión e información mediante la ratificación del carácter penal de los delitos de desacato, criminalizar a las ONG a través de una interpretación restrictiva de la noción de sociedad civil, cambiar a capricho las reglas de activación del referendo revocatorio y del antejuicio de mérito en contra del presidente de la República, ampliar sus competencias en perjuicio de otras salas del TSJ, forzar la omisión legislativa para usurpar funciones de la Asamblea Nacional y designar a los miembros del CNE, liquidar con jurisprudencia violatoria de los derechos humanos el uso de la acción de amparo en contra de los actos del Ejecutivo nacional, permitir la posibilidad de dictar decretos presidenciales equivalentes a leyes orgánicas, admitir la posibilidad de aprobar leyes orgánicas por mayoría simple en la Asamblea Nacional, entre otros excesos.
De los juristas de la etapa fundacional destacan Jesús Eduardo Cabrera y José Delgado Ocando, ambos con muchas credenciales académicas pero sin carrera judicial.
Cabrera es reconocido como uno de los procesalistas más prominentes de Venezuela. No era muy amigo de los periodistas, pero hubo oportunidad para oírlo hablar con entusiasmo de los animales en peligro de extensión que criaba en una finca de su propiedad, de las largas distancias que recorría para visitar a sus amigos chamanes en varias comunidades indígenas del país y de la invitación que le hizo la Embajada de la India para visitar a ese país, pues podría bañarse, como dijo que lo hizo, en el Ganges.
Fue el artífice de una de las más controversiales sentencias, la 1.942, dictada el 15 de julio de 2003, cuando se estableció que los tratados internacionales no tienen prevalencia sobre el derecho interno en caso de que ofrezcan mayor protección a los derechos humanos.
El fallecido Delgado Ocando, ex rector de La Universidad del Zulia, era un irreductible filósofo marxista del Derecho, internacionalmente admirado por la profundidad de su amplísima obra jurídica. Siempre vivió en una modesta casa de Maracaibo, de una sola planta y rodeada de cerca alfajol.  Se le podía encontrar leyendo textos en alemán cerca de la piscina del Círculo Militar. Una vez dijo que Chávez no había hecho nada verdaderamente revolucionario, porque mantenía el mismo modelo económico. Radical como era, aspiraba a más.
Sin embargo, entre las sentencias ideadas por Delgado que más le agradecería el presidente de la República destaca la que ordenó el restablecimiento de todas las actividades petroleras, a propósito del paro general a finales de 2002. El 19 de diciembre, dos días después de que el gerente de Pdvsa Félix Rodríguez (a quien, sin mayores consideraciones, se reconoció como legítimo representante de los derechos del pueblo venezolano) lo demandara, la Sala Constitucional  falló a favor del gobierno. Con esta sentencia, los magistrados ratificaron que, de forma exclusiva, les correspondía resolver los asuntos  que involucraran derechos constitucionales que no estuvieran suficientemente regulados a través de una ley. Indirectamente, se referían a una ley de la jurisdicción constitucional, que nunca se ha dictado y que no figura en la agenda parlamentaria, a pesar de que permitiría evitar arbitrariedades en la interpretación de la carta magna.

Hacia el socialismo, los radicales
 Luisa Estella Morales votando en el referéndum constitucional | Foto: Jesús Castillo
En 2006, Luisa Estella Morales se convirtió en la mujer más poderosa del Poder Judicial: presidenta del TSJ, de la Sala Constitucional y, además, de la Comisión Judicial. Morales también complació al fallecido presidente cuando echó mano del recurso de revisión para anular la sentencia de la Sala Plena sobre el golpe de abril de 2002. De esta manera se ratificó el superpoder de la Sala Constitucional, pues se colocaba por encima de todas las salas, incluyendo a la Sala Plena
Edgar López

El golpe de Estado del 11 de abril de 2002 produjo un cisma en el TSJ. Cuando Miquilena le retiró el apoyo a Chávez y se alió a la oposición, los magistrados se dividieron entre 9 chavistas, liderados por Rincón, y 11 miquilenistas, encabezados por Franklin Arrieche. Esa correlación de fuerzas se puso de manifiesto en la sentencia de la Sala Plena (con ponencia de Arrieche), a través de la cual fueron absueltos los cuatro altos funcionarios militares involucrados. Chávez calificó el fallo como “una plasta”.
El chavismo necesitaba recuperar el control del máximo tribunal y, sobre todo, de la Sala Constitucional. En aquella oportunidad se aprovechó la hegemonía oficialista en la Asamblea Nacional para sancionar una ley del TSJ que elevó de 20 a 32 el número de magistrados. Luis Velásquez Alvaray se encargó de redactarla y el también diputado del PSUV Pedro Carreño dirigió el proceso de selección de los nuevos magistrados, el cual concluyó en diciembre de 2004. Carreño lo dijo todo: “Si bien los diputados tenemos la potestad de esta escogencia, el Presidente de la República fue consultado y su opinión fue tenida muy en cuenta… Vamos a estar claros, nosotros no nos vamos a meter autogoles”.
Velásquez Alvaray, el mismo que le había resuelto el problema al chavismo, fue premiado con un  puesto en la Sala Constitucional. “Sé que conmigo se estableció un mal precedente. Yo lo reconozco, yo tengo mi cuota de responsabilidad. No pensé que esta gente iba a acabar con el país. Yo creía en el proyecto de Chávez y ayudé a construirlo, pero nunca pensé que iba a degenerar en esta situación”, admite Velásquez Alvaray desde Costa Rica,  adonde huyó por las acusaciones de corrupción que en su contra formalizó el ex ministro de Justicia Jesse Chacón.
Sin nada que perder, diez años después de su salida del TSJ, el ex magistrado da detalles de la injerencia indebida del gobierno: “El propio presidente de la República, Chávez, me exigió que dirigiera el proceso contra los policías del 11 de abril y que convalidara las acusaciones fiscales en su contra a como diera lugar. Yo se lo dije a Chávez desde el primer momento, que la condena forzada de los comisarios y los PM violentaba los derechos humanos”.
Velásquez Alvaray asegura que Nicolás Maduro profundizó esas prácticas injerencistas:    “Cuando era presidente de la Asamblea Nacional citó a los magistrados a una reunión para impartir lineamientos generales de lo que debía ser la actuación del TSJ. Yo no fui y Maduro lo consideró un desaire. Le dijo a los que sí fueron que debían cuidarse de mi”.
En diciembre de 2014 también se sumó a la Sala Constitucional Luisa Estella Morales, quien se ganó la confianza de Chávez y libre acceso a Miraflores por ser la redactora de la Ley de Tierras. Era una experta en derecho agrario y lideró las luchas de los campesinos de Yaracuy en las décadas de los 80 y 90. Además tenía una larga trayectoria como jueza, aunque fue destituida en dos oportunidades. Desde la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, el segundo tribunal más importante del país, se pronunció reiteradamente a favor del gobierno. Lo primero que hacía al levantarse era oír cánticos de alabanzas a Dios y en varias oportunidades organizó reuniones evangélicas en la sede del TSJ.
En 2006 Morales se convirtió en la mujer más poderosa del Poder Judicial: presidenta del TSJ, de la Sala Constitucional y, además, de la Comisión Judicial, instancia sin fundamento constitucional ni legal, pero que hasta el presente pone y quita jueces con un simple oficio.
El 5 de diciembre de 2009, en una entrevista difundida por Venezolana de Televisión, Morales afirmó: "No podemos seguir pensando en una división de poderes porque eso es un principio que debilita al Estado". Con ello coqueteaba con aquella aspiración inicial de Chávez de conducir el Estado  a partir de sus personalísimas pulsiones, como si fuera el rey de Francia. Para entonces, el presidente había sido reelecto con el mayor caudal de votos  en la historia del país y había proclamado el carácter socialista del proceso político que lideraba.
Morales también complació al fallecido presidente cuando echó mano del recurso de revisión para anular la sentencia de la Sala Plena sobre el golpe de abril de 2002. De esta manera se ratificó el superpoder de la Sala Constitucional, pues se colocaba por encima de todas las salas, incluyendo a la Sala Plena, y se allanaba el camino para dejar sin efecto cualquier antejuicio de mérito que los 32 magistrados pudieran aprobar contra altos funcionarios, entre ellos al Jefe del Estado. Iván Rincón no se había atrevido a tanto.
“El poder que detentó Luisa Estella Morales provenía de sus vínculos directos con Chávez, pero no contaba con el respaldo del PSUV. Chávez le podía perdonar que siendo presidenta del TSJ votara en contra de la reforma de la Constitución, pero el PSUV no se lo perdonó nunca”, asegura una fuente del TSJ. Y el ex magistrado Pedro Rondón Haaz lo refrenda: “Luisa Estella Morales fue una mujer suave, pero de mano de hierro. Su desgracia fue un encontronazo que tuvo con Cilia Flores, cuando ésta era presidenta de la Asamblea Nacional. Cilia le quiso dar instrucciones a la doctora Morales y esta le contestó: ‘tú mandas en la Asamblea Nacional, pero en el Tribunal Supremo mando yo’”.
Sin embargo, hubo oportunidad para que Morales se congraciara de nuevo con Chávez. La Sala Constitucional permitió una de las modificaciones de la carta magna que más le interesaban al difunto presidente: la reelección indefinida.


La supervivencia del régimen, los operadores políticos

Magistrada del TSJ Gladys Gutiérrez con Nicolás Maduro
Gladys Gutiérrez asumió la conducción del TSJ y de la Sala Constitucional  el 8 de mayo de 2013, dos meses después de que se anunció oficialmente el deceso de Hugo Chávez. Uno de sus colegas asegura que en el despacho de Gutiérrez todo lo controlan las secretarias y un hombre de su entera confianza, Federico Fuenmayor, que era su asistente y en diciembre de 2015 fue designado suplente de la Sala Constitucional
Edgar López

La enfermedad y posterior muerte del presidente Chávez implicaron varios problemas de Estado, en los cuales también terció la Sala Constitucional para asegurar la permanencia del chavismo en el poder.
Como una consecuencia de la reelección indefinida, que el presidente fallecido terminó imponiendo mediante una enmienda a la Constitución, surgió la tesis de la continuidad administrativa. La Sala Constitucional exoneró a Chávez,  que para ese momento estaba convaleciente, de asistir al acto de juramentación como presidente reelecto.
El 9 de enero de 2013, un día antes del evento pautado en la carta magna, la Sala Constitucional dio respuesta a la solicitud de interpretación de las normas sobre la toma de posesión presidencial, formulada por la abogada Marelys D’Arpino, que pretendía justificar la ausencia del presidente enfermo.
La Sala Constitucional había interpretado el mismo artículo el 5 de abril de 2001 y ello implicó que el segundo mandato de Chávez se extendiera por ocho años. A partir de otra  controversial  tesis: la transitoriedad entre la Constitución de 1961 y la de 1999. El fallo dictado el en ponencia de Delgado Ocando versó sobre la solicitud de interpretación interpuesta por los abogados Francisco Encina Verde y Agustín Díaz Díaz, los mismos que en 2015 impugnaron las primarias de la Mesa de la Unidad Democrática
D’Arpino, Encina Verde y Díaz Díaz son apenas tres de esos abogados cercanos al oficialismo que han facilitado a la Sala Constitucional adecuar su jurisprudencia a las necesidades coyunturales del gobierno.
En 2001 la Sala Constitucional señaló que el artículo 231 no daba cabida a  otras interpretaciones, pero 12 años después, cuando la enfermedad de Chávez lo requirió, cambió de parecer. Se argumentó que se trataba de una situación excepcionalísima sin precedentes, de un acto sobrevenido.
La sentencia se dictó en “ponencia conjunta”, una invención de la magistrada Morales para enviar un mensaje de cohesión absoluta de los integrantes de la Sala Constitucional.
Tres días después de la muerte de Chávez, la Sala Constitucional le resolvió otro problema al gobierno. Mediante la sentencia 141, del 8 de marzo de 2013, determinó que Nicolás Maduro, que se venía desempeñando como vicepresidente, no tenía que separarse del cargo ni tenía impedimento alguno para postularse como candidato del PSUV a la jefatura del Estado. Todo ello a pesar de que la misma Sala Constitucional, en su sentencia 1.488, del 28 de julio de 2006, había determinado que solo si se trataba de una reelección (que no era el caso de Maduro) el candidato podía seguir en el cargo. Qué Chávez hubiese ungido a Maduro pesaría más que lo establecido en la Constitución y en la propia jurisprudencia de la sala.
“Para la supervivencia del régimen después de la muerte de Chávez, el principal requisito que debía  cumplir un presidente de la Sala Constitucional era su absoluta lealtad al llamado legado del presidente fallecido, más que a Maduro. Poco importaba si sabía o algo de Derecho, pues en vez de juristas se necesitaban operadores políticos”, afirma el diputado Carlos Berrizbeitia, que en la Asamblea Nacional ha evaluado las credenciales de los magistrados que han sido designados en los últimos años.
Gladys Gutiérrez asumió la conducción del TSJ y de la Sala Constitucional  el 8 de mayo de 2013, dos meses después de que se anunció oficialmente el deceso del jefe del Estado. Había ingresado al máximo tribunal en 2010, junto con el diputado del PSUV Juan José Mendoza. A esas alturas, ya se había acabado el rigor constitucional para asegurar la independencia de los magistrados.
En la página web del TSJ hay tres datos que indican la vinculación de la funcionaria con el oficialismo: fue miembro de la Comisión Presidencial para la Reforma Constitucional (una instancia creada por Chávez para modificar la carta magna a su conveniencia), así como candidata a gobernadora del estado Nueva Esparta y diputada suplente a la Asamblea Nacional. Lo que no dice el portal  es que fue candidata y parlamentaria por el Movimiento Quinta República.
Algunos magistrados se han quejado, incluso en Sala Plena, de las dificultades para comunicarse con la magistrada presidenta, y no les basta que ella les notifique, sin mayores detalles, los lineamientos para decidir en cada caso  provienen de Miraflores y del PSUV. Uno de sus colegas asegura que en el despacho de Gutiérrez todo lo controlan las secretarias y un hombre de su entera confianza, Federico Fuenmayor, que era su asistente y en diciembre de 2015 fue designado suplente de la Sala Constitucional.
La primera vez que se presentó ante la prensa Gladys Gutiérrez advirtió que “los jueces hablan a través de sus sentencias” y, en ese sentido, solo ha concedido entrevistas si tiene absolutamente garantizado que el entrevistador no le hará preguntas incómodas. El Nacional espera todavía respuesta a la solicitud que se le formuló para qué explique cómo y por qué la Sala Constitucional se convirtió en lo que es: la instancia del poder público más poderosa en Venezuela y que suele cambiar las reglas del juego, siempre a favor del gobierno. 

10 sentencias contra el ciudadano, por acción u omisión

Los magistrados de la Sala Constitucional impusieron una multa de 100 unidades tributarias a Henrique Capriles / Prensa TSJ
En 16 años, la Sala Constitucional del TSJ ha fallado y también ha omitido decidir sobre asuntos que afectan directamente los derechos de los ciudadanos. A continuación una recopilación de las sentencias más controversiales
Edgar López
   
Sin tutela internacional
A través de la sentencia 1.942, dictada el 15 de julio de 2003, la Sala Constitucional negó de la aplicación preferente de los tratados internacionales  cuando ofrecen mayor protección a los derechos humanos, a pesar de que así está establecido en el artículo 23 de la Constitución. La tutela  internacional quedó a la discreción de los jueces venezolanos.
Desamparo a la salud
El 5 de septiembre de 2002, la Federación Médica Venezolana intentó una acción de amparo para que se garantizara la adecuada dotación de los hospitales públicos. Casi dos años después, el 26 de mayo de 2004, la Sala Constitucional negó la protección. “El Poder Judicial no puede sustituir al Legislativo o Ejecutivo en la formulación de políticas sociales, como una manifestación del principio de división de poderes, que, de quebrantarse, conduciría a un gobierno de los jueces”. La sentencia impediría cualquier reclamo judicial de derechos económicos, sociales y culturales.
Las víctimas no llegarán a la Corte-IDH
La denuncia de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, que deja a las víctimas sin la posibilidad de lograr justicia en la Corte Interamericana de Derechos Humanos, fue una iniciativa de la Sala Constitucional en la sentencia 1.939, dictada el 18 de diciembre de 2008.
Secretismo con aval judicial
En sentencias dictadas el 9 y el 15 de julio de 2010, la Sala Constitucional negó la posibilidad de conocer los sueldos de funcionarios públicos, para prevenir la corrupción; y los boletines epidemiológicos para combatir enfermedades. El  17 de julio 2014 rechazó la exigencia de publicación de la lista de empresas beneficiadas con dólares preferenciales.
Criminalización de las ONG
El 14 de julio de 2010, el presidente Hugo Chávez pidió investigar  el financiamiento externo de las ONG. Ocho días después, a través de la sentencia 796, la Sala Constitucional estableció que la cooperación internacional pudiera constituir traición a la patria
Represión autorizada
El 24 de abril de 2014, en medio de la ola de protestas más trascendente de los últimos años, la Sala Constitucional decidió que para  protestar se requiere la previa autorización de la primera autoridad civil de la respectiva jurisdicción.  El fallo indica que el incumplimiento de este requisito que no está establecido en la ley que rige la materia “podrá dar lugar a que los cuerpos policiales y de seguridad en el control del orden público (…), actúen dispersando dichas concentraciones”.
Adolescentes presos
El 4 de agosto de 2014, Cecodap y Luz y Vida interpusieron una demanda de nulidad parcial de la reforma de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Objetaron el aumento de penas hasta un máximo de diez años de reclusión para delitos graves e incorporaron sicariato, terrorismo y asalto a transporte público, así como la atribución conferida a los consejos comunales para ejecutar medidas no privativas de libertad asociadas al trabajo comunitario, y la extensión de lapsos procesales que, en la práctica, alarga el encierro de los adolescentes. Dos años después solo se ha designado ponente.
Pensionados y jubilados en el limbo
El 28 de abril de 2016, la Sala Constitucional determinó que la ley sancionada por la Asamblea Nacional para extender el beneficio de cesta ticket a pensionados y jubilados no podría entrar en vigencia hasta que no estuviera garantizada su viabilidad económica. Luego del fallo, el Parlamento presentó ante el Ejecutivo el estudio de impacto económico requerido por el TSJ, sin que hasta al presente haya obtenido respuesta.
Crisis de salud, asunto del gobierno
El 9 de junio de 2016 la Sala Constitucional declaró la inconstitucionalidad de la ley sancionada por la Asamblea Nacional para atender la crisis del sector salud. En esta oportunidad reiteró el criterio según no se pueden imponer directrices al Ejecutivo en materia de políticas sociales. Visto de otra manera, el TSJ admite que el gobierno es responsable de las deficiencias de insumos, medicamentos, infraestructura y personal.
Discriminación vía CLAP
El 10 de agosto de 2016, un grupo de diputados de la MUD encabezado por Mariela Magallanes interpuso una demanda de protección de derechos e intereses colectivos y difusos contra el presidente Nicolás Maduro, por la presunta violación de los derechos a la igualdad ante la ley y no discriminación, seguridad alimentaria, salud, vida e  integridad personal, a través del programa de distribución de alimentos que ejecutan los llamados Comités Locales de Abastecimiento y Producción. La demanda no ha sido admitida.

Perfiles: Los 7 magistrados de la Sala Constitucional del TSJ

Los siete magistrados que integran esta instancia, que se atribuye el poder supremo de interpretar la Constitución al vaivén de las coyunturas políticas, se han empeñado en desconocer la voluntad popular expresada en las elecciones parlamentarias. En total, durante los últimos ocho meses la Sala Constitucional ha dictado 24 fallos adversos a la oposición
Edgar López  

Gladys Gutiérrez
La alineada
En enero de 2014, en el Acto de Apertura del Año Judicial, la presidenta de la Sala Constitucional hizo un homenaje póstumo a Hugo Chávez: “Sin su impulso y visión revolucionaria no habríamos podido andar este camino”. En esa oportunidad destacó como “un hecho significativo” que la estructura administrativa del TSJ se haya ajustado para el cumplimiento del llamado Plan  de la Patria. Luis Miquilena asegura que el único mérito de Gutiérrez es haberle alquilado un apartamento para que allí viviera Chávez. Herma-|| |nn Escarrá asegura que la magistrada tiene obra jurídica “e incluso poética”.
Abogada (UCV)
Doctora en Derecho Público (Complutense, Madrid)
Ex procuradora general de la República
Ex embajadora de Venezuela en España
Ex directora de la Secretaría del Consejo de Ministros
Carmen Zuleta de Merchán
La más antigua
Carmencita la llaman sus allegados. Es la que ha permanecido más tiempo en la Sala Constitucional, primero como suplente, ininterrumpidamente desde 2005, y desde 2010 como titular. Es de las que no firma una sentencia sin haberla leído cinco veces. “Aunque está ideológicamente identificada con el chavismo, después del 6 de diciembre de 2014 no se siente cómoda con el trabajo que se les ha asignado a efectos de aniquilar a la Asamblea Nacional. Está dispuesta a marcar distancia para permanecer en el cargo hasta 2022, incluso si Maduro sale vía revocatorio”, confió una fuente del TSJ.
Abogada (LUZ)
Doctora en Ciencias Sociales (La Sorbona, París)
Profesora emérita (LUZ)
Lourdes Suárez Anderson
La hermana de
Con apenas ocho meses en el cargo, se ha manifestado dispuesta a hacer cualquier cosa contra la oposición, aseguran fuentes del máximo tribunal. No tiene una obra jurídica destacada ni reconocida en el foro. Mientras logra adquirir peso específico, se le sigue identificando como la hermana del asesinado fiscal del Ministerio Público Danilo Anderson. Respaldó la versión gubernamental del crimen, a pesar de que ello implicó la división de su familia. Sin éxito, se había postulado al cargo de magistrada del TSJ en 2010 y 2014.
Su currículum no está disponible en la web del TSJ
Ex directora de la Oficina de Atención al Público del Ministerio Público
Ex defensora pública
Calixto Ortega
El diplomático
Además de diputado del PSUV durante diez años, Ortega fue delegado de Venezuela ante la ONU, cónsul en Houston y en Nueva York, viceministro de Relaciones Exteriores para Europa y encargado de Negocios en la Embajada de Venezuela en Estados Unidos. De su experiencia como político y representante del Estado en el exterior proviene su habilidad para negociar: “En su despacho recibe a todos, entre ellos a altos representantes de la oposición. El resto de los magistrados entiende que el cabildeo que ejecuta es parte de los insumos que necesita la Sala Constitucional para sentenciar”, asegura un informante del TSJ.
Su currículum no está disponible en la web del TSJ
Abogado (LUZ)
Magíster en Derecho Político (LUZ)
Juan José Mendoza
El aspirante
El ex diputado del PSUV llegó a la máxima instancia judicial del país pese a las dudas sobre sus credenciales. Incluso durante la presidencia de Luisa Estella Morales se emprendió una investigación que llegó hasta la Universidad de Los Andes en busca del título de abogado de Mendoza. No tiene carrera judicial ni obra jurídica citable. Sin embargo aspira a ser el próximo presidente del TSJ y de la Sala Constitucional, a cuyos efectos necesita demostrar mucho más que absoluta lealtad al gobierno. Es uno de los que admiten la posibilidad de disolver la Asamblea Nacional, después de que quedó en manos de la oposición.
Su currículum no está disponible en la web del TSJ
Ex Inspector General de Tribunales
Ex director de la Escuela Nacional de la Magistratura
Luis Damiani
El profesor
Funcionarios de seguridad del TSJ tuvieron que convencerlo de que aceptara escoltas y usara vehículos blindados, pues prefería llevar la vida austera del profesor universitario que siempre ha sido. “Nunca se pondría un traje de marca, porque es coherente con su pensamiento de izquierda”, asegura uno de sus allegados. Pero está ideológicamente comprometido con el chavismo y tiene en sus manos la posibilidad de anular la solicitud de referéndum, pues es el ponente de una de las acciones judiciales intentadas por dirigentes del PSUV sobre el supuesto fraude cometido durante la recolección de firmas. No es descabellado, ya que con ese mismo argumento se detuvo el revocatorio contra Chávez en 2004.
Abogado (UCV)
Sociólogo (la Sorbona, París)
Magíster en Sociología Política (La Sorbona, París)
Coordinador del Instituto de Investigación y Postgrado de la Escuela Nacional de la Magistratura
Ex viceministro de Educación Universitaria
Ex rector encargado de la Universidad Bolivariana de Venezuela
Directivo del centro Internacional Miranda
Arcadio Delgado Rosales
El heredero
“Es un buen hijo de su papá”, se suele repetir en el TSJ para reconocer los méritos del renuevo de José Delgado Ocando, quien fue fundador de la Sala Constitucional. Aunque no tiene carrera judicial, sobresale entre los integrantes de la Sala Constitucional por su perfil como investigador y académico en el área jurídica. En el acto de Apertura del Año Judicial 2012 fue el orador de orden y aseveró que la construcción de un modelo socialista no choca con los principios de la carta magna.  En su disertación cita reiteradamente a Carl Schmitt, uno de los ideólogos del nazismo alemán, a quien identifica como un “gran jurista”.
Abogado (LUZ)
Doctor en Derecho (Universidad Libre de Bruselas)
Investigador del Instituto de Filosofía del Derecho de LUZ

Fuentes:
http://www.el-nacional.com/siete_dias/supersala-excesos_0_918508344.html
http://www.el-nacional.com/siete_dias/fundacion-juristas_0_918508346.html
http://www.el-nacional.com/siete_dias/socialismo-radicales_0_918508351.html
http://www.el-nacional.com/siete_dias/supervivencia-regimen-operadores-politicos_0_918508357.html
http://www.el-nacional.com/siete_dias/sentencias-ciudadano-accion-omision_0_918508347.html
Fotografías:
Conoce a los miembros de la Sala Constitucional que firmaron sentencia que limita las funciones de la AN: http://runrun.es/nacional/venezuela-2/251018/conoce-a-los-miembros-de-la-sala-constitucional-que-firmaron-sentencia-que-limita-las-funciones-de-la-an.html
Gobierno designa al ex-Presidente del TSJ Iván Rincón como Embajador en Colombia: http://www.noticias24.com/actualidad/noticia/171455/gobierno-designa-al-ex-presidente-del-tsj-ivan-rincon-como-embajador-en-colombia/
Luisa Estella Morales, President of the Venezuelan Supreme Court of Justice (TSJ), arrives at a news conference in Caracas: http://www.lapatilla.com/site/2013/01/09/tsj-descarta-convocar-una-junta-medica-para-evaluar-estado-de-salud-de-chavez/luisa-estella-morales-president-of-the-venezuelan-supreme-court-of-justice-tsj-arrives-at-a-news-conference-in-caracas/
Lo que no sabías sobre Gladys Gutiérrez, la presidenta del TSJ: http://notitotal.com/2016/07/21/lo-no-sabias-la-presidenta-del-tsj-gladys-gutierrez/
¡Clara ventaja! Tres militantes del chavismo controlan la Sala Constitucional del TSJ: http://elperiodicovenezolano.com/clara-ventaja-tres-militantes-del-chavismo-controlan-la-sala-constitucional-del-tsj/
Sala Constitucional rechaza Ley para atender crisis de salud: http://www.elcorreodelorinoco.com/sala-constitucional-inconstitucional-ley-crisis-de-salud/

domingo, 16 de agosto de 2015

COSMÉTICA DE UN RÉGIMEN

EL NACIONAL, Caracas, 16 de agsto de 2015
Ceballos, Baduel y Oliveros ahora están privados de la voz y la acción política
Políticos advierten sobre estrategia para pacificar a adversarios 
Los analistas Luis Salamanca, Carmen Beatriz Fernández y Gonzalo Himiob coinciden en que el gobierno intenta suavizar su imagen autoritaria
Edgar López

Desde los calabozos donde permanecieron hasta esta semana, Raúl Baduel, Daniel Ceballos y Deivis Oliveros no desperdiciaron oportunidades para persistir en su oposición al gobierno: varias cartas, manifiestos y hasta videos pudieron hacer llegar a la opinión pública. Ahora, cuando las elecciones parlamentarias plantean la posibilidad de un cambio político, los tres no podrían catalizar el descontento con el régimen, pues los jueces les prohibieron tajantemente comunicarse con la prensa o intervenir directamente en la diatriba política.
“Todo apunta a que se trata de una estrategia de pacificación de grandes movilizadores del voto: un político con gran popularidad como Ceballos, un general en jefe trisoleado que alguna influencia debe mantener en los cuarteles como Baduel y un estudiante del ala radical, JAVU, como Oliveros. La condición que les han impuesto a los tres pudiera resumirse en aquello de ‘calladito y quietico te ves más bonito’, porque está claro que el incumplimiento de alguna de las restricciones les puede acarrear su regreso a la cárcel”, advierte el politólogo Luis Salamanca.
La experta en mercadeo electoral Carmen Beatriz Fernández agrega que las limitaciones que ahora tienen Ceballos, Baduel y Oliveros son similares a las aplicadas a otros presos políticos y emergen como una nueva forma de reprimir al adversario, aunque sea menos dura que tenerlo en una celda: “Con el auxilio de jueces que están prestos a acomodar las normas a los intereses gubernamentales, a los opositores que logran salir de las prisiones les coartan las posibilidades de accionar políticamente”.
Salamanca  y Fernández no tienen duda de que la “aparente benevolencia del gobierno” está determinada por la coyuntura electoral, lo cual confirma que las razones para la detención de estas personas no son jurídicas, sino políticas.
El directivo del Foro Penal Venezolano Gonzalo Himiob ofrece evidencias concretas del uso de la justicia penal a favor de los intereses electorales del oficialismo: “El jueves 13 de agosto se llevó a cabo otra sesión del juicio que se le sigue a los estudiantes que instalaron un campamento antigubernamental frente a la sede del PNUD.  Una vez más pedí la liberación de los que permanecen presos (Gerardo Carrero, Nixon Leal, Carlos Pérez y Ángel Contreras) y una vez más la negaron. Es inexplicable, por ejemplo, que mantengan encarcelado a Contreras, pues a él le fueron imputados menos delitos y menos graves que a otros estudiantes acusados en la misma causa y a los que les concedieron libertad condicional. El único patrón claro es que a todos los estudiantes les imponen la prohibición de volver a participar en manifestaciones públicas”.
Himiob agrega que las recientes decisiones en los casos Ceballos, Baduel y Oliveros se debieron tomar desde hace mucho tiempo, porque procedían en buen Derecho: “Ello confirma que sí se trata de presos políticos y que los procesos penales en su contra no los dirigen los jueces, sino el gobierno”.
Tratamiento cosmético. Los tres analistas insisten en que, ante la pérdida de popularidad que amenaza la permanencia del chavismo en el gobierno, todos los órganos del Poder Público han participado en el manejo de los presos políticos de manera orquestada.
Salamanca afirma que existe un plan deliberado que se va ejecutando por sectores y por etapas: “Recordemos las inhabilitaciones de fuertes candidatos de la oposición por la Contraloría General de la República, la incorporación de la paridad de género impuesta por el Consejo Nacional Electoral, las migraciones de electores  fraudulentas avaladas por las autoridades del CNE  y el desmebramiento que causó el Tribunal Supremo de Justicia en las directivas de partidos políticos como Bandera Roja y Copei, por el lado de la oposición, y Joven, IPCN, ORA, Vanguardia Republicana y MEP, por el lado del oficialismo”.
Los analistas también coinciden en que los casos de Ceballos, Baduel y Oliveros corresponden a una especie de limpieza de cutis para suavizar la imagen del gobierno. “Los presos políticos constituyen una mancha muy fea que da cuenta del talante autoritario del gobierno. Eso ha sido advertido por los gobiernos democráticos y los organismos internacionales que han puesto la lupa sobre Venezuela, pero también por sectores moderados del chavismo que dudan de seguir apoyando al régimen”, señala Fernández.
Himiob considera factible que haya más libertades condicionales o casas por cárcel antes del 6 de diciembre. Salamanca califica de “dakasos electorales” esas posibilidades, pero advierte: “Aquí no hay nada definitivo en cuanto a las estrategias, incluso las más inescrupulosas que pudiera usar el chavismo para conservar el poder”.
Los 10 de la Defensoría
Aunque el defensor del pueblo, Tarek William Saab, prefirió no hacer comentarios al respecto, fuentes oficiales aseguraron que el organismo intercedió para que les fueran concedidas medidas de arresto domiciliario o libertad condicional a 10 presos políticos: Marcelo Crovato, Miguel Ángel Nieto, Christian Holdack, Pablo Estrada, Magali Contreras, Andrés León, Antonio Ledezma, Gerardo Resplandor, Jeremías Silva y Raúl Baduel.
Cifra
73 presos políticos cuenta el Foro Penal Venezolano hasta el 13 de agosto de 2015: 27 están recluidos en sedes del Sebin, 17 en cárceles militares, 15 en penales comunes, 5 en comandancias de policía y 9 en arresto domiciliario.

domingo, 1 de febrero de 2015

PELIGRO !!!

“Crean condiciones para la violación sistemática de derechos humanos”
“¿Están en un estado de excepción o de emergencia, que les imponga utilizar al Ejército y a las Milicias Bolivarianas para mantener la ley?”, preguntó la experta Essadia Belmir 
Edgar López

La resolución del ministro de la Defensa, Vladimir Padrino López, que autoriza el uso de armas potencialmente mortales como recurso extremo para el control de manifestaciones y reuniones públicas constituye “una orden expresa mediante la cual se crean las condiciones para la violación sistemática de derechos humanos en Venezuela”, advirtió el coordinador general de Provea, Rafael Uzcátegui.
El activista considera que la nueva normativa es la más grave iniciativa gubernamental en el desarrollo de la criminalización de la protesta, la militarización de todos los ámbitos de la sociedad y la instauración de un Estado policial.
No duda en afirmar que la profundización de la crisis económica, la proximidad del primer aniversario de los sucesos del 12 de febrero de 2014, así como “el fantasma de El Caracazo”, fundamentan la intención represora del gobierno. “Todo ello al margen de la Constitución, pues la carta magna prohíbe el uso de armas de fuego y sustancias tóxicas en el control de manifestaciones pacíficas, y solo admite la intervención de la Guardia Nacional cuando las autoridades civiles y las policías hayan sido rebasadas por la violencia”, dijo y destacó que la intención es incorporar a todos los componentes de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana. “A través de normas ambiguas e imprecisas, que dan cabida a interpretaciones peligrosas, Padrino López ha decretado un estado de excepción”, añadió Uzcátegui.
Del Caracazo al 23 de enero. El coordinador de Provea dijo que los costos de la intervención de militares en el control de manifestaciones y reuniones públicas se contabilizaron en personas muertas durante los sucesos del 27 de febrero de 1989. Desde su punto de vista, el gobierno hace caso omiso de lo establecido por la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en el caso del Caracazo: “El Estado debe garantizar que, de ser necesario emplear medios físicos para enfrentar las situaciones de perturbación del orden público, los miembros de sus cuerpos armados y de sus organismos de seguridad utilizarán únicamente los que sean indispensables para controlar esas situaciones de manera racional y proporcionada, y con respeto a los derechos a la vida y a la integridad personal”.
En el artículo 14 se establecen procedimientos y actuaciones previas al despliegue de militares que intervendrán en las manifestaciones y reuniones pacíficas. Uzcátegui señaló que las experiencias más recientes indican que el oficialismo puede calificar de violenta una protesta antes de que se lleve a cabo, como hizo el alcalde de Libertador, Jorge Rodríguez, respecto de la marcha convocada por la oposición para el 23 de enero.
La intencionalidad política. Rocío San Miguel, directora de Control Ciudadano, considera que la resolución 008610 constituye un reconocimiento de los excesos cometidos por los cuerpos de seguridad durante las protestas del año pasado, pero al mismo tiempo emergen como una amenaza ante el previsible aumento de la conflictividad social en 2015.
“La resolución incluye previsiones de equipamiento, formación e incluso de supervisión periódica de unidades élites que desvirtúan la función esencial de las fuerzas armadas. Hay que retomar el espíritu del constituyente cuando apartó a los militares del control del orden público”, insiste San Miguel.
Opina que la resolución tiene aspectos positivos como la referencia al uso progresivo y proporcional de la fuerza, la desagregación del debido proceso y la intervención de la Defensoría del Pueblo y del Ministerio Público. Sin embargo, destaca que tiene un déficit de mecanismos de control democráticos y existe el riesgo de que la intervención de militares en el control del orden público se convierta en la regla en vez de una excepción.
4 correctivos
Rocío San Miguel propone cuatro correctivos:
1|) Prescindir del uso mortal de la fuerza, pues ello solo corresponde a  conflictos armados. En ese sentido es necesario reformular el contenido del numeral 7 del artículo 22 de la resolución, el cual permite “la violencia mortal”, definida como una situación de riesgo. Es necesario señalar en forma específica que ello solo podría ser procedente cuando esté en peligro la vida del funcionario.
2) Prohibir en forma absoluta las detenciones arbitrarias, en vez de señalar que se deben evitar. Se trata de un delito.
3) Garantizar la plena identificación de cada uno de los militares que intervienen en cada operación para evitar la impunidad. No basta indicar número y grado de jerarquía.
4) Incorporar mecanismos de control previos y posteriores, por ejemplo, a través de la Comisión de Defensa de la Asamblea Nacional.

lunes, 2 de septiembre de 2013

DESCOMUNALISMO

EL NACIONAL - Lunes 02 de Septiembre de 2013     Nación/2
El foro del lunes
JESÚS MARÍA CASAL Advierte riesgo de que el Gobierno legitime el socialismo El jurista considera que el Estado comunal se fundamenta en el clientelismo y está concebido para una mayor concentración del poder en manos del presidente de la República
No hace falta una Constituyente sino cumplir la Constitución
Ficha técnica
DIRECTOR DEL INSTITUTO DE INVESTIGACIONES JURÍDICAS DE LA UCAB EX DECANO DE LA FACULTAD DE DERECHO DE LA UCAB ASESOR DE LA MUD EN MATERIA DE INSTITUCIONALIDAD
EDGAR LÓPEZ

Con el Estado comunal no se pretende eliminar gobernaciones y alcaldías, sino de infiltrarlos para restarles autonomía funcional
El jurista Jesús María Casal aceptó la convocatoria que le hizo la Mesa de la Unidad Democrática para ordenar el debate sobre la necesidad de recuperar la institucionalidad democrática consagrada en la Constitución, en el entendido de que los contrapesos se han debilitado progresivamente durante los 14 años de gobierno chavista.
Evalúa con escepticismo la propuesta de convocar una Asamblea Nacional Constituyente, surgida paralelamente en la oposición y el oficialismo. Considera que no están dadas las condiciones para elaborar una nueva carta magna que sea el resultado de un debate suficientemente plural. Teme que se impongan los cambios que se promovieron con la fallida reforma constitucional y que, en definitiva, la imposición del socialismo como forma de gobierno conduzca a una mayor concentración del poder en manos del Presidente de la República.
--¿Para qué le serviría al Gobierno una Asamblea Nacional Constituyente? --Una Constituyente promovida por el Gobierno estaría dirigida a eliminar o, al menos, a flexibilizar los principios de pluralidad política y federalismo. Quizás insistan en las propuestas que fueron rechazadas en 2007 sobre la nueva geometría del poder.
Probablemente intenten la constitucionalización del socialismo, lo cual socavaría la esencia de la democracia. No sería una reforma para más estado de derecho, sino para más poder para el Ejecutivo.
No hace falta una Constituyente sino cumplir con la Constitución. El estricto respeto a la carta magna es imprescindible en democracia.
La necesidad fundamental, lo más urgente e importante es recuperar la institucionalidad: designar nuevos magistrados del Tribunal Supremo de Justicia, rectores del Consejo Nacional Electoral y el contralor general de la República, mediante los procedimientos participativos y plurales establecidos en la Constitución.
Es imprescindible corregir los vicios en la integración de los comités de postulaciones para elegir a las autoridades de los órganos de los poderes públicos que, en la práctica, han implicado la sustitución de diversos representantes de la sociedad civil por diputados del oficialismo. Que la Asamblea Nacional sea un espacio de deliberación plural y no para sorprender y aniquilar al adversario político, mediante el relajamiento del Reglamento Interior y de Debates.
--¿Y para qué le serviría una Constituyente a la oposición? --Desde la oposición se plantea la posibilidad de elaborar una nueva Constitución con el objetivo de excluir al chavismo del ejercicio del poder. En ese sentido, la Constituyente puede degenerar en una nueva hegemonía. El reordenamiento de las instituciones no puede ser para colocarlas al servicio de los gobernantes de turno, sino para que funcionen como árbitros imparciales en la resolución de conflictos. No puede usarse la Constituyente para que una mitad del país niegue a la otra.
--¿Es posible que la oposición tenga presencia determinante en una eventual Constituyente? --Para que se logre el saneamiento institucional del país, deben estar garantizadas varias condiciones previas que comienzan por la definición y respeto de las reglas del juego para elegir a sus integrantes.
Recordemos lo que ocurrió en 1999, cuando se diseñó un sistema electoral que condujo a la hegemonía oficialista casi absoluta en la Constituyente, a pesar de que los representantes de la oposición obtuvieron casi 40% de los votos.
Recordemos estrategias como el llamado Kino. Si el oficialismo impone las reglas, la Constituyente va a causar mayores problemas en términos de institucionalidad.
--El Estado comunal avanza sin esperar reformas constitucionales.
--La idea oficialista del Estado comunal es que las competencias deben volver a manos del pueblo, porque se asume que están usurpadas por las gobernaciones y alcaldías. Pero, en verdad, más que empoderamiento popular, todo queda en manos del Poder Ejecutivo. La participación ciudadana en los asuntos públicos debe ser libre, a través de instancias verdaderamente autónomas que no compitan con las reglas democráticas ni con el Estado federal. Muchas de las normas establecidas en las leyes del Poder Popular están reñidas con los principios democráticos en materia de descentralización. La dirección de todo este proceso está determinada por la asignación de recursos mediante prácticas clientelares. Con el Estado comunal no se pretende eliminar gobernaciones y alcaldías, sino infiltrarlos para restarles autonomía funcional. Se trata de insertar a los estados y municipios en una red de gobierno que dependa del poder central. A los fines de mejorar la calidad de vida de la gente, lo ideológico no puede ser lo más determinante, pues de lo contrario se incurre en discriminación.
--¿Cuál es el alcance de la creación las Regiones Estratégicas de Desarrollo Integral? --Son instancias cuyas autoridades son directamente designadas por el Presidente de la República y, por lo tanto, carecen de sustento democrático en términos de elección popular y revocatoria de mandatos. En el llamado Plan de la Patria se retoman ideas como la creación de Distritos Motores de Desarrollo, incluidos en la fallida reforma constitucional, y que, en la práctica, conducen a la recentralización de toda la administración pública
--¿Qué hay de malo en transferirle poder a las comunidades organizadas? --El empoderamiento comunitario no está reñido con la Constitución, pero, en todo caso, debe garantizar los principios de pluralismo político y federalismo. Es inadmisible que la participación ciudadana que promueve el Gobierno esté reducida a la construcción del socialismo y que desconozca la organización del poder público en tres niveles: nacional, estadal y municipal.
Las organizaciones del Poder Popular no son autónomas.
Las comunas en construcción tienen déficit de legitimidad en la medida en que las instancias de representación, como el parlamento comunal, no están regidas por la elección a través del voto directo y la posibilidad de revocatoria de mandatos. Ejercerían competencias de gobiernos que sí fueron electos popularmente y están sometidas a revocatoria de mandatos.
El Estado comunal, como lo concibe el Gobierno, no es democrático.

domingo, 4 de agosto de 2013

¿CON QUÉ SE COME TODO ESTO?

EL NACIONAL - Domingo 04 de Agosto de 2013     Nación/4
El foro del domingo
LUIS MIQUILENA El ex presidente de la ANC insta a la oposición a canalizar el descontento
"Que la gente tome la calle y que la protesta se sienta"
Considera que las acciones judiciales contra el presidente editor de El Nacional, Miguel Henrique Otero, indican que no hay escrúpulos para golpear la libertad de prensa. Advierte que el Gobierno persigue a sus adversarios como en las dictaduras
Ficha personal
EX DIRIGENTE DEL PCV Y LUEGO DE URD
COFUNDADOR DEL MVR
EX PRESIDENTE DE LA ANC
EX MINISTRO DEL INTERIOR
EDGAR LÓPEZ

La diferencia con gobiernos anteriores es la socarronería de disfrazar la represión con una máscara legal, afirmó al recordar que enfrentó al régimen militar de Marcos Pérez Jiménez
Luis Miquilena, que fue uno de los hombres de mayor confianza de Hugo Chávez, habla de los chavistas con decepción: "Ya no son los mismos luchadores que fueron al principio. Y a falta de Chávez, apelan a la bayoneta de la Asamblea Nacional y del Poder Judicial".
Como presidente de la Asamblea Nacional Constituyente contribuyó a edificar la infraestructura jurídica del país y hoy lamenta que la Constitución y las leyes se hayan convertido en instrumentos de persecución política.
En medio de la crisis de abril de 2002 retiró su apoyo al Gobierno y desde entonces está en la acera de enfrente, como un crítico acérrimo. A los 94 años de edad está dispuesto a colocarse a la cabeza de una movilización nacional para detener los abusos gubernamentales y cita como los más recientes atropellos el allanamiento de la inmunidad parlamentaria del diputado opositor Richard Mardo y el congelamiento de las cuentas bancarias del presidente editor de El Nacional, Miguel Henrique Otero.
­¿Cuál es la trascendencia de la defenestración de Mardo? ­El Gobierno no le da tregua a la oposición en su política represiva contra las libertades ciudadanas. Y para eso necesita ir desbrozando su camino de adversarios. Tiene una lista de personas a quienes poco a poco lleva a la guillotina que tienen montada: un sistema judicial que está al servicio de la política electoral del Ejecutivo. El agravante en el caso de Richard Mardo es que, además, el Poder Legislativo, que también forma parte de la cadena represiva, ha llegado a la iniquidad miserable de violar la disposición constitucional para allanarle la inmunidad mediante una mayoría simple de los diputados de la Asamblea Nacional y no como lo manda la Constitución, es decir, con el voto de las dos terceras partes.
­¿Si todos los poderes públicos están controlados por el oficialismo, qué opciones quedan para enfrentar los abusos? ­Ese es el principal reto que tiene la oposición. Es necesaria la movilización nacional para canalizar el descontento de los que realizan protestas de todo tipo. Se debe emprender una lucha activa y sostenida para afrontar hechos como el allanamiento de Richard Mardo. Es necesario que la gente tome la calle y que la protesta se sienta. Por supuesto, con métodos absolutamente pacíficos. El pueblo en la calle es la única forma de detener los atropellos del Gobierno.
­¿El Gobierno está obligado a dialogar y negociar con sectores de la oposición o concentra poder suficiente para imponer su voluntad? ­El diálogo es intrínseco al sistema democrático. Esa necesidad de diálogo es mucho mayor cuando se trata de un gobierno como este, que tiene tantas limitaciones, tanta incapacidad para resolver los problemas de la gente. Pensemos en el alto costo de la vida, la escasez de alimentos y la inseguridad, como lo más relevante.
­¿Cuál es la diferencia de la lucha contra el adversario político en relación con gobiernos anteriores? ­A mí me tocó participar en la resistencia contra la dictadura, y la persecución política desarrollada en los últimos años es propia de una dictadura: la acción represiva directa contra el adversario. La diferencia con gobiernos anteriores es la socarronería de disfrazar la represión con una máscara legal.
­El argumento del Gobierno en el caso de Mardo es que se está luchando contra la corrupción. ­Es una burla afirmar que se está luchando contra la corrupción mientras funcionarios de diversa jerarquía se han enriquecido impúdicamente en perjuicio del patrimonio público. ¿Qué pasó con las denuncias de corrupción contra el actual presidente de la Asamblea Nacional cuando fue gobernador del estado Miranda? La lista inmensa de irregularidades que fueron descubiertas permanece impune. Ningún fiscal ni juez se atreve a hacer la más mínima investigación sobre esos casos.
­¿Qué opinión le merece la conducción de la Asamblea Nacional por Diosdado Cabello? ­Este caballero que la dirige es un patán. No tiene ningún sentido de parlamentario. Es deleznable como maneja la Asamblea Nacional.
­¿Cómo evalúa los primeros 100 días de gobierno de Nicolás Maduro? ¿Se ha fortalecido? ¿Se ha debilitado? ­El pobre de Nicolás Maduro no sabe qué hacer con el gobierno, como aquel minero que se encontró una inmensa piedra de oro y que de la noche a la mañana se convirtió en un potentado.
Por decisión del que él llama su padre, Maduro apareció como presidente de la república sin tener las más mínimas condiciones para ejercer ese cargo. Pretende imitar a Chávez, pero lo hace de una forma tan burda que termina convertido en una verdadera caricatura. Si tuviera un poquito de sentido común, hubiera procurado que alguien colaborara con él para resolver los problemas más apremiantes.
­¿Cómo podría superar Maduro los cuestionamientos a su legitimidad derivados de su negativa a hacer un recuento de votos? ­La legitimidad de un gobernante está en proporción directa a su capacidad de resolver los problemas del país.
Los problemas no se resuelven con populismo ni con represión. Tienen que usar la cabeza y ello implica entenderse con todos los sectores involucrados en cada caso.
­¿Maduro es autónomo en sus decisiones o su gobierno está tutelado? ¿Quién o quiénes serían esos tutores? ­Maduro está gobernando bajo el peso de un complejo muy serio porque quiere imitar al amo, y eso ya lo hace dependiente. En segundo lugar, su poca capacidad para gobernar también lo hace dependiente. Yo no sé a quién consulta, pero los resultados no son los mejores.
­A instancias de la Fiscalía, un tribunal ordenó el congelamiento de las cuentas bancarias de Miguel Henrique Otero. El afectado asegura que es un mecanismo de censura y el Gobierno, que se trata de una querella privada. ¿Qué opina usted? ­Lo de Miguel Henrique es un ejemplo de como esta gente usa todos los elementos que tiene a su alcance para atacar lo que ellos consideran más venenoso, como lo consideran todos los que actúan como aprendices de déspotas.
Estamos hablando del ataque a la libertad de prensa. La extensión de una acción privada contra Miguel Henrique a un proceso penal revela que no hay escrúpulos para golpear la libertad de prensa. Lo que ocurre es que El Nacional trasciende a Miguel Henrique.
El Nacional es una institución, es una parte de la historia de Venezuela que quieren atacar con chapucerías.
­Chávez cerró la televisora más antigua de Venezuela: RCTV. ¿Hasta dónde puede llegar Maduro? ­Aquí nada va a ser gratis. El Gobierno está en plan agresivo para cercenar las libertades democráticas progresivamente. Todo va a depender de cómo nos organicemos, y yo me incluyo en esa organización para desarrollar una lucha sostenida por las libertades.
­¿Las medidas contra los medios pueden acarrear costos políticos para el Gobierno? ­Yo creo que si queda un poco de raciocinio, el Gobierno debe recordar que después del cierre de RCTV tuvo su primer revés electoral, con el rechazo mayoritario a la reforma de la Constitución. Si siguen en ese camino, cabe aquello de que los dioses ciegan a los que se quieren perder.

domingo, 28 de abril de 2013

¿QUÉ NOS PASA? (1)

EL NACIONAL - Domingo 28 de Abril de 2013     Nación/4
El foro del domingo
LUIS UGALDE El Gobierno puede pagar un alto costo político por amenazar a empleados públicos
"Maduro comienza muy mal al perseguir a los disidentes"
El ex rector de la UCAB no cree en la sinceridad del Presidente de la República cuando dice que está dispuesto a dialogar hasta con el demonio.
"Es totalitario el régimen en el que no puedes disentir en libertad", afirma
EDGAR LÓPEZ

El sacerdote jesuita Luis Ugalde recomienda ver el video (colgado en Youtube) en el que aparece el ministro de Vivienda, Ricardo Molina, capturado in fraganti cuando amenazaba con botar a los empleados públicos que estén en contra del Gobierno.
Y seguidamente ­continúa la sugerencia­ ver la película La vida de los otros, del director alemán Florian Henckel von Donnersmarck, que recrea la infeliz existencia de un agente de la policía secreta encargado de espiar a un escritor no alineado con el régimen totalitario que imperaba en Alemania Oriental en 1984.
Ugalde recuerda que después de la Segunda Guerra Mundial hubo elecciones abiertas en Checoslovaquia, ganó el Partido Comunista y en poco tiempo no había ni un solo disidente en libertad. ¿Similitudes con la situación actual en Venezuela? "Es totalitario el régimen en el que no se puede disentir en libertad", responde el ex rector de la Universidad Católica Andrés Bello.
--Hasta el papa Francisco se ha hecho eco de lo que sucede en Venezuela. ¿Es tan grave la situación? --El Papa, la Internacional Socialista y muchos gobiernos del mundo nos han advertido que se trata de una emergencia muy grave. Nos dicen que tenemos que convencernos que de aquí en adelante la forma de hacer política no puede ser igual. Y ese mensaje va dirigido principalmente al Gobierno.
--En respuesta, vía Twitter, Maduro dijo que rechaza la intolerancia, como si el Gobierno nada tuviera que ver con eso. --Hay muchas cosas que se dicen de la boca para fuera.
Maduro, en ese momento, citó a san Francisco de Asís: "Hazme instrumento de tu paz. Donde haya odio, yo pongo amor". Pero lo dice ligeramente. Lo mismo que cuando dice que sería capaz de dialogar hasta con el demonio. El diálogo debe ser sincero, de lo contrario Venezuela no tiene salida. No se trata de eslóganes, como ese de la revolución dentro de la revolución, que no reflejan lo que está pasando: que la inflación va a ser mayor a lo largo del año por el déficit fiscal y porque no alcanzan los dólares para importar; que la producción dentro del país ha bajado dramáticamente; que hay que diversificar la economía porque 94% de las exportaciones es petrolera; que hace falta empleo calificado, bien remunerado, estable y con seguridad social; que al ser importadores estamos generando empleo en otros países pero no en Venezuela y tenemos a la mitad de los trabajadores del país como vendedores ambulantes.
--Las autoridades del Poder Electoral y del Poder Judicial han adelantado que el recuento de votos es un imposible y que no van a variar los resultados oficiales que ratificaron a Nicolás Maduro como Presidente de la República. --Ni la presidenta del Tribunal Supremo de Justicia ni algunas de las rectoras del CNE que han salido a declarar han entendido la gravedad de la situación. Y le hacen muy mal favor a un gobierno que muestra sus debilidades y ya no cuenta con su gran líder.
La auditoría que se prometió es algo que ayudaría a recuperar la credibilidad del ente comicial, que bien le viene, así como la tranquilidad de la población. Procede cuando hay duda razonable y, en esta oportunidad, las dudas son más que razonables. El Gobierno no imaginó que una inmensa mayoría de los ciudadanos, incluidos chavistas, quieren que se aclare todo.
¿Qué pasa? Si tú un día dices sí, al siguiente dices no y luego que la auditoría no servirá de nada, la gente supone con razón que algo esconden. Se decida lo que se decida en la auditoría, es obvio que ha habido un empate, y que sin todas estas coacciones, la oposición tiene más votos que el Gobierno. Sin todo el ventajismo y el uso abusivo de los recursos del Estado, el Gobierno pierde.
--¿El acoso a empleados públicos puede conducir a una nueva lista Tascón? --Todo venezolano demócrata tiene que solidarizarse con el amenazado. Con la lista Tascón hay diferencias, porque se trataba de un referéndum que ameritaba la firma de los electores que lo respaldaban.
Era muy fácil identificarlos.
Pero en este momento no.
Por ejemplo, el Gobierno no sabe por quién votó el padre Ugalde. Y no tiene modo de saberlo. Pero si los militantes del PSUV se convierten en lo que vulgarmente se llaman "sapos", se pueden ir haciendo listas. Eso es totalmente inaceptable en democracia.
--El ministro Molina fue ratificado en su cargo por Maduro. --Han debido destituirlo, porque está admitiendo la violación de la Constitución. Maduro comienza muy mal al perseguir a los disidentes.
--¿Basta la solidaridad o hay algo más específico que hacer a favor de los amenazados? --Hay que organizar equipos de abogados laborales dispuestos a defender a cualquiera que sea víctima de amenazas y que se entere todo el mundo. Aunque ellos manejan los tribunales, que el Gobierno sienta que el costo político de las amenazas es tan alto que se vea obligado a recapacitar.
--¿Está promoviendo una suerte de contraloría social? --Contraloría social y defensa de los derechos humanos. Hay una Defensoría del Pueblo que se debería estar ocupando de estos casos de persecución por razones políticas. Pero todos los venezolanos debemos defender los derechos humanos de todos y todas.
--¿Cómo evalúa usted la actuación de la defensora del pueblo? --Yo no pretendo evaluar a la defensora del pueblo. Lo que sí es claro es que ni el Tribunal Supremo, ni la Defensoría del Pueblo, ni el Consejo Nacional Electoral, ni la Asamblea Nacional pueden estar a la orden del Ejecutivo. Eso es contrario a la Constitución. Que la defensora del pueblo abogue por un chavista, perfecto. Pero si la víctima de abuso no es del oficialismo también tiene el deber de defenderlo.
--¿Qué opina de la censura impuesta por Diosdado Cabello a los diputados de oposición que no reconocen el triunfo de Maduro? --Un hecho como este cau saría un escándalo en cualquier país del mundo, excepto Cuba, Zimbabue y Corea del Norte. El presidente de la Asamblea Nacional no es dueño de la palabra. No le puede negar el derecho de palabra a los representantes de miles de personas que los eligieron.
Y lo dijo en un tono que solamente un enemigo del régimen lo podría hacer, porque lo desprestigia tremendamente. Esas son cosas típicas del fascismo, de lo que hacen los regímenes totalitarios con el que piensa distinto.
--¿Por qué usted afirma que el Gobierno ha sembrado el miedo en forma sistemática? --El miedo político está en todos los ambientes. Miedo en la administración pública, que tiene dos millones y medio de empleados que temen que los boten del trabajo. Un miedo que se extiende a sus familiares. El miedo de los beneficiarios de las misiones que entienden que se tratan de regalos del Gobierno y no de derechos constitucionales.
Yo conozco personas que acaban de recibir una vivienda y me cuentan que hay días que no van al trabajo porque están obligados a participar en actos de proselitismo político organizados por el PSUV. Que están obligados a inscribirse en el partido de gobierno. El responsable de esa siembra es el que dice sistemáticamente: los que están conmigo son patriotas venezolanos y los que no están conmigo son traidores, vendidos al imperio.
Ilustración: Tadeusz Trepkowski.

domingo, 10 de febrero de 2013

EL FRAUDE ESTADÍSTICO

EL NACIONAL - Domingo 10 de Febrero de 2013     Nación/3
INFORME ANUAL No se precisa cuántas personas fueron acusadas en 2012
Fiscalía esconde indicadores de delincuencia e impunidad
Los analistas Mercedes de Freitas, Carlos Correa, Rafael Uzcátegui y Magaly Vásquez advierten que la falta de transparencia perjudica la defensa de los derechos humanos y la contraloría social
EDGAR LÓPEZ

Sin explicación alguna de parte de la fiscal general de la República, Luisa Ortega Díaz, el Informe Anual del Ministerio Público correspondiente a 2012 que presentó la semana pasada ante la Asamblea Nacional excluye un dato trascendental: cuántas investigaciones penales permitieron recabar suficientes pruebas sobre la comisión de delito y acusar a los responsables.
Es la primera vez que se omiten los datos específicos para determinar la eficiencia de la Fiscalía en el combate de la delincuencia, así como los niveles de impunidad.
En el mismo Informe Anual se razona que "la eficacia y eficiencia de los fiscales del Ministerio Público no sólo se mide por la cantidad de diligencias de investigación, actuaciones judiciales y producción de actos conclusivos sino por la calidad de esos actos".
Sin embargo, en cuanto a la gestión fiscal del año pasado sólo se ofrece una cifra global sobre el número de actos conclusivos: 538.591.
Hay tres tipos de actos conclusivos: la acusación, que es el resultado de una efectiva investigación en términos de individualización de responsabilidades y acopio de pruebas; el sobreseimiento, cuando se determina que los hechos investigados no constituyen delitos o es imposible sancionarlos; y archivo fiscal, en caso de que persista la presunción de violación de la ley, pero no se haya confirmado en los lapsos establecidos.
El número de acusaciones permite disponer de un indicador oficial sobre el cabal cumplimiento del principal objetivo del Ministerio Público: sancionar el crimen. Si no existe tal indicador, se dificulta la evaluación y medición de la delincuencia y la impunidad.
Mercedes de Freitas, de Transparencia Venezuela, Carlos Correa, de Espacio Público, Rafael Uzcátegui, de Provea y Magaly Vásquez, de la Universidad Católica Andrés Bello, identifican como dos de las más graves consecuencias de la opacidad del informe anual de la Fiscalía el debilitamiento de la defensa de los derechos humanos en Venezuela y de la contraloría social sobre la gestión de los organismos del Estado.
¿Por qué el secretismo? "Esconder los datos sobre la justicia es un acto de injusticia que contribuye a la impunidad", afirma De Freitas, quien destaca como otro efecto negativo el incremento de la desconfianza de los ciudadanos en las instituciones encargadas de garantizar su seguridad y el sentimiento de indefensión frente al auge delictivo en el país.
Cuando se oculta información sobre la gestión de un organismo público, razona, surge la presunción de que los resultados no son positivos: "De lo contrario, no habría problema sino mucho interés en divulgarlos. Como el niño que obtiene 20 puntos en la escuela y sale corriendo a enseñarle la boleta a su mamá. Lo grave es que en este caso se trata de ocultar qué hace o deja de hacer el Estado para evitar la muerte de personas a manos del hampa, las violaciones de derechos humanos, la corrupción, el narcotráfico".
En efecto, entre las estadísticas incluidas en el Informe Anual del Ministerio Público son especialmente importantes las referida a delitos comunes, abusos de autoridad, salvaguarda del patrimonio público y delincuencia organizada.
La revisión de los diez informes anuales más recientes (disponibles en la página web del Ministerio Público) indica que durante la gestión de Isaías Rodríguez la Fiscalía fue generosa en el suministro de información estadística, incluso en caso de que evidenciara un retroceso en la lucha contra la criminalidad. En los informes se incluían cuadros comparativos de resultados de la gestión fiscal durante varios años a fin de establecer tendencias.
A partir de 2008, desde que la Fiscalía está regida por Luisa Ortega, el énfasis se hace en los avances logrados. En ese año hubo un primer déficit en el reporte de la Dirección contra las Drogas pues no se especificaron números de acusaciones, sobreseimientos ni archivos fiscales: "Fueron presentados 15.368 actos conclusivos en materia de drogas, superando la meta proyectada en 0,35 %".
Derechos amenazados. Correa asegura que la violación del derecho de acceso a la información pública conduce a la violación de otros derechos.
Advierte que se trata de una tendencia generalizada en la administración pública que contrasta con el discurso oficialista, a favor de la contraloría social.
"Si no se conoce la situación del derecho a la justicia en Venezuela, los ciudadanos no podrán contribuir a detectar los problemas y aportar soluciones. Las limitaciones a la participación ciudadana en el control del sistema judicial también perjudican las iniciativas de la sociedad civil en la promoción y defensa de todos los derechos humanos. Se dificulta la elaboración de diagnósticos y la formulación de propuestas. En todo caso, los problemas asociados a la delincuencia y la impunidad no se resuelven escondiendo las estadísticas oficiales", afirma el director de Espacio Público.
Uzcátegui señala que, además de una negativa generalizada a rendir cuentas, en muchos casos hay desorden e inconsistencias que dificultan la incidencia de las ONG en la formulación y monitoreo de políticas públicas.
Indica que hay otro fenómeno: la electoralización de la información pública. "En coyunturas electorales los organismos del Estado son más reacios a suministrar información sobre su desempeño, pues existe el temor de que ello sea utilizado como prueba de ineficiencia gubernamental por los dirigentes de oposición".
Correa acota que ello se suma a la jurisprudencia regresiva establecida por el Tribunal Supremo de Justicia, que ha impuesto como requisito para solicitar y obtener información pública la indicación del uso que se le dará.
Académicos y víctimas. Vásquez señala que la negativa de la Fiscalía a precisar datos sobre su gestión viola el principio de transparencia establecido expresamente en la ley que rige la institución: "Las investigaciones académicas requieren datos confiables. Si no hay precisión sobre acusaciones, sobreseimientos y archivos fiscales no podríamos, por ejemplo, indagar sobre las causas del retardo procesal".
Advierte que la opacidad del informe fiscal no sólo afecta a los investigadores académicos: "Las víctimas de la delincuencia también quedan sin insumos para reclamar justicia".

domingo, 17 de junio de 2012

PROCESABILIDAD PENAL

NOTITARDE, Valencia, 17 de Junio de 2012
Desayuno en la Redacción
José Gregorio Jaén
Los abogados penalistas Alfonzo Granadillo y Antonio Marval coinciden que la modificación de esta ley no ataca el problema judicial a fondo y lo que busca es amoldar la justicia para la persecución
Reforma del Copp es inconstitucional y un retroceso jurídico para el país.
Durante la celebración del Consejo de Ministros número 825, celebrado el pasado 12 de junio en el Palacio de Miraflores en Caracas, fue aprobada la reforma al Código Orgánico Procesal Penal (Copp), en donde hasta ahora se establecen ciertos cambios que para algunos expertos están al margen de la Constitución de 1999.

Una séptima reforma, en 13 años, que para algunos profesionales del derecho no ataca el problema de fondo y, para nada, viene a solventar el retardo procesal que caracteriza el poder judicial venezolano.
Para conversar del tema, fueron invitados al Desayuno en la Redacción los abogados penalistas Alfonzo Granadillo y Antonio Marval, quienes coincidieron en la inconstitucionalidad de esta reforma y el daño que hace a la libertad de la ciudadanía.
Los profesionales del derecho, fueron recibidos por Ricardo J. Degwitz, presidente del grupo Editorial Notitarde; Laurentzi Odriozola Echegaray, director del diario; Margarita Jiménez Márquez, miembro de la junta directiva; María Inés Ferrero, gerente de Relaciones Institucionales; María Mercedes Chacín, editora de Ciudad; Daniela Chirinos Arrieta, editora de Cultura; y quien suscribe, José Gregorio Jaén.
Al conversar sobre los cambios realizados al Copp, estos abogados expertos en la materia penal recuerdan sobre el origen del estamento legal que hace 14 años dejó a un lado el Código de Enjuiciamiento Criminal, en donde el abogado era prácticamente "un gestor", quien en procesos penales solo se encargaba de realizar escritos a favor de sus defendidos. Con la entrada en vigencia del Código Orgánico Procesal Penal, se les da a los profesionales del derecho la oportunidad al litigio y a la realización de audiencias orales, que permite una mayor acción a la hora de un juicio.
A pesar de que el código vigente fue elaborado en el año 1998, el abogado Antonio Marval considera que el debate con los diferentes factores de la sociedad, involucrados en el proceso penal, contribuyó a la creación de un instrumento legal adaptado a los preceptos internacionales.
"En esa oportunidad los legisladores viajaron hasta Alemania para aprender sobre el proceso penal en ese país y adaptarla a la realidad venezolana, es tanto así que pese a que el Código Orgánico Procesal Penal fue elaborado antes que la actual Constitución, se adapta a la letra establecida en la Carta Magna", refirió Marval.
Reforma inconstitucional
La aprobación de la reforma, valiéndose de una Ley Habilitante, otorgada por la anterior Asamblea Nacional al Ejecutivo para legislar ante la emergencia por las lluvias, es para estos abogados la principal característica que revela la inconstitucionalidad de los cambios, sin dejar a un lado que por tratarse de una Ley Orgánica, es "materia de reserva legal del legislativo", por lo tanto cualquier modificación debe ser discutida y aprobada en la Asamblea Nacional.
Para Alfonzo Granadillo, quien es experto en la materia y además vicepresidente del Colegio de Abogados de Carabobo, los cambios –que hasta ahora se conocen-, violan preceptos establecidos en la Carta Magna y se pudiera estar incurriendo en una "usurpación de funciones", por parte del Poder Ejecutivo, considera que además de ser una facultad del Parlamento Nacional, los cambios debieron ser consultados con los integrantes del Poder Judicial, incluyendo a los abogados litigantes, la academia, entre otros.
Sistema inquisitivo
Los juristas aseguran que con esta reforma se retrocede al sistema inquisitivo que se establecía en el Código de Enjuiciamiento Criminal, estamento legal que regía la materia penal antes de la entrada de vigencia del Copp, en donde prevalecía lo escrito y en la actualidad existe un sistema mixto entre lo oral y lo escrito, donde prevalece la oralidad.
Antonio Marval detalló que con la entrada en vigencia del actual código, se garantizan los derechos humanos de los ciudadanos que están incursos en cualquier conflicto legal.
"Anteriormente en el Código de Enjuiciamiento Criminal, la libertad estaba en manos del Cuerpo Técnico de Policía Judicial, quien podía detener a cualquier personas, estaba a su cargo durante ocho días y ochos días más a la orden de los tribunales, prácticamente la libertad estaba en manos de la PTJ, ahora no, las causas para ser detenido tienen que ser mediante orden judicial o en flagrancia", explicó el abogado penalista.
La reforma del Código Orgánico Procesal Penal vía habilitante
De los 270 artículos del Código Orgánico Procesal Penal (Copp), que fueron reformados vía habilitante, es poco lo que se conoce hasta ahora, los aspectos relacionados con la eliminación de escabinos, la creación de tribunales municipales y la incautación de bienes a personas que sean catalogadas como fugados son, para Granadillo y Marval, aspectos que violan la Constitución Nacional, debido a que se deja a un lado el principio fundamental de la presunción de inocencia, el derecho al debido proceso y la participación ciudadana en el proceso judicial.
De la participación de los escabinos
Según la División Ejecutiva de la Magistratura (DEM), los escabinos son personas a quienes la legislación procesal penal venezolana ha permitido participar protagónicamente en los juicios orales; a través del ejercicio de un derecho que al mismo tiempo es un deber de carácter público y personal, los define como "los jueces del pueblo y a ellos corresponde decidir la culpabilidad o inculpabilidad de las personas acusadas de cometer hechos tipificados como delitos en la ley penal" y su participación en los procesos judiciales es fundamental para la constitución de un tribunal mixto conformado por un juez profesional y dos ciudadanos de la comunidad que no deben ser abogados, a quienes corresponde conocer de delitos cuya pena sea mayor de cuatro años.
En la reforma aprobada en el Consejo de Ministros 825, se elimina la figura de los escabinos alegando que con esta medida habrá mayor celeridad procesal, situación que para el vicepresidente del Colegio de Abogados de Carabobo, Alfonzo Granadillo contraría el artículo 253 de la Constitución Nacional.
"Aunque no esta tácitamente escrito en el artículo 253 de la Constitución vigente, se establece la participación de los ciudadanos en el sistema de justicia y la presencia de los escabinos es precisamente en atención a este artículo", resaltó Granadillo.
Por su parte, el abogado Marval explicó que cuando la constitución de estos tribunales mixtos, permite una mayor imparcialidad en los procesos penales "porque la decisión de un escabino, puede subsanar un error del juez y garantizarle la libertad a un inocente".
Uno de los casos más significativos, en donde resaltó la importancia de los escabinos, fue el juicio contra el actual diputado a la Asamblea Nacional, Biagio Pillieri, en donde los llamados "jueces del pueblo" determinaron su inocencia y pese a que la decisión de la juez era contraria a la de los escabinos, prevaleció la inocencia del imputado.
"Si los escabinos dicen que es inocente y el juez culpable, el imputado debe ser declarado inocente, ése es el deber ser", indicó Antonio Marval.
Sobre los alegatos expuestos para eliminar esta figura, en donde se habla de la ausencia de los escabinos en muchos procesos, Marval indicó que se da en un bajo porcentaje y -precisó- que esto se debe a que la data utilizada para la selección de estos jueces ciudadanos se realiza mediante la data del Consejo Nacional Electoral, que -a su juicio- no está actualizada y -en muchos casos- es "imposible" ubicar a los seleccionados.
Para subsanar este problema, el experto considera que pudiera ser utilizada otra data, como la manejada por la Superintendencia de Bancos, que posee datos más precisos y actualizados de la ciudadanía.
"La experiencia nos indica que las personas que participan en un juicio como escabino, siempre preguntan cómo hacen para participar en otro acto judicial, aquí el que ha fallado es el Estado que no ha hecho una campaña de información", resaltó Marval.
Contradicciones con audiencias en ausencia de los imputados
En cuanto a la posibilidad de realizar audiencias en ausencia de los imputados, anunciada en un principio por la procuradora Cilia Flores y luego desmentido por la presidenta del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), Luisa Estella Morales, es para el abogado Antonio Marval una clara muestra de la improvisación en cuanto a la reforma.
"La procuradora dice una cosa, luego la Presidenta del TSJ otras, estas contradicciones lo que evidencian es la improvisación en cuanto a la reforma que hasta ahora se desconocen mayores detalles".
Marval considera que el desmentido de la magistrada Morales, se debe a que evaluaron que de darse esa posibilidad, se hubiese violado el derecho a ser oído a los imputados y, por lo tanto, decidieron rectificar antes de hacer pública la reforma al estamento legal, que según los anuncios hechos por voceros gubernamentales, hasta hora no se tiene claro cuándo entrará en vigencia y que al parecer, se hará progresivamente, según lo declarado en días pasados por la ministra de Asuntos Penitenciarios, Iris Valera.
De la incautación de bienes a los indiciados en situación de fuga
En las declaraciones ofrecidas por parte de representantes del alto Gobierno, se ha dejado ver pocos aspectos de la reforma, la incautación de bienes para aquellas personas que están en fuga o por alguna razón no hagan frente al proceso judicial, es otro de los puntos que genera diatriba en los profesionales del derecho.
Alfonzo Granadillo considera que al poner en práctica esta medida se estarían violentando principios constitucionales como la presunción de inocencia, el derecho al debido proceso y el derecho a la defensa "porque se está condenando por anticipado a los indiciado".
Por su parte, Antonio Marval cataloga como -preocupante- que sea una medida definitiva y "se confisquen" las propiedades y bienes de los indiciados sin la celebración de un juicio, donde exista una sentencia definitivamente firme.
Al ser consultados sobre el tinte político de esta reforma, el Vicepresidente del Colegio de Abogados del estado Carabobo no duda en asegurar que lo que se busca con esta reforma es convertir el Código Orgánico Procesal Penal (Copp) en una herramienta persecutoria para la dirigencia política del país; mientras que Marval afirma que cuando se realizan cambios en una normativa que no garantice los derechos humanos de la ciudadanía, son características propias "de regímenes poco democráticos".
Los tribunales municipales
Sobre la propuesta de crear los tribunales penales municipales que atiendan los delitos cuyas penas sean menores a ochos años, ambos profesionales consideran que sería una opción para descongestionar el resto de los tribunales que en la actualidad están colapsados, pero que en la realidad es una medida difícil de ejecutar.
"No hay capacidad de infraestructura y personal para la creación de estos tribunales, aunque sería una buena idea, si vamos a la práctica la infraestructura física en la actualidad es insuficiente y con la creación de estas nuevas instancias judiciales se acentuaría aún más el hacinamiento existente", resaltó Antonio Marval.
Más de 70 por ciento de imputados esperan la audiencia preliminar
Los abogados Granadillo y Marval consideran que ciertamente el Copp debe irse adaptando a las realidades del país, pero ambos consideran que los cambios deben ser de fondo y que vayan en mejora del sistema judicial.
Alfonzo Granadillo explicó que el retardo procesal se presenta en la celebración de la audiencia preliminar y que el 70 por ciento de los casos penales aún no han cumplido esa fase.
Detalló que al momento de una persona ser aprehendida, dentro de las próximas 48 horas, luego de su detención, la Fiscalía del Ministerio Público debe presentarlos ante un tribunal de control para celebrar la audiencia especial de presentación de imputados, donde en la mayoría de los casos se acuerda la medida privativa de libertad.
Luego de este primer paso, la Fiscalía cuenta con 45 días continuos para realizar las debidas investigaciones y ante ese mismo tribunal de control debe realizarse la audiencia preliminar para decidir si existen suficientes elementos de convicción para ir a juicio y es allí donde se paraliza el proceso por múltiples razones.
"Los penales están llenos de personas que aún no se les ha celebrado la preliminar, más del 70 por ciento de los detenidos están en esa condición", dijo Granadillo.
Déficit de jueces en Carabobo
Otros de los aspectos que para estos juristas en materia penal deben ser atacados, para dejar a un lado el retardo procesal, es el incremento en el número de jueces, que en esta materia en la entidad carabobeña representa un déficit de 50 por ciento.
"En Carabobo hay un déficit de 50 por ciento de jueces en materia penal, para atender todas las causas existentes, los jueces se colapsan y en oportunidades son sometidos a jornadas inhumanas de hasta de 20 casos para evitar retrasos", dijo Antonio Marval.
Explicó que en la actualidad en la entidad existen 11 jueces de control, siete de juicio, cuatro de ejecución y dos salas de apelaciones, que son insuficientes para atender la demanda de casos que se registran en la entidad.
Deterioro del Palacio de Justicia de Valencia
Adicional al exceso de trabajo y al retardo procesal que se vive en el sistema judicial venezolano, estos dos juristas coincidieron en el nivel de deterioro que presenta el Palacio de Justicia de Valencia, que se suma a la lista de deficiencias que tiene la Justicia como un todo.
Según el abogado Granadillo, desde hace cuatro años el aire acondicionado no funciona, las salas de juicios son insuficientes, sin dejar a un lado que los trabajos de ampliación, que buscaban crear nuevos espacios, está paralizado.
El vicepresidente del Colegio de Abogados del estado Carabobo relató que en algunas salas de audiencia, los mismos jueces han tenido que poner de su dinero para la adquisición de aires acondicionados y mejorar las condiciones de trabajo en el lugar, otros como el penalista Antonio Marval han tenido que adquirir un pequeño ventilador de mano para aliviar el calor generado por las altas temperaturas en el interior de la sede judicial.
Ante la serie de irregularidades que para ellos se viene dando en el Sistema Judicial Venezolano, el vicepresidente del Colegio que los agrupa, Alfonzo Granadillo, reiteró el compromiso del gremio en defender los derechos fundamentales de los ciudadanos
"Los abogados siempre estaremos de frente para defender nuestros derechos y los de la colectividad, no permitiremos atropellos de parte de nadie", enfatizó Granadillo.
Esperan que el resto de los aspectos reformados cumplan la normativa legal vigente y sobre todo garanticen los principios fundamentales, establecidos en la Constitución Nacional vigente y en los tratados internacionales suscritos por el Estado venezolano.
Ventana
Daniela Chirinos Arrieta

Esperanza y fe en que todo mejorará
Pese a la situación jurídica del país, Antonio Marval Jiménez y Alfonzo Granadillo, ambos abogados penalistas en ejercicio y amantes confesos de la justicia, confían en que todo mejorará.
En ese sentido, Marval Jiménez sostiene que "las nuevas promociones de abogados, a las que hemos dado clases, tienen una visión distinta sobre la justicia y el bien común", por lo tanto "debemos tener fe en que Venezuela será un país en el que se respete el estado de derecho".
Granadillo, por su parte, considera que "llegará el 7 de octubre, pienso que sí hay una esperanza y un camino, pero los abogados debemos seguir perteneciendo al mundo del Derecho, y de ahí no podemos apartarnos".
La abogacía siempre estuvo presente en la vida de Marval Jiménez, pues por una parte "mi madre, Pura Jiménez de Marval, era abogada, amante de la justicia, sobre todo del derecho social, aunque siempre me criticó que me dedicara al área penal, porque era una rama muy fuerte del Derecho, aunque en esa época era muy distinta a lo que vivimos ahora". Su papá, Antonio Marval, era jubilado de la Marina Mercante y fue gerente del Colegio de Abogados regional por muchos años. Y uno de sus hijos estudia Derecho en la UC, y también está interesado en el área penal.
Se graduó en la UC en 1988, donde luego se especializó en Derecho Penal, hizo una maestría en Ciencias Penales y Criminológicas, y hoy día imparte clases de Derecho Penal, y en la UAM hace lo propio en la cátedra de Derecho Procesal Penal.
"Soy un amante de la justicia, y si vuelvo a nacer, sería abogado y experto en Criminalística y Derecho Penal otra vez", resalta Granadillo, quien tiene 15 años de ejercicio profesional, egresó de la UBA, realizó maestrías en la Unefa y el Instituto Universitario de Policía Científica, y tres de sus ocho hermanos también son abogados.
Desde muy joven se inició en la política, en el partido AD. "Era un dirigente estudiantil muy tremendo", confiesa. Esta actividad le llevó a ser Secretario de la Asamblea Legislativa de Carabobo, Secretario al Concejo Municipal de Valencia, y Secretario de la Junta Regional del CNE, entre otros cargos. En total son 25 años como funcionario público, "y no pretendo jubilarme todavía".
Marval Jiménez es valenciano, y su ocupación después del derecho es "bajar música y actualizar los I-pod de mis amigos con música de los '80". Esto no es casual, pues en esa década fue locutor y trabajó en Radio Latina como operador.
Granadillo confiesa que "accidentalmente" nació en Caracas, pues "a mi papá, Francisco Antonio Granadillo, lo estaba buscando la Seguridad Nacional, y mamá se fue embarazada a la capital, luego nos vinimos a Valencia, donde he desarrollado toda mi vida".
Ambos son seguidores del Magallanes y de Trotamundos. En el fútbol, Marval Jiménez se confiesa seguidor del Barça, pero Granadillo dice se queda con el talento nacional apoyando a la Vinotinto.

Fotografía: Jacinto Oliveros