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jueves, 30 de abril de 2020

ID EST

Estado forajido y fracasado
Sadio Garavini
 
El filósofo político norteamericano John Rawls acuñó el término de Estado forajido (outlaw state) refiriéndose a aquellos Estados con regímenes autoritarios que violan los derechos humanos, incumplen leyes y convenios internacionales, así como las decisiones de los organismos internacionales que tienen como finalidad preservar el orden y la paz mundial, fomentan el terrorismo y amenazan la paz, tratando de expandir su poder e influencia en el exterior.
Un Estado fracasado o fallido se tipifica en cambio por la pérdida de control físico del territorio o del monopolio del uso legítimo de la fuerza, erosión de la autoridad legítima en la toma de decisiones y colapso de los servicios básicos. Un Estado fallido se caracteriza por un fracaso social, político y económico, su gobierno es tan débil o ineficaz, que tiene poco control sobre vastas regiones de su territorio, no provee ni puede proveer servicios básicos y  presenta altos niveles de corrupción y de criminalidad. En los casos más extremos el desastre socioeconómico y el desmoronamiento de las instituciones del Estado provocan la ruptura de la “ley y el orden”, la descomposición total de los servicios básicos como el agua y la electricidad, brotes de epidemia y la propagación de enfermedades. En estos casos, en mayor o menor medida, sobrevienen la anarquía, el caos y la guerra civil entre clanes, facciones, “señores de la guerra” y hasta la desintegración de la unidad territorial. Ejemplos actuales de Estados fracasados extremos son Somalia, Yemen y Congo. En el pasado, los Estados demasiados poderosos eran vistos como peligrosos para la estabilidad del sistema internacional, hoy en día son los Estados fallidos que constituyen la mayor amenaza a la paz mundial, porque se convierten en centro de operaciones de los grupos terroristas y de la criminalidad organizada.
El régimen venezolano puede evidentemente calificarse como un Estado forajido,  después de haber denunciado la Convención Americana de Derechos Humanos, irrespetado prácticamente todas las sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, las decisiones de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y los  informes del Alto Comisionado de los Derechos Humano de la ONU, particularmente el más reciente redactado por la ex Presidente socialista de Chile Michelle Bachelet. También su claro apoyo a los grupos terroristas colombianos las FARC y el ELN es una  prueba adicional al respecto. Venezuela también tiene actualmente muchas de las características de  un Estado fracasado. Podríamos afirmar que se trata de un Estado “semifallido”. Buena parte del territorio al sur del Orinoco está bajo el control de las  mafias del oro y del coltán, del narcotráfico y del ELN. Pero también zonas de ciudades como Maracay y la misma Caracas están básicamente controladas por la criminalidad organizada.
Finalmente ¿no les parece que el régimen venezolano también calificaría como un Estado depredador? “Id est”: Un Estado donde sus gobernantes se dedican a preservar sus intereses particulares mediante el pillaje, el saqueo impositivo, la devastación de las instituciones y la carencia de una sana división de poderes, imponiendo su poder omnímodo con la sumisión de la justicia.

12/08/2019:

domingo, 23 de febrero de 2020

UNOS U OTROS, O TODO LO CONTRARIO

De una escena urbana
Luis Barragán

Lo que acontece con el Estado en Venezuela, ha ganado y compartido un adjetivo: criminal, fallido,  forajido, entre otros términos que reparan en su propia inexistencia. Le tributamos inútil y puntualmente, a diario, pero –  sabemos – le tememos.

La semana pasada, viralizándose, ocurrió un supuesto enfrentamiento entre grupos policiales en una autopista de extraordinaria circulación al este de la ciudad capital. Se dijo del FAES y del CICPC, como protagonistas de un evento que, esta vez, no logró escapar del reporterismo ciudadano.

Digan lo que digan, aunque no hubo reacción y versión oficial que sepamos, agravando el caso, cabe naturalmente toda suerte de conjeturas, porque compiten deslealmente las expresiones armadas de lo que va quedando de Estado, por el mercado delincuencial en el que también participan, por paradójico que parezca. Ya, antes, se ha sabido de una rivalidad entre los llamados colectivos armados y la otrora Policía Técnica Judicial, acaso, por motivos diferentes.

El caso está en el  Estado en descomposición al que ya le es imposible llevar la procesión por dentro y, empleada la violencia ante la sociedad que se le resiste, inexorablemente la consagra  en sus interioridades para zanjar las diferencias, por supuesto, en nombre del monopolio lícito de las armas.  Puede decirse, en el curso de su degeneración material y simbólica, la tendencia del Estado mismo, es al suicidio que los tratadistas constitucionales y  la tradición doctrinaria,  no alcanzaron a interpretar, adelantándose a un siglo XXI del que seguramente jamás sosecharon.

Luego, la escena de la autopista no constituye una anécdota más de las urbanamente acostumbradas. El vecino que logró captarla a la distancia, asegurando su propia integridad, ilustró muy bien lo que acaece en la Venezuela actual.
  
Cfr.
Supuesto enfrentamiento entre FAES y CICPC en la Prados del Esta (SIC):
Desde Prados del Este Caracas CICPC contra FAES por quiso (SIC):

martes, 8 de mayo de 2012

RETRATO MIRAFLORINO DE LA CIDH


EL NACIONAL - Martes 08 de Mayo de 2012     Opinión/7
Torpeza y arrogancia inefectivas
VÍCTOR RODRÍGUEZ C.

El régimen bolivariano insiste torpemente en hacer de Venezuela un Estado forajido, al intentar sustraerle de sus compromisos internacionales en materia de derechos humanos. Con el anuncio del "retiro" de la CIDH se pretende dejar el campo abierto a las violaciones de los derechos humanos en el país, en ausencia de un control efectivo por un sistema judicial sometido al Ejecutivo.

El anuncio de Chávez refleja la mayor ignorancia en la materia. La CIDH es un órgano de la OEA (artículos 53 y 106 de la Carta y 1 del Estatuto), cuyas funciones están descritas en su Reglamento (art. 18, 19 y 20). Fue creada para "promover la observancia y la defensa de los derechos humanos", entendidos estos como los definidos en la Declaración Americana de Derechos y Deberes del Hombre, de 1948, y en la Convención Americana sobre Derechos Humanos de 1969.

Un Estado no puede "retirarse" , a menos que lo haga de la organización en su conjunto, mediante la denuncia de la Carta (artículo 143), que surtirá efectos dos años más tarde.

Un Estado miembro de la organización no puede desconocer uno de sus órganos. Podría, en todo caso, retirar la aceptación de su competencia, como sucede en el caso de la Corte Internacional de Justicia, el órgano judicial de la ONU (artículo 96 de la Carta), de cuyo Estatuto son parte ipso facto todos los Estados miembros de la organización, cuya competencia es facultativa.

Venezuela puede, en el caso de la CIDH, retirar la declaración de aceptación de su competencia, hecha el 9 de agosto de 1977, aunque esa competencia se refiera a la posibilidad de que un Estado alegue que otro Estado parte ha incurrido en violaciones de los derechos humanos establecidos en la Convención (artículo 45) y no a las peticiones de los individuos. Puede también denunciar la Convención (artículo 78), lo que surtirá efecto un año después.

El anuncio del "retiro" de la Comisión, sin embargo, a pesar de ser una decisión inconsulta y contraria al artículo 31 de la Constitución de 1999 que establece que "toda persona tiene derecho (...) a dirigir peticiones o quejas ante los órganos internacionales" de derechos humanos, no tendrá los efectos perversos que persigue el régimen, por cuanto la Comisión protege los derechos consagrados en la Declaración Americana de Deberes y Derechos del Hombre de 1948 y puede por ello recibir peticiones de los nacionales de los Estados miembros, incluso no partes en la Convención, en relación con la supuesta violación de los derechos protegidos en ella y en los distintos instrumentos regionales de derechos humanos, tal como lo precisa el artículo 23 del Reglamento. La Comisión ha admitido peticiones de nacionales de Estados no partes en ella, al considerar que se refieren a derechos protegidos en la Declaración, con base en las supuestas violaciones de ésta.

Todo ciudadano tiene derecho de introducir una petición acerca de la violación por un Estado miembro de la OEA de uno de los derechos protegidos por los instrumentos regionales de derechos humanos (art.44 de la Convención de 1969).

La Secretaría Ejecutiva de la Comisión tiene la obligación de estudiarlos, cuando llenan los requisitos exigidos (art. 26 del Reglamento), y los Estados, la obligación de no obstaculizar la presentación de peticiones y quejas ante la Comisión, lo que se deduce de una amplia interpretación del artículo 44 del Reglamento de la Comisión que constituye la piedra angular del sistema de protección americano.

El anunciado "retiro" de la CIDH que completa la descabellada propuesta de crear un nuevo órgano regional de protección no puede realizarse sino mediante la denuncia de la Carta de la OEA. Si, recurriendo a otra vía, se denuncia la Convención, ello no afecta la protección ni el derecho de los nacionales de los Estados miembros a recurrir a uno de sus órganos, la CIDH, en particular, cuando se trate de derechos protegidos en instrumentos regionales distintos a ella, como la Declaración de 1948 que recoge el Derecho internacional consuetudinario, cuya normativa no puede ser inobservada por los Estados, reflejo de una clara tendecia del Derecho internacional hacia una concepción objetiva, que supera su naturaleza estrictamente contractual en beneficio de la creación de un orden público internacional integrado por normas y principios de interés común, entre ellas las relativas a los derechos humanos.

La irreverencia bolivariana no tiene límites. Sólo falta que el régimen desconozca la Declaración y denuncie los instrumentos regionales de protección, derecho material aplicable por la CIDH y la Corte.

Ilustraciones: Réné Magritte, "Edward James in Front of On the Threshold of Liberty" (1937)
Por cierto, valga la doble curiosidad: la de James (http://es.wikipedia.org/wiki/Edward_James); y la del empleo del motivo gráfico para un estupendo libro de Rafael del Águila (http://www.alibri.es/la-senda-del-mal-politica-y-razon-de-estado-155462).
NOTA (¿INNECESARIA?) DE LB: Nos permitimos invertir el sentido u orietación de las ilustraciones.