EL NACIONAL, Caracas, 23 de enero de 2017
Izquierda, rebelión e inmunidad
Alberto Arteaga Sánchez
En verdad, revestirse de una apariencia de legalidad es la tentación de quien se encuentra en el poder y, como en el mundo globalizado un número importante de países se muestra de acuerdo con la apertura democrática, los gobernantes se exhiben como respetuosos del Estado de Derecho que sirve muchas veces como disfraz de un derecho de Estado, de fuerza o de imperio, no de la ley, sino de la voluntad de un hombre.
Pero, fuera de la propaganda oficial, la garantía de los derechos humanos y el equilibrio de los poderes es la clara señal de un sistema apegado a la ley, que exige, sin más, el absoluto respeto a la representación popular plural que se refleja en el Parlamento.
Este respeto no se concreta en simples formalismos, sino que demanda la más efectiva libertad para los parlamentarios elegidos y proclamados de manera tal –a mi juicio– que el talante democrático o autoritario de un régimen queda de manifiesto por el reconocimiento a la voluntad del pueblo a través del ejercicio, sin cortapisas, de la actividad de sus representantes, expresada a través de la protección conocida bajo el nombre de “inmunidad parlamentaria”, por la cual los diputados –en nuestro caso– no pueden ser coartados, de forma alguna, a los fines del ejercicio de sus funciones.
Por lo expresado, en el pasado y en el presente, al margen de los discursos de ocasión, se puede afirmar que hay plena democracia si se respeta la representación del pueblo en el Parlamento y se protege en forma amplia la inmunidad de los integrantes de la Asamblea; y no hay democracia, sino autoritarismo, cuando se desconoce la libertad plena de los parlamentarios.
Quienes hoy se desempeñan como gobernantes, no se cansan de hablar de las persecuciones y abusos de otros tiempos pero, a la vez, incurren en los peores atropellos contra cualquier disidente, por el hecho de serlo. Esto se manifiesta de manera evidente en el reconocimiento o desconocimiento de la inmunidad.
El gobierno de Betancourt, en los primeros años de la etapa democrática, en 1959, ante los ataques de factores de la izquierda radical que se asociaron con otras fuerzas para arremeter contra el sistema, trató de desconocer la inmunidad parlamentaria, inventando el artificio leguleyesco de una pretendida autonomía del delito militar, para hacer presos, sin antejuicio, por rebelión militar, a los senadores Pompeyo Marquez y Jesús Farías y a los diputados, todos adversarios políticos de “izquierda”, elegidos por el pueblo, Gustavo Machado, Simón Sáez Mérida, Domingo A. Rangel, Guillermo Garcia Ponce, Jesús María Casal, Jesús Villavicencio, Eduardo Machado y Pedro Ortega Díaz, tesis que fue descartada en 1976 por una sentencia de la Corte Suprema, en la cual, como lo relata la excelente obra de Rafael Simón Jiménez sobre la Inmunidad parlamentaria en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (Vadell Hnos. 2011), a propósito de los cargos que se le formulaban a los diputados Salom Meza Espinoza y Fortunato Herrera por la presunta colaboración en el secuestro de Williams F. Niehous, a petición del fiscal Ramón J. Medina, sentenció “que era indispensable el antejuicio no solo cuando se trata de delitos de derecho común, sino también de delitos de tipo militar”.
Ahora, lamentablemente, y no se qué dirán “amigos de la izquierda, hoy en el gobierno”, el nuevo TSJ ha limitado y degradado la inmunidad, afincándose en la literalidad de la expresión “en el ejercicio de las funciones”, haciendo caso omiso del tiempo y de su extensión desde la proclamación hasta el cese del mandato o la renuncia del mismo, y dándole a una pretendida flagrancia la fuerza que no tiene, para justificar el atropello al fuero parlamentario.
En una triste, desafortunada, oscura y retrógrada decisión, el TSJ, con los votos salvados para la historia de Levis Ignacio Zerpa, Pedro Rondón Haaz y Blanca Rosa Mármol, se ha pretendido sepultar la institución y se abrió el camino para negar una prerrogativa, no de un diputado, sino del pueblo soberano, a quien hay que devolverle el poder.
Levis Ignacio Zerpa, con absoluta claridad, como lo recoge Rafael S. Jiménez, deja constancia de contundentes e irrebatibles afirmaciones con las cuales sostiene la exigencia del antejuicio, aun en el caso de pretendida flagrancia, la necesidad de preservar el derecho a la defensa, la exclusiva competencia del TSJ para conocer de las imputaciones contra un diputado y, lo que considero de extrema importancia, el papel del máximo tribunal de la República que no tiene atribuciones, en ninguna de sus salas, para modificar o cambiar el texto de la carta magna, poder que solo corresponde al pueblo de Venezuela a través de una enmienda, reforma o Asamblea Nacional Constituyente.
Blanca Rosa Mármol y Pedro Rondón Haaz, igualmente, formularon atinadas observaciones al horrendo fallo “contra legem”. La primera se pronuncia en el mismo sentido de la exigencia del antejuicio de mérito para procesar a un parlamentario, incluso, en el caso de una supuesta flagrancia; y el segundo, con absoluta pertinencia, pone de manifiesto el error grave de la Sala al afirmar que la sorpresa infraganti supone la certeza procesal de la autoría de un delito, formula críticas por el adelantamiento de opinión sobre la inocencia o culpabilidad del procesado y, en definitiva, califica de grosera violación del debido proceso la decisión del caso sometido a la Sala.
Este debate sobre la inmunidad vuelva a estar sobre el tapete, con motivo de las amenazas contra diputados principales y suplentes y, de nuevo, el TSJ asoma su temible precedente como expresión de los juristas del horror desatado, no contra los diputados, sino contra la voluntad popular que ha querido proteger y resguardar de toda acción temeraria, interesada y antidemocrática a su legítima representación, aun a riesgo de algún caso de impunidad.
Fuente:
http://www.el-nacional.com/noticias/columnista/izquierda-rebelion-inmunidad_76881
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lunes, 6 de febrero de 2017
lunes, 4 de febrero de 2013
ADVERTENCIA (2)
La inmunidad parlamentaria
Luis Barragán
Desde el primer instante de la nueva legislatura, regresando la oposición a las curules que la antipolítica le negó en 2005, está gravemente amenazada la institución. El régimen sortea o sobrepasa las dificultades inevitables de un parlamento que lo desea enteramente dócil, atemorizado y sojuzgado.
“La inmunidad parlamentaria en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela” de Rafael Simón Jiménez M. (Vadell Hermanos, Caracas-Valencia, 2011), quizá una excepción en el catálogo de la editorial, versa sobre la irresponsabilidad (57 ss.) y la inmunidad (63 ss.), trazando un interesante periplo sobre el origen y evolución histórica, la específicamente constitucional venezolana y – además – bolivariana, la regulación de las prerrogativas, hasta arribar a la inmunidad de los parlamentarios estadales, los de los Estados latinoamericanos y los que ejercen las instancias internacionales. La interesante disquisición jurídica, admite una perspectiva política comprensible para quien ha ocupado el escenario público por mucho tiempo.
Obviamente, considerar la situación en la que se encuentra hoy el instituto, obliga a hacerlo con la del pasado, y – por ello – llama la atención el particular tratamiento del allanamiento de la inmunidad que sufrieron a principios de los sesenta, los parlamentarios adherentes a los partidos proscritos, y otros en la década siguiente involucrados en causas militares. Convenimos, por ejemplo, en aquellos casos que, militarizados, forzaron una injusta interpretación jurídica presta para importantes contradicciones ulteriores, aunque sobra también la literatura histórica que establece sendas irresponsabilidades insurreccionales, mientras rasgaban sus vestiduras clamando a los cielos constitucionales.
Lo peor es que el desconocimiento de la inmunidad parlamentaria en sus distintas facetas por el actual régimen, suele hacerse desde una inaceptable perspectiva moral. Y es que, cuando no se tiene tal autoridad, tergiversado el pasado, queda claramente evidenciado con los hechos protagonizados por Pillieri, Sánchez, Alemán y Blanco (81 ss.), siendo ejemplarizante el de Wilmer Azuaje (106 ss.), minimizado todo derecho y garantía de defensa: es nuestra la convicción de una venidera víctima del gobierno nacional, pues, bajo cualquier pretexto, allanando la inmunidad de un parlamentario del nuevo período, necesitarán “aleccionar” a la oposición, aleccionándose ellos mismos, los partidarios del gobierno, para darle nuevos bríos al ambiente de incertidumbre y miedo que se respira en el país.
Potestad disciplinaria, es la bancada oficialista la que se convierte en un tribunal hasta de urbanidad y buenas costumbres, generando comisiones especiales destinadas a estudiar casos como el de Juan Carlos Caldera, aunque no se reúna o se haga política y publicitariamente útil dar la estocada, por cierto, a través de una mayoría simple. Las orfandades de la Constitución de 1999 en la materia, contrastante con las previsiones de 1947 y 1961, dicen autorizar la suplencia “detallísticamente” del Reglamento Interior y de Debate (87 ss.), sujeto a cambios de conveniencia,
Irreductible actor político, Jiménez contribuye a la necesarísima orientación de los confiados diputados de ambas aceras, pues, rehenes del viejo imaginario cívico, el actual cuadro de derechos y garantías no autoriza al ejercicio parlamentario que el país conoció: detrás del consabido “escándalo” de los debates, denuncias, investigaciones y otras acciones, hubo un básico y convincente respeto, consideración y reconocimiento al ocupante de una curul, por más solitaria que electoralmente fuese. Y hubo yerros e injusticias, pero nunca en la dimensión que hoy ha adquirido el trabajo parlamentario que está fundado en un pleito personal con las repercusiones del caso, generalmente prefabricado por el victimario.
Dimensión que el autor contextualiza en los fenómenos autoritarios y neoautoritarios del nuevo siglo (61), aunque la entendemos en el amargo y directo propósito de desdibujar y prescindir de la propia institucionalidad parlamentaria, pues, fruto legítimo de la soberanía popular, la desean reemplazada ipso facto por otras modalidades y mecanismos de un tal poder popular, concebido e implementado de acuerdo a los intereses y cálculos del ocupante de Miraflores. Y la pretensión de tan clásico cuño, convierte toda prerrogativa parlamentaria en una trivialidad.
Fuente: http://opinionynoticias.com/librosyautores/13934-de-la-inmunidad-parlamentaria
Luis Barragán
Desde el primer instante de la nueva legislatura, regresando la oposición a las curules que la antipolítica le negó en 2005, está gravemente amenazada la institución. El régimen sortea o sobrepasa las dificultades inevitables de un parlamento que lo desea enteramente dócil, atemorizado y sojuzgado.
“La inmunidad parlamentaria en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela” de Rafael Simón Jiménez M. (Vadell Hermanos, Caracas-Valencia, 2011), quizá una excepción en el catálogo de la editorial, versa sobre la irresponsabilidad (57 ss.) y la inmunidad (63 ss.), trazando un interesante periplo sobre el origen y evolución histórica, la específicamente constitucional venezolana y – además – bolivariana, la regulación de las prerrogativas, hasta arribar a la inmunidad de los parlamentarios estadales, los de los Estados latinoamericanos y los que ejercen las instancias internacionales. La interesante disquisición jurídica, admite una perspectiva política comprensible para quien ha ocupado el escenario público por mucho tiempo.
Obviamente, considerar la situación en la que se encuentra hoy el instituto, obliga a hacerlo con la del pasado, y – por ello – llama la atención el particular tratamiento del allanamiento de la inmunidad que sufrieron a principios de los sesenta, los parlamentarios adherentes a los partidos proscritos, y otros en la década siguiente involucrados en causas militares. Convenimos, por ejemplo, en aquellos casos que, militarizados, forzaron una injusta interpretación jurídica presta para importantes contradicciones ulteriores, aunque sobra también la literatura histórica que establece sendas irresponsabilidades insurreccionales, mientras rasgaban sus vestiduras clamando a los cielos constitucionales.
Lo peor es que el desconocimiento de la inmunidad parlamentaria en sus distintas facetas por el actual régimen, suele hacerse desde una inaceptable perspectiva moral. Y es que, cuando no se tiene tal autoridad, tergiversado el pasado, queda claramente evidenciado con los hechos protagonizados por Pillieri, Sánchez, Alemán y Blanco (81 ss.), siendo ejemplarizante el de Wilmer Azuaje (106 ss.), minimizado todo derecho y garantía de defensa: es nuestra la convicción de una venidera víctima del gobierno nacional, pues, bajo cualquier pretexto, allanando la inmunidad de un parlamentario del nuevo período, necesitarán “aleccionar” a la oposición, aleccionándose ellos mismos, los partidarios del gobierno, para darle nuevos bríos al ambiente de incertidumbre y miedo que se respira en el país.
Potestad disciplinaria, es la bancada oficialista la que se convierte en un tribunal hasta de urbanidad y buenas costumbres, generando comisiones especiales destinadas a estudiar casos como el de Juan Carlos Caldera, aunque no se reúna o se haga política y publicitariamente útil dar la estocada, por cierto, a través de una mayoría simple. Las orfandades de la Constitución de 1999 en la materia, contrastante con las previsiones de 1947 y 1961, dicen autorizar la suplencia “detallísticamente” del Reglamento Interior y de Debate (87 ss.), sujeto a cambios de conveniencia,
Irreductible actor político, Jiménez contribuye a la necesarísima orientación de los confiados diputados de ambas aceras, pues, rehenes del viejo imaginario cívico, el actual cuadro de derechos y garantías no autoriza al ejercicio parlamentario que el país conoció: detrás del consabido “escándalo” de los debates, denuncias, investigaciones y otras acciones, hubo un básico y convincente respeto, consideración y reconocimiento al ocupante de una curul, por más solitaria que electoralmente fuese. Y hubo yerros e injusticias, pero nunca en la dimensión que hoy ha adquirido el trabajo parlamentario que está fundado en un pleito personal con las repercusiones del caso, generalmente prefabricado por el victimario.
Dimensión que el autor contextualiza en los fenómenos autoritarios y neoautoritarios del nuevo siglo (61), aunque la entendemos en el amargo y directo propósito de desdibujar y prescindir de la propia institucionalidad parlamentaria, pues, fruto legítimo de la soberanía popular, la desean reemplazada ipso facto por otras modalidades y mecanismos de un tal poder popular, concebido e implementado de acuerdo a los intereses y cálculos del ocupante de Miraflores. Y la pretensión de tan clásico cuño, convierte toda prerrogativa parlamentaria en una trivialidad.
Fuente: http://opinionynoticias.com/librosyautores/13934-de-la-inmunidad-parlamentaria
lunes, 17 de septiembre de 2012
¿INMUNO-DEFICIENCIA INSTITUCIONAL?
De la inmunidad parlamentaria
Luis Barragán
Luego de recomendar la debida cautela en las redes sociales respecto al consabido caso de Juan Carlos Caldera, recibimos tres correos contrapuestos que piden prácticamente una quema pública de brujas. Vale decir, olvidando el contexto de una terribilísima guerra sucia, nuevamente pretendemos simplificar los procesos políticos, y – como el irrevocable portazo de nuestras costumbres – zanjar el drama en un único, breve y espectacular acto.
Varias circunstancias retratan el deliberado propósito electoral de un gesto de saneamiento moral que, por tardío, tampoco es tal. El oficialismo no esperó nunca la exitosa, tajante y contundente respuesta de Capriles, por lo que – ensañándose – ensaya otros ardides que digan ayudarle a evitar la derrota anunciada en los venideros comicios presidenciales.
Idearon un solemne acto de denuncia de las grabaciones que les procurara la mayor audiencia posible, simulando la sobriedad que siempre les ha fallado. No obstante, los parlamentarios oficialistas que derrocharon tanto coraje al hacerlo, jamás lo han demostrado siquiera para iniciar las investigaciones sobre la ya ampliamente conocida y masiva putrefacción de los alimentos, protegiendo a los mismos importadores del Estado, por citar – apenas – un ejemplo.
La campaña de descrédito no atina lo suficiente, pues, quisieron culpar al candidato presidencial de la oposición democrática, pero – al fallar – intentan hacerlo victimario del propio diputado denunciado. En otras palabras, empleando a fondo el llamado sistema de medios públicos, faltando toda evidencia contra Capriles, pretenden responsabilizarlo de la suerte personal de Caldera gracias al discurso de sus insostenibles maniqueísmos y tercas neurosis.
Planteada la posibilidad de un allanamiento a la inmunidad parlamentaria de Caldera, probarán una trampa que deberá sortear con demasiada habilidad y necesarísima compactación, la bancada opositora. Artificial dilema, si ésta vota a favor o en contra (y – hasta paradójicamente - ambas), no serán muchos los escrúpulos propagandísticos del régimen para decir que protege la corrupción o, insolidarísima, dejó a su suerte al allanado: el gobierno nunca pierde, dirán.
Por los meses que restan, el problema de fondo será el de la institución de la inmunidad parlamentaria en Venezuela, la que peligrará en el marco de las vicisitudes, amenazas y conflictos de la transición. Hay antecedentes de la concepción que de ella tiene el oficialismo, prefiriéndola inexistente.
Más de las veces, el tiempo no alcanza para procesar importantes títulos, más o menos recientes, sobre las inmunidades parlamentarias como el de Rafael Simón Jiménez (2011) y Héctor Granados (2012). Deseándolos compaginados con las contribuciones periodísticas de sus últimos años de vida, en la materia, Luis Beltrán Prieto Figueroa, es quien interpela fuertemente las intenciones y pretensiones de un gobierno que – por ironía – lo festeja casi siempre.
Fuente: http://www.opinionynoticias.com/opinionpolitica/12813-de-la-inmunidad-parlamentaria
Repdroducción: El Nacional, Caracas, 03/03/87.
Luis Barragán
Luego de recomendar la debida cautela en las redes sociales respecto al consabido caso de Juan Carlos Caldera, recibimos tres correos contrapuestos que piden prácticamente una quema pública de brujas. Vale decir, olvidando el contexto de una terribilísima guerra sucia, nuevamente pretendemos simplificar los procesos políticos, y – como el irrevocable portazo de nuestras costumbres – zanjar el drama en un único, breve y espectacular acto.
Varias circunstancias retratan el deliberado propósito electoral de un gesto de saneamiento moral que, por tardío, tampoco es tal. El oficialismo no esperó nunca la exitosa, tajante y contundente respuesta de Capriles, por lo que – ensañándose – ensaya otros ardides que digan ayudarle a evitar la derrota anunciada en los venideros comicios presidenciales.
Idearon un solemne acto de denuncia de las grabaciones que les procurara la mayor audiencia posible, simulando la sobriedad que siempre les ha fallado. No obstante, los parlamentarios oficialistas que derrocharon tanto coraje al hacerlo, jamás lo han demostrado siquiera para iniciar las investigaciones sobre la ya ampliamente conocida y masiva putrefacción de los alimentos, protegiendo a los mismos importadores del Estado, por citar – apenas – un ejemplo.
La campaña de descrédito no atina lo suficiente, pues, quisieron culpar al candidato presidencial de la oposición democrática, pero – al fallar – intentan hacerlo victimario del propio diputado denunciado. En otras palabras, empleando a fondo el llamado sistema de medios públicos, faltando toda evidencia contra Capriles, pretenden responsabilizarlo de la suerte personal de Caldera gracias al discurso de sus insostenibles maniqueísmos y tercas neurosis.
Planteada la posibilidad de un allanamiento a la inmunidad parlamentaria de Caldera, probarán una trampa que deberá sortear con demasiada habilidad y necesarísima compactación, la bancada opositora. Artificial dilema, si ésta vota a favor o en contra (y – hasta paradójicamente - ambas), no serán muchos los escrúpulos propagandísticos del régimen para decir que protege la corrupción o, insolidarísima, dejó a su suerte al allanado: el gobierno nunca pierde, dirán.
Por los meses que restan, el problema de fondo será el de la institución de la inmunidad parlamentaria en Venezuela, la que peligrará en el marco de las vicisitudes, amenazas y conflictos de la transición. Hay antecedentes de la concepción que de ella tiene el oficialismo, prefiriéndola inexistente.
Más de las veces, el tiempo no alcanza para procesar importantes títulos, más o menos recientes, sobre las inmunidades parlamentarias como el de Rafael Simón Jiménez (2011) y Héctor Granados (2012). Deseándolos compaginados con las contribuciones periodísticas de sus últimos años de vida, en la materia, Luis Beltrán Prieto Figueroa, es quien interpela fuertemente las intenciones y pretensiones de un gobierno que – por ironía – lo festeja casi siempre.
Fuente: http://www.opinionynoticias.com/opinionpolitica/12813-de-la-inmunidad-parlamentaria
Repdroducción: El Nacional, Caracas, 03/03/87.
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