miércoles, 4 de abril de 2012

PROYECTO DE LEY DEL TRABAJO (2)


EL NACIONAL - Miércoles 01 de Febrero de 2012 Estrategias/5
Entrevista Aurelio Concheso
«La reforma laboral debe centrarse en preservar el valor de las prestaciones sociales»
El presidente de la Comisión de Asuntos Laborales y Seguridad Social de Fedecámaras asegura que, antes de proponer cualquier modificación en el método de cálculo de las prestaciones sociales, debe buscarse un instrumento que proteja el ahorro de los trabajadores de los efectos de la inflación
ALEJANDRO HINDS
AHINDS@EL­NACIONAL.COM

El método de cálculo de las prestaciones de antigüedad, el horario de trabajo, la estabilidad laboral y la tercerización o subcontratación son temas centrales de quienes impulsan la reforma de la Ley Orgánica del Trabajo, prometida por el Gobierno para el próximo 1° de mayo.

Aurelio Concheso, presidente de la Comisión de Asuntos Laborales y Seguridad Social de Fedecámaras, dice que la instancia presentará propuestas sobre cada uno de esos temas, pero cree que la prioridad es otra: buscar instrumentos que protejan el ahorro de los trabajadores de la inflación. "La reforma laboral debe centrarse en preservar el valor de las prestaciones sociales", dijo.

Agrega que hay razones de peso para que el gobierno del presidente Hugo Chávez, que cumplirá 13 años mañana, no haya logrado poner sobre la mesa un método de cálculo de las prestaciones distinto al que se implementó en la reforma laboral de 1997.

--¿Cuáles son las razones? --El Gobierno tiene dos problemas. El primero es que no pagó a sus empleados lo correspondiente al tránsito del sistema anterior al actual y tiene una deuda importante por eso. El segundo es que mientras haya una inflación galopante cualquier método que se plantee no preservará el ahorro de los trabajadores.

Son problemas distintos pero interconectados, porque reflejan que el Gobierno expropia las prestaciones de los trabajadores con su política económica.

--¿Es posible volver a la retroactividad de las prestaciones sociales? --Hay una promesa, plasmada en una disposición transitoria de la Carta Magna, de retomar las prestaciones sociales retroactivas. Pero es algo etéreo, que no dice nada al momento de llevarlo a una fórmula. Por otro lado, el Gobierno sabe que cualquier modificación le generará un problema fiscal.

--¿Por qué? --Primero porque debe pagar los costos de transición de la reforma de 1997, lo que hasta ahora no ha hecho. Segundo porque, como ahora emplea a muchas más personas que hace 14 años, el cambio tendrá un impacto en la nómina estatal. Me imagino que el Ministerio de Planificación y Finanzas está analizando esas cosas y tal vez por eso no hay ningún planteamiento concreto que en el sector privado podamos analizar. Estamos listos para hacerlo.

--¿Cuánto le debe el Gobierno a los empleados públicos? --El Gobierno tiene una deuda por esa transición y por otros conceptos que va casi por 40 millardos de bolívares.

El presidente Chávez dijo que emitirá unos petrobonos en bolívares a una tasa de interés de 17%. Eso es expropiarle la mitad de las prestaciones sociales porque la inflación anual es 27% y lo que sucederá, si los trabajadores públicos permiten que les paguen así, es que el valor de los bonos que recibirán será la mitad del valor facial.

--¿Hay otra opción para cancelar ese pasivo? --Podrían pagarle, por ejemplo, con bonos en dólares. Obviamente no lo van hacer. Pero hay otro tipo de instrumentos que el Gobierno pudiera utilizar para eso y que los trabajadores públicos deberían exigir, como los títulos de interés y capital cubierto. Son bonos a prueba de inflación, porque su valor aumenta si hay devaluación. Eso sería un primer paso hacia una solución que preserve el ahorro de los trabajadores.

--¿Por qué se objeta el método de cálculo actual? --Este sistema no ha sido negativo porque duplicó el monto de las prestaciones de uno a dos meses y permitió que las empresas supieran exactamente cuál es su pasivo. Pero hay un problema: debía complementarse con un sistema de pensiones. El que se había aprobado fue descartado por el Gobierno en 1999, prometiendo que desarrollaría otro, pero estamos en 2012 y no ha hecho nada al respecto. Pretender que el sistema de prestaciones de antigüedad sustituya al de pensiones es un grave error.

--¿Cree que el Gobierno busca eso? --Creo que trata de modificar algo que funciona sin decir cómo lo cambiará ni atacar el fondo del problema, que es la expropiación de las prestaciones de los trabajadores si el pago no se hace con un vehículo a prueba de inflación.

Creo que la discusión debe centrarse en buscar instrumentos de ahorro que brinden tasas reales positivas, en lograr que los fideicomisos tengan un rendimiento anual que garantice que las prestaciones no serán mermadas por la inflación.

--¿Es posible? --No va a ser fácil. Porque no es cierto que con alta inflación todos pierden y nadie gana. Cuando hay alta inflación pierden los ahorristas y los pensionados, pero ganan aquellos que están endeudados porque pagan intereses por debajo de la inflación. ¿Y quién es el gran endeudado de este país? El Gobierno.

--Antonio Espinoza, asesor de la comisión presidencial que redacta la reforma de la Ley Orgánica del Trabajo, habla de dejar los 60 días del régimen actual como un beneficio adquirido y pagar prestaciones retroactivas.

¿Están de acuerdo? --Entiendo que Espinoza está tratando de poner algunas ideas sobre el tapete para ver si alguien las recoge, pero mientras no haya algo mucho más concreto no hay como comparar lo que ellos dicen que harán con lo que existe ahora, que son unos artículos de la Ley Orgánica del Trabajo. No hay un articulado alternativo.

En cuanto lo haya, compararemos y diremos cuáles son los beneficios y los perjuicios de cada una de las alternativas.

--¿El sector privado propone mantener el régimen actual? --Hasta que no se plantee algo alternativo que podamos estudiar y decir si es mejor o peor, lo más prudente es mantenerse en el sistema actual y centrar la discusión en buscar instrumentos de ahorro que permitan a los trabajadores preservar el valor de sus prestaciones sociales.

--¿Qué opinan de reducir la jornada de trabajo? --Hay que tener cuidado porque la economía ha cambiado. Hay empresas de operación continua. Si limitas la jornada a 7 horas diarias y no permites horas extras, ¿cómo cubres 24 horas? Creo que, si hay una modificación, debe ser lo más amplia y flexible posible para permitir que las distintas formas de trabajo puedan adaptarse.

--¿Y sobre la eliminación de la tercerización? --Hay temas que tienden a ser satanizados al tratarlos de una forma ideológica en vez de práctica. Quienes critican la tercerización tienen razón cuando ésta se hace para eludir el cumplimiento de leyes laborales. Pero la subcontratación de empresas para encargarse de partes específicas del negocio es una práctica que permite mayor flexibilidad, eficiencia y productividad.

--Además de las observaciones a los temas planteados por el Gobierno, ¿los empresarios tienen alguna propuesta? --Hay un tema de gran preocupación, que es la inamovilidad laboral, porque atenta contra la productividad. Ha habido planteamientos, creo que de Fedeindustria, para sustituirla por estabilidad numérica. En lo personal tampoco estoy de acuerdo.

Porque si una empresa es exitosa y está creciendo no necesita estabilidad numérica. Pero si tiene problemas y debe reducirse, la estabilidad puede llevarla a la quiebra y perjudicar a todos los trabajadores.

--¿No hay la posibilidad de calificar el despido ante la Inspectoría del Trabajo? --La realidad es que no se puede. Porque cuando una empresa trata de calificar el despido en una inspectoría, ésta tiene orden de no decidir.

EL UNIVERSAL, Caracas, 6 de Marzo de 2012martes 6 de marzo de 2012
Proponen incluir consejos de gestión en centros laborales
Se trata de una figura que actuaría a la par de las organizaciones sindicales
Los trabajadores participarán en la identificación de las necesidades y potencialidades en el orden científico, técnico, tecnológico y administrativo ARCHIVO
YANETH FERNÁNDEZ

La participación de la clase obrera en la "gestión directa y democrática del proceso social de trabajo" constituye uno de los elementos clave en la nueva estructura laboral que plantea la Ley del Proceso Social de Trabajo, texto que sustituiría a la normativa actual.

El papel de trabajo sugiere la constitución de un "consejo de gestión directa y democrática en cada unidad de trabajo, que a su vez se integrará en un consejo central con la junta directiva del centro laboral".

Los trabajadores en el ejercicio de la gestión participarán en la identificación de las necesidades y potencialidades en el orden científico, técnico, tecnológico y administrativo.

Además, cooperarán con la elaboración del plan de trabajo, presupuestos, control del proceso de ejecución y los ajustes requeridos para optimizar el proceso social de trabajo.

La figura de los "consejos de gestión directa y democrática" coincide con la propuesta de incorporar en la Ley del Trabajo nuevas figuras de organización de trabajadores, paralelas a los sindicatos. De hecho, el proyecto plantea además de los "consejos de gestión", la inclusión de los "consejos de salud" y los "consejos de estabilidad", que velarán por el cumplimiento de la inamovilidad laboral.

Ya en el pasado, cuando José Ramón Rivero era el ministro de Trabajo (2007), se veía a los consejos de trabajadores como instancias para promover la propiedad social. En la Asamblea Nacional espera por su discusión un Proyecto de Ley Especial de los Consejos Socialistas de los Trabajadores y Trabajadoras que consignó el Partido Comunista de Venezuela.

De acuerdo con los integrantes de la Comisión Presidencial, encargada de la legislación, la función de los consejos será orientar, sugerir y participar en las decisiones del entorno laboral, y en ningún momento sustituirán los derechos y garantía de los sindicatos. No obstante, para algunos líderes sindicales, la inclusión de otras organizaciones de trabajadores constituye una arremetida oficial frente a la lucha que han emprendido en defensa de los contratos colectivos, el pago de pasivos laborales, entre otros aspectos.

El borrador de la Ley del Proceso Social de Trabajo dice que la organización sindical constituye un derecho inviolable y tendrán protección especial del Estado. Detalla que la clase obrera se organiza en consejos para asumir la "gestión directa y democrática del proceso social del trabajo", y para "defender sus derechos e intereses, se organiza en sindicato".

Sus atribuciones estarán orientadas en la promoción y revisión de las convenciones colectivas; así como vigilar el cumplimiento de las leyes de seguridad social, la igualdad de oportunidades e impulsar campañas orientadas a "elevar la conciencia social, ética y moral de la clase trabajadora".

EL UNIVERSAL, Caracas, 6 de Febrero de 2012
DIVISIÓN DE LA JORNADA
ERNESTO J. TOVAR

La reducción de la jornada laboral podría materializarse si se aprueba lo previsto en el papel de trabajo de la ley del Proceso Social del Trabajo.

El papel de trabajo de la ley del Proceso Social del Trabajo, que se prepara en el seno del Ejecutivo como reemplazo de la vigente Ley Orgánica del Trabajo, dedica uno de sus nueve Libros a la "Autoformación colectiva, integral, continua y permanente de los trabajadores", figura que debe cumplirse dentro de la jornada laboral.

El borrador de la Ley del Proceso Social del Trabajo prevé la jornada laboral "está constituida por el tiempo efectivo para la producción de bienes y la prestación de servicios, la autoformación colectiva, integral, continua y permanente", entre otras actividades.

Sobre la duración de la jornada, se señala que será de ocho horas diarias diurnas y siete nocturnas, "seis de las cuales estarán dedicadas a la participación efectiva en la producción de bienes o la prestación de servicios a la sociedad y dos horas dedicadas en forma efectiva a la autoformación colectiva, integral, continua y permanente o a la recreación, atención a la familia o a la comunidad". La jornada a su vez quedaría dividida en diurna (entre 5:00 a.m. y 7:00 p.m); nocturna (entre 7:00 p.m. y 5:00 a.m); y mixta, combinando ambas jornadas.

La autoformación se define como el diálogo entre trabajadores sobre los conocimientos generados en su trabajo, en los procesos productivos y los derivados "de las transformaciones estructurales de la sociedad nacional e internacional".

Se prevé que el alcance de la autoformación conlleve a "profundizar los cambios estructurales de la sociedad" desde un proceso productivo que pueda optimizar su rendimiento, y permita "más tiempo disponible para la clase trabajadora para dedicarlos a su familia, la autoformación y la recreación".

La autoformación también incluye a los "Consejos de gestión directa y democrática" ( instancias de participación directa de los trabajadores en la toma de decisiones), que deberán "estudiar el texto constitucional de la República Bolivariana de Venezuela, el Plan de Desarrollo Nacional (llamado I Plan Socialista), el plan operativo anual del centro laboral y su presupuesto anual hasta convertirlos en la guía de su práctica cotidiana en la gestión directa y democrática del proceso social de trabajo"

Obligación del empresario

El afán por la autoformación no es nuevo, pues en la rechazada propuesta de Reforma constitucional de 2007 se estipulaba en su artículo 89 que "los patronos están obligados a implementar los mecanismos para la formación permanente de sus trabajadores", para proveerles las mejores condiciones materiales, morales e intelectuales.

La propuesta de la ley del Proceso Social del Trabajo señala que es fundamental que los trabajadores puedan participar en la autoformación desde su mismo centro de trabajo. También se considera esencial que se debata sobre la concepción de la autoformación colectiva, que se seleccionen a las personas que facilitarán el proceso de autoformación, y que los trabajadores se unifiquen en torno a un proyecto específico.

Para que estas condiciones se cumplan, "la dirección del centro laboral tiene el deber de crear las facilidades de tiempo, espacio e instrumentos necesarios para desarrollar la autoformación colectiva y permanente de la clase trabajadora".

Como mecanismo para "institucionalizar la autoformación", se plantea que "la dirección del centro laboral podrá firmar convenios con instituciones educativas públicas para que faciliten dicho proceso" hasta que dentro de los propios trabajadores, tras acumular experiencia y conocimientos, se pueda desarrollar un cuerpo de facilitadores "suficiente para que asuman su proceso de autoformación social".

EL UNIVERSAL, Caracas, 4 de Febrero de 2012
Otra propuesta en estudio es que aquellos centros laborales con más de 200 trabajadores deberán crear las condiciones para que éstos asuman "la autoformación colectiva para desarrollar su consciencia social y su formación integral desde cualquier nivel académico".
EL "PROCESO SOCIAL DEL TRABAJO" Y LA PARTICIPACIÓN EN LA RIQUEZA


• La "justa distribución de la riqueza" generada por el proceso social del trabajo es definida en el borrador de la Ley del Proceso Social del Trabajo como "la estrategia del estado social de derecho y de justicia para garantizar que la familia, como asociación natural de la sociedad, sea el espacio fundamental para el desarrollo integral de las personas, la comunidad, la comuna y la sociedad y hacer realidad el desarrollo humano integral y una existencia digna y provechosa para la colectividad".
• Los medios contemplados para percibir la justa distribución de la riqueza, dentro del proceso para alcanzar los fines esenciales del Estado, son el salario, la antigüedad, las utilidades, vacaciones, las prestaciones sociales, el fideicomiso, la seguridad social y otras bonificaciones.
• El salario es definido como "el ingreso suficiente, regular y permanente que percibe la trabajadora o el trabajador en todos y cada uno de los días de la semana, sean o no feriados, como una de las formas de su participación en la justa distribución de la riqueza generada por el proceso social de trabajo, que le permita vivir con dignidad y cubrir para si y su familia las necesidades básicas materiales, sociales e intelectuales".
• El salario es clasificado en nueve tipos: básico, normal, integral, por unidad de obra, por pieza, a destajo, por unidad de tiempo, por tarea y tabulador.
• El sistema nacional de participación en la justa distribución de la riqueza es propuesto en el borrador de la Ley del Proceso Social del Trabajo como "la determinación (entendida como fijación) del ingreso de la trabajadora o el trabajador como forma de participación en la justa distribución de la riqueza en correspondencia a la calidad, cantidad, abnegación, solidaridad y desprendimiento con que participa en el proceso social de trabajo en cumplimiento de su deber de aportar a la solución de las necesidades sociales, en igualdad de condiciones cualquiera sea el centro laboral desde donde participa".
• El objetivo del sistema nacional de participación en la justa distribución de la riqueza es la elaboración de una escala de ingresos que exprese la igualdad social de las trabajadoras y los trabajadores, la justa distribución de la riqueza y los aportes dados desde el centro de trabajo que participan en el proceso social de trabajo desde un centro laboral.
• La escala de ingresos de los trabajadores será manejada con "límites y objetivos fundamentales", referidos al "desarrollo armónico de la economía nacional, la generación de fuentes de trabajo, alto valor agregado nacional, elevar el nivel de vida de la población, fortalecer la soberanía económica del país, la producción de bienes y la prestación de servicios para satisfacer las necesidades de la población y la justa distribución de la riqueza, en función de asegurar el desarrollo humano integral y una existencia digna y provechosa para la colectividad".
• Se prevé que el sistema nacional de participación sea susceptible al debate, pues se señala que "el Ejecutivo nacional promoverá en el seno de la clase trabajadora el estudio requerido para construir un sistema nacional de participación en la justa distribución de la riqueza generada desde el proceso social de trabajo tomando como base fundamental, los distintos tabuladores elaborados desde los centros laborales".
• La participación en la riqueza debe definirse desde la propia discusión de la clase trabajadora, pues se establece que "a partir de la promulgación de esta ley, se abrirá en el centro laboral un proceso de estudio y debate en el conjunto de la clase trabajadora, para identificar los criterios de participación en la justa distribución de la riqueza que exprese su igualdad social".
• El papel de trabajo de la Ley del Proceso Social del Trabajo prevé que "cada vez que se produzca un aumento del salario mínimo nacional, si el salario mínimo en el tabulador quedara por debajo del establecido nacionalmente, se hará el ajuste en el centro laboral, hasta igualarlo al mínimo establecido". EJT

Contribución al debate nacional acerca de las bases constitucionales de la relación laboral

La Universidad Bolivariana de Trabajadores Jesús Rivero como institución comprometida con la formación y autoformación de la clase trabajadora, en los centros de producción y empresas ha asumido el compromiso de hacer su aporte al debate acerca del cambio en la Ley del Trabajo vigente,
de trascendencia nacional para la transformación socialista de la Revolución Bolivariana de Venezuela. Consideramos que el punto de partida no puede ser otro que el texto constitucional, nacido de la legitimidad del proceso constituyente que marcó un punto de ruptura, a la vez que un momento fundacional en nuestra historia republicana contemporánea. En aquella se sientan las bases del Estado Social de Justicia y Democracia Protagónica e inclusión social para que la clase trabajadora venezolana asuma el papel histórico que corresponde como protagonista en la construcción de la patria nueva, la patria bolivariana que aspiramos alcanzar.
Leer más http://www.aporrea.org/educacion/a138177.html

CORREO DEL ORINOCO, Caracas, 10 de Diciembre de 2011
Informó el Presidente Hugo Chávez
Creada comisión promotora para nueva Ley del Trabajo

En la comisión destacan ministros del Gobierno nacional, representantes de los trabajadores, voceros del sector empresarial, diputados a la Asamblea Nacional y abogados

El Presidente de la República, Hugo Chávez, firmó este sábado un decreto por medio del cual se crea una comisión presidencial para la redacción y consulta del proyecto de la Nueva Ley del trabajo.

Detalló que la comisión la conforman el Vicepresidente Político del Gobierno, Nicolás Maduro; la ministra del Poder Popular para el Trabajo, María Cristina Iglesias; del Ministro del Poder Popular para la Planificación y Finanzas, Jorge Giordani; el Procurador de la Nación, Carlos Escarrá; el presidente de la Central Socialista de Trabajadores, Will Rangel.

Además, el presidente de Fedeindustria, Miguel Pérez Abad; los magistrados del Tribunal Supremo de Justicia, Omar Mora y Juan Rafael Perdomo; el experto laboralista Miguel Martínez y los diputados a la Asamblea Nacional, Braulio Álvarez, Oswaldo Vera y Francisco Torrealba.

“Lo firmo y se instala la comisión a trabajar para redactar la nueva ley que es una respuesta a la estafa histórica del puntofijísmo y un desagravio a la clase obrera venezolana”, señaló.

Explicó que la ley vigente respondía a los paquetes neoliberales que aplicó al país durante 1997 la llamada Agenda Venezuela, mediante “el plan del Fondo Monetario que fue el mismo que anduvo por el mundo destazando pueblos y que ahora esta llegando al norte”, aseveró.

Finalmente, puntualizó que esta ley se da en respuesta al modelo capitalista que ha sido incapaz de solucionar los problemas de los pueblos y añadió que la única solución posible a la crisis mundial es trascender el modelo capitalista e ir hacia el modelo socialista.
Texto/Roy Salas

CORREO DEL ORINOCO, Caracas, 25 de Enero de 2012
Informó Will Rangel
Recuperación de prestaciones sociales y reducción de la jornada laboral estarán en proyecto de la LOT

“En esa ley consideramos que debe estar contemplada la estabilidad de los trabajadores y trabajadoras”, aseveró el presidente de la Central Bolivariana de Trabajadores Socialistas,

Presidente de la Central Bolivariana de Trabajadores Socialistas Will Rangel

El presidente de la Central Bolivariana de Trabajadores Socialistas, Will Rangel, informó este miércoles que aspectos como la recuperación de las prestaciones sociales, la reducción de la jornada laboral, la estabilidad laboral, entre otros estarán incluidos en el proyecto de la nueva Ley Orgánica del Trabajo (LOT).

En ese sentido, Rangel indicó que uno de los puntos fundamentales de la nueva normativa es el relacionado con la recuperación de las prestaciones sociales. “En esa ley consideramos que debe estar contemplada la estabilidad de los trabajadores y trabajadoras”, agregó.

Durante una entrevista realizada en el espacio Al Descubierto, transmitido por el canal privado, Venevisión, el líder sindical añadió que la reducción de la jornada laboral y reforzar las decisiones del Ministerio del Poder Popular para el Trabajo, en el sentido de que esta institución cuente con herramientas jurídicas para poder aplicar las medidas correspondientes.

“Los patronos generalmente desacatan las medidas del ministerio. Tenemos compañeros que a pesar de que se ha dictado la orden de reenganche no están laborando”, refirió.

Señaló que en el proyecto de la nueva LOT también debe contener lo vinculado con la tercerización. Al respecto, comentó que existen muchos trabajadores que en esta modalidad son explotados y no disfrutan de los beneficios establecidos por la ley.

Finalmente, acotó que este 20 de enero se inicia un gira por todo el país con el fin de escuchar las propuestas de la fuerza laboral venezolana, así como para la recolección de firmas para apoyar esta nueva LOT.

“El 20 de enero arrancamos con actividades en Puerto Ordaz, Anzoátegui, Carabobo y vamos a continuar con otras actividades en Aragua, Zulia en los estados que desde el punto de vista industrial hay mayor número de trabajadores”, concluyó.
Texto/Sandra Izarra

CORREO DEL ORINOCO, Caracas, 18 de Noviembre de 2011
Informó el especialista Antonio Espinoza Prieto
Retroactividad de las prestaciones sociales fue un derecho eliminado por la reforma a la LOT en 1997

“Contra la retroactividad de las prestaciones reaccionó el régimen capitalista, el neoliberalismo y por órdenes del FMI y del BM se dictó esa ley que conculcó definitivamente los derechos de los trabajadores”, señaló el experto en derecho laboral

Antonio Espinoza y Francisco Torrealba en programa Toda Venezuela

La retroactividad de las prestaciones sociales fue una conquista alcanzada por las luchas de los trabajadores desde el año 1936, que fue eliminada en 1997 por la reforma a la Ley del Trabajo cuando el doctor Teodoro Petkoff, era el ministro de Planificación en el país. Así lo expresó este viernes el especialista en derecho laboral, Antonio Espinoza Prieto.

“Contra la retroactividad de las prestaciones reaccionó el régimen capitalista, el neoliberalismo y por órdenes del Fondo Monetario Internacional y del Banco Mundial, se dictó esa ley que conculcó definitivamente los derechos de los trabajadores que venían luchando a través de las distintas reformas y de la contratación colectiva desde 1936”, señaló.

Durante una entrevista realizada en el espacio Toda Venezuela difundido por Venezolana de Televisión, Espinoza Prieto explicó que la retroactividad es un elemento del Régimen de Prestaciones Sociales mediante el cual se reconoce la antigüedad en el servicio de los trabajadores y que al final de la relación laboral, permite el cálculo de la liquidación sobre la base del último salario devengado.

Expuso que la reforma llevada a cabo en el año 1997 tuvo tres objetivos fundamentales: eliminar la retroactividad, reducir la base fundamental del cálculo de prestaciones, que es el salario, y disminuir la indemnización por despido, lo que popularmente se conoce como la doble indemnización.

“Si usted tenía 30 años de servicio, recibía 30 meses de salario calculado con base en el último salario, y además una indemnización de 30 meses de salario y la reforma de 1997 redujo eso a 5 meses. De manera que ahora si usted tiene 5 años de servicio le pagan 5 meses, es decir 150 días, pero si usted tiene 30 años de servicio igualmente le pagan 5 meses”, explicó el experto.

El también profesor universitario indicó que la nueva Ley Orgánica del Trabajo (LOT), deberá contemplar “ el establecimiento de un Régimen de Prestaciones Sociales en conformidad con el artículo N° 92 de la Constitución Nacional, que fuera un régimen de carácter acumulativo”.
FRANCISCO TORREALBA: UNA LOT PARA TRANSICIÓN AL SOCIALISMO

Por su parte, el diputado y vicepresidente de la Federación Bolivariana Socialista de los Trabajadores, Francisco Torrealba, opinó que los aspectos más relevantes que debe contemplar la nueva LOT son los vinculados a las prestaciones sociales y la reducción de la jornada laboral.

“Todas las leyes orgánicas del trabajo que se conocen han sido construidas dentro de un modelo de explotación que es el sistema capitalista, todas las leyes del trabajo que se conocen en consecuencia, nunca han tenido la preeminencia del trabajador o trabajadora como ser humano y este es un punto neurálgico dentro del nuevo texto legal”, agregó.

En ese sentido, Torrealba afirmó que el nuevo instrumento legal planteará la migración hacia el nuevo modelo socialista, para privilegiar al ser humano.

Finalmente, el Parlamentario advirtió que en principio no podrá eliminar la explotación del hombre por el hombre debido a que favorecerá la transición.
Texto/Sandra Izarra

CORREO DEL ORINOCO, 29 de Febrero de 2012
Sostuvo el abogado Antonio Espinoza Prieto
Con nueva Ley Orgánica del Trabajo eliminarán el despido injustificado

De esta manera, se adecuará a la Constitución el texto legal laboral que el presidente Hugo Chávez prometió firmar el 1º de mayo

La comisión presidencial que elabora la nueva Ley Orgánica del Trabajo (LOT) eliminará el despido injustificado establecido en la normativa laboral vigente (artículo 99). De esta manera, se adecuará a la Constitución el texto legal laboral que el presidente Chávez prometió firmar el 1º de mayo.

El abogado Antonio Espinoza Prieto, miembro de la Comisión Presidencial, afirmó que la Carta Magna es muy clara en su artículo 93, según el cual el despido injustificado es nulo; y en el 89, numeral 4, que establece que todo acto del patrono contrario a la Constitución es nulo y no producirá ningún efecto.

“Después de esas dos disposiciones, ¿puede decir algún intérprete de la ley o un juez ‘no importa, es nulo, pero el patrono tiene derecho a restablecerlo como Jesús resucitó a Lázaro de la tumba?’, argumentó.

En ese sentido, precisó que en la LOT se establecerán disposiciones sobre estabilidad que concreten el mandato constitucional y de esta manera cerrar “las ventanas por donde se salen los jueces para burlar la Constitución, porque el despido injustificado es nulo y todo el mundo lo sabe”.

Por su parte, Carlos Sáinz Muñoz, abogado integrante de la referida comisión, aclaró que esta disposición no significa que no va a haber despidos, pues sí los habrá, pero debidamente justificados conforme a la ley.

INSPECTORES DE ESTABILIDAD

Según indicó Sáinz Muñoz, en la comisión existe la propuesta de crear inspectores de estabilidad que se dediquen a preservar el derecho al empleo y a dirimir los conflictos en caso de despido injustificado.

Este funcionario del Ministerio del Poder Popular para el Trabajo podrá decidir en un máximo de 23 días. “Privará el derecho tutelar de estabilidad y, en caso de dudas, se favorecerá al trabajador”, expresó.

Dijo además que el inspector tendrá la facultad, en caso de incumplimiento por parte del patrono, de aplicar multas, cerrar parcial o temporalmente la empresa, decretar embargo y en último caso de incumplimiento, se entenderá como desacato y se pasará a la jurisdicción penal, para que lo enjuicien por desatender una norma dictada por un organismo legalmente constituido dentro del límite de sus facultades.

En caso de empresas públicas, señaló el abogado, el desacato será penado con multas que deberá pagar el funcionario de su propio pecunio, para lo cual proponen a Orlando Castillo y otros representantes de la Central Socialista de Trabajadores de la Ciudad, el Campo y la Pesca.

Por el contrario, si el inspector no decidiera conforme a la ley, se sancionará con multa o destitución del cargo.

Por su parte, en criterio de Espinoza Prieto, los conflictos de estabilidad deben dirimirse en los tribunales laborales y no en instancias administrativas.

En tanto, la representante de la Unión Nacional de Trabajadores (Unete), Marcela Máspero, difiere de la opinión de Espinoza ya que, según dijo, se ha tergiversado el papel de la vía judicial y en la mayoría de los casos el trabajador termina cediendo en sus derechos. Unete, además, propone la eliminación del período de tres meses de prueba.
Texto/CO
Fuente/YVKE

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