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martes, 27 de junio de 2017

DESQUICIAMIENTO JURIDICO

El TSJ avanza en su intento por remover a la Fiscal
José Ignacio Hernández G.

En dos nuevas sentencias publicadas el 27 de junio de 2017 (con los números 469 y 470), la Sala Constitucional avanzó en su intento por restar competencias a la Fiscal General de la República, abriendo el camino para su posible remoción.

Lo primero que debe tenerse en cuenta es cuáles son las implicaciones prácticas de estas sentencias. Luego de ello, podré precisar cuáles son los escenarios más probables luego de estos fallos.

1.- La ampliación de las facultades de la Defensoría del Pueblo

La sentencia 469, “interpretando” la Constitución como lo solicitó el Defensor del Pueblo, concluyó que la Defensoría puede participar en investigaciones penales.

En total, la Sala Constitucional reconoció siete competencias a la Defensoría en esta materia. Así, la Defensoría (i) tiene funciones de promoción, defensa y vigilancia de los derechos humanos; (ii) tiene competencias para adoptar medidas preventivas a la violación de derechos humanos, ejerciendo además acciones para reparar las consecuencias de tales violaciones; (iii) puede investigar, emitir opiniones y recibir denuncias requiriendo, si es necesario, la colaboración de los demás órganos del Poder Público; (iv) puede asumir la representación procesal de la víctima en procesos penales; (v) puede iniciar investigaciones por violación a derechos humanos, y tiene además derecho de acceso a las actuaciones judiciales y administrativas relacionadas con tales violaciones; (vi) puede tener acceso a todos los actos de investigación que cursen ante el Ministerio Público, ante los tribunales en jurisdicción penal ordinaria y penal militar, así como los demás órganos auxiliares de justicia, y (vii) puede promover pruebas, solicitar a los órganos auxiliares de justicia que se realicen diligencias de investigación, y puede estar presente en todas las audiencias y cualquier acto de investigación del proceso penal ordinario y penal militar.

Quien lea desprevenidamente este listado podrá concluir que en realidad, la Sala Constitucional no está diciendo nada nuevo.

Sin embargo, tras esa fachada lo que se esconde es un claro propósito: hacer, de la Defensoría del Pueblo, una especie de Fiscalía paralela. Con ello se permitirá tener “versiones alternativas” a las conclusiones a las que llegue la Fiscalía en investigaciones de delitos relacionados con violaciones de derechos humanos, como ha sucedido con los homicidios cometidos por funcionarios en el contexto de la represión en contra de manifestaciones.

De esa manera, frente a las pruebas y conclusiones de la Fiscalía, ahora tendremos las pruebas y conclusiones de la Defensoría. Además del fraude, con esta decisión se está transformando la naturaleza de la Defensoría del Pueblo, pues lejos de proteger derechos humanos lesionados por actuaciones y omisiones del Estado (violaciones evidentes, por lo demás, en el marco de la actual crisis humanitaria), ahora la Defensoría será un órgano paralelo al Ministerio Público.

2.- La anulación de la designación del Vice Fiscal

 La noticia tras la sentencia 470 debería haber sido que la Sala Constitucional, sin juicio, declaró sin lugar el recurso de nulidad interpuesto por la Fiscal en contra de las bases comiciales de la fraudulenta constituyente.

Pero la noticia es otra. En esa sentencia, y sin que nadie se lo pidiera, la Sala Constitucional anuló el acto por el cual la Fiscal nombró al Vice Fiscal, al considerar que ese nombramiento debía ser aprobado por la Asamblea Nacional. Y de paso, anunció que será la Sala Constitucional la que designará al Vice Fiscal.

Nada de esto podía hacerlo la Sala, quien con esta decisión, profundiza el golpe de Estado.

Así, la Sala no puede anular la designación del Vice Fiscal, pues carece de competencia para ello: la Sala solo conoce de asuntos constitucionales, y esa designación es un asunto administrativo. Además, mal puede anular un acto cuya nulidad no ha sido demandada.

Además, la designación del Vice Fiscal efectuada por la Fiscal fue solo a título de encargado, no a título definitivo. Eso es lo sucede, por ejemplo, con quien ejerce el cargo de Procurador, que en realidad es encargado. Pero la Sala solo anula la primera designación, aceptando la designación similar de quien ejerce el cargo de Procurador. La discriminación es evidente.

Y en todo caso, de ser nula esa designación, es a la Fiscal a quien correspondería designar al Vice Fiscal, previo control de la Asamblea. La Sala no tiene competencias para designar a los funcionarios del Ministerio Público.

3.- El Plan de la Sala Constitucional

Sherlock Holmes decía que todo que un hombre puede inventar, otro lo puede descubrir.

En este caso, resulta fácil descubrir cuál es el plan de la Sala.

Así, en una clara usurpación de funciones, la Sala Constitucional va a designar al Vice Fiscal. Luego, mientras avanza el procedimiento de destitución de la Fiscal que inició –fraudulentamente- el Tribunal Supremo de Justicia, la Defensoría actuará como Ministerio Público paralelo, de la misma manera que en ciertas gobernaciones se han creado estructuras paralelas, a especie de “protectorado”. Luego de que el Tribunal Supremo decida que la Fiscal incurrió en “falta grave”, la Sala Constitucional procederá a su remoción, bajo el falso argumento del desacato de la Asamblea. Con el cual, el Vice Fiscal impuesto en clara usurpación por la Sala, asumirá el cargo de Fiscal.

Todo esto no es solo un fraude constitucional. Es, además, otro capítulo más del golpe de Estado impulsado por “interpretaciones” desviadas y falaces de la Sala Constitucional.

Fuente:
http://prodavinci.com/blogs/el-tsj-avanza-en-su-intento-por-remover-a-la-fiscal-por-jose-ignacio-hernandez/?platform=hootsuite

sábado, 10 de enero de 2015

UNA MISMA GENTE

De la parentela de poder
Luis Barragán


El ejercicio del poder,  cualesquiera sean sus cuotas, dentro o fuera del gobierno, tiene por inicial tentación la colocación provechosa de familiares y relacionados más cercanos. Quizá el más consumado ejemplo histórico que forzó a una moderación de los sucesores,  acarreando a la postre un elevado costo político, fue el de a parentela de Juan Vicente Gómez.

Bastó el vínculo de sangre para ocupar las más importantes posiciones del Estado dominado por el padre, incluyendo los más altos grados militares, aunque después del oscuro homicidio de Miraflores, blindados y respetados los privilegios comerciales, perdieron la entera condición de legatarios políticos. Sin embargo, fallecido el dictador, llegó a tal monta la influencia y el tejido  de relaciones,  muy bien ilustrada por la crónica social de entonces, que Eleazar López Contreras también aseguró la transición al negociar con los dolientes directos, facilitándola  prontamente Eustoquio Gómez, el único del clan con poder de fuego, con sus impetuosas pretensiones.

A mediados o finales de la década de los noventa del siglo pasado, participamos en la elaboración de un proyecto de ley que contemplaba la publicidad digital de las nóminas del Estado,  las de sus empleados y contratistas, a objeto de asegurar una mayor transparencia de las cargas fiscales.  La iniciativa que debe hallarse en los archivos históricos de la Asamblea Nacional, implicaba un mayor desarrollo de la -  por entonces -  severa regulación de los vínculos de consanguinidad y afinidad de la burocracia, cuidando celosamente de la data personalísima de los afectados.
Uno de los más fuertes motivos para el engavetamiento de la todavía necesarísima reforma de la Ley de Anticorrupción, reside en un artículo que combate expresamente el nepotismo. A pesar de las estridencias, las que llevaron a pedir la habilitación legislativa de Nicolás Maduro para acabar con el flagelo de la corrupción, incurriendo en el deleznable allanamiento de una diputada opositora para lograrlo, el oficialismo ha sido radicalmente  diligente para resguardar todo el complejo entramado de la administración pública, añadido el servicio exterior, afincado en los intereses familiares y de compadrazgos.

El continuismo gubernamental ha consolidado esos intereses que, contrastantes con década y media atrás, adquieren tal identidad política que fácilmente le permiten competir por ventajas y privilegios frente a la dirigencia “laica”, la que no está acuñada por uno de los apellidos de los protagonistas estelares del poder que brillan por el sacerdotal nexo que tuvieron con el fundador de esta otra y muy presunta era republicana. De una obvia sonoridad, un Chávez puede desempeñarse en la industria petrolera, en la magistratura ejecutiva o en sendas misiones diplomáticas,  con vicepresidencial disfrute de La Casona, pero no será difícil para el novel y curioso sociólogo levantar la cartografía de un Estado que no puede ocultar los otros trazos  nobiliarios de una vocación nada efímera.

Coletilla

Son inmensas las colas para adquirir los productos de primera necesidad, incluyendo la literal numeración del antebrazo para los que desesperan. El nerviosismo es del gobierno que miente a la población, inculpándola – precisamente – por las compras nerviosas. Después de recibir y monopolizar las cifras colosales de los ingresos petroleros, inventó la tal guerra económica, reacio a asumir las responsabilidades que al gobierno, y no a otro, le corresponden. El novísimo y flamante Defensor de Pueblo ordenó el despliegue de sus funcionarios para ayudar y legitimar a las fuerzas represivas, pretendiendo atajar el descontento.

Fuente:
http://www.opinionynoticias.com/opinionpolitica/21453-de-la-parentela-de-poder

Reproducciones:
Onomástico. Élite, Caracas, nr. 131 del 17/03/1928.
Homenaje a Alí Gómez. Billiken, Caracas, nr. 52 del 07/11/1925. Podrá apreciarse que el tributo a Alí Gómez, hijo del dictador muerto por la gripe española, significó todo un detalle de la edición de marras: sobre un distinto papel, fue colocada cuidadosamente la fotografía. Podrá apreciarse que el tributo a Alí Gómez, hijo del dictador muerto por la gripe española, significó todo un detalle de la edición de marras: sobre un distinto papel, fue colocada cuidadosamente la fotografía. Por cierto, la revista destacó por la novedosa - por lo menos, en el país -  elaboración artesanal de su publicidad, la cual imaginamos de un elevado precio (LB).